IRPH

IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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Sergio · Elche-alicante · Jueves, 27 Abril 2017 | 09:16:11 AM · nº 3787
hola a todos sabeis cuando se pronunciara el tribunal supremo sobre el IRPH
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alfredo · malaga · Miércoles, 03 Mayo 2017 | 10:45:59 AM · resp. nº 133
Hola, en dos o tres años se pronunciará el Supremo, por kutxabank y uci.
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Fernando · bilbao · Martes, 25 Abril 2017 | 03:27:12 PM · nº 3784
Hola soy Fernando y soy Abogado. Soy experto en reclamar IPRH. En suelo tengo un 100% de efectividad y son muchas las reclamaciones que he puesto de IRPH. Quien quiera consultarme puede hacerlo en: fernandorenedo@gmail.com Un saludo. Es el nuevo terror de la banca que saben que van a perder.
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sonia · Santander · Martes, 25 Abril 2017 | 04:31:04 PM · resp. nº 130
Hola Fernado ,podrias decirme si en Santander(Cantabria)ha habido alguna demanda sobre irph?,ya he hecho alguna vez esta pregunta en el foro ,pero nadie a contestado .Gracias
Fernando · Bilbao · Miércoles, 26 Abril 2017 | 11:11:34 AM · resp. nº 131
Hola Sonia, se han interpuesto sí y hay algunas que se han ganado. De todas maneras lo mejor es esperar a que el Supremo se pronuncie de momento. contacta conmigo si quieres.
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Blanca · Bilbao · Domingo, 23 Abril 2017 | 06:54:30 PM · nº 3780
Muy buenas llevo desde el 29 de enero de este año q me informaron q mi hipoteca estaba afectada indice IRPH desquiciada de notaria a registro de oficina liquidadora hacienda et he recopilado toda documentacion menos EL MODELO 600 actos juridicos documentados ni registro de la propiedad ni hacienda de hecho hacienda me facilita numero de documento y cantidad que pague en su dia en el año 2004 pero esta en posesion de la caixa entidad q me financio este drama no se que hacer voy en persona y me miran como si seria un engendro no me devuelven las llamadas no se que puedo hacer gracias un saludo
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Ana · Madrid · Domingo, 23 Abril 2017 | 10:23:37 PM · resp. nº 128
Hola Blanca,

Imagino que necesitas el MODELO 600 pq además vas a reclamar gastos de constitución de hipoteca.
La CAIXA no te lo va a facilitar ni de broma -conoce perfectamente para lo que es-. En cualquier caso, si hacienda te facilita por escrito nº de Documento, cantidad abonada e indica además sujeto pasivo y concepto TE VALE. Indicame el REGISTRO y, si no quieres hacerlo por esta vía te dejo mi teléfono 659 47 39 02.
Veronica · Granada · Miércoles, 03 Mayo 2017 | 12:06:18 PM · resp. nº 134
Hola Blanca yo tuve un problema parecido pero con las facturas de tasacion puse una hoja de reclamaciones en mi caso de la Junta de Andalucia y parece que hace daño.y si no te responden pues lo llevas a consumo ya como tu veas pero funcionar funciona un saludo
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Jose Alberto · Las Palmas de G.C. · Viernes, 21 Abril 2017 | 11:46:53 PM · nº 3779
Hooola de nuevo, Jose (las palmas)Una cosa muy importante y muchos no han caido, es que al extistir en los préstamos CLÁUSULAS SUELO..en otros préstamos... DIFICILMENTE PUEDE BAJAR EL. I.R.P.H. pues los datos que recibe el B.E. se lo falicitan las mismas entidades las cuales conceden dichos préstamos.. por lo cual al tener suelo el interes es alto...el cual el B.E. acepta sin rechistar,, y saca una media SIMPLE NO PONDERADA...jajaja..estafa total, opaca y manipulable...mas claro.... nada a todos los afectados no tiren la toalla...yo lo perdí todo,trabajo,cosa y casa..pero no la de mis viejos...Chorizos y luego rescatamos esas Cajas,las cuales deciden en nuestra cuota a pagar...Jose..Las Palmas.
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Jose Alberto · Las Palmas de G.C. · Viernes, 21 Abril 2017 | 11:28:48 PM · nº 3778
Soy de nuevo José Alberto(Las Palmas ) respecto al comentario sobre mi caso de antes..Ni siquiera,se me dijo como a otros afectados. Que el IRPH era más estable que los otros..NI ESO..Y MENOS A MIS POBRES PADRES....Haber si hay cordura de una vez, y si no, que apliquen la Ley Universal, de Orden Natural. La que se refiere a las actuaciones de las personas,,la otra se refiere al universo y su orden natural....Gracias por todo..espero comentarios ,si no es molestia..ATM. JOSE.
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Jose Alberto · Las Palmas de G.C. · Viernes, 21 Abril 2017 | 11:08:32 PM · nº 3777
Muy buenas noches,soy José Alberto y soy de (Las Palmas de G.C.).He estado leyendo vuestros comenterios por interes propio,puesto que Fuí y Soy uno más (al que se la metieron doblada) afectado por el IRPH CAJAS Y CONJUNTO, trás su derogación en 2013. Con la FAMOSA U.C.I. s.a. e.f.c.. Tuve que vender mi casa ( la que compré con ese préstamo ) para poder Cancelar el préstamo, pués me veía en la calle y mis Padres también. Porqué ,me engañan pidiendome avalista,y mis Padres se prestan, requisito obligado para dicho trámite. Hay va esto,me conceden una SUPERHIPOTECA JOVEN, a 32 años.Sin negociación de ninguna Clausula,comparativas respecto a otros indices,información al respecto,simulaciones etc. En realidad nunca tuve contacto directo con nadie de la entidad, todo vía inmobiliaria,ellos me iban pidiendo lo que la entidad nesecitaba,documentacion,avalistas etc.todo por fax,remiten oferta vinculante ,unos días antes y punto.Uno creyendo en la buena fé, la firma y se las remito ,apareciendo 15 minutos antes de la firma ,el Notario lo típico, una locomotora,termina firmamos y nos sacan documentos anteriores que yo no disponía. Nos hacen firmar a todos (avales) incluidos...TERMINANDO COMO COTITULARES, SOLIDARIOS..hipotecando su casa.Que estafa. Superhipoteca joven.32 años,dos ancianos jubilados,.Falleciendo mi Padre al siguiente año,.firma 28/02/2005. Falta de transpariencia,información, negociación y demás... En fín me veo obligado a vender en 2015. Por el perjuicio provocado al respecto,y la crisis,..Pues bien llevo meses estudiando mi caso,y haciendo todo tipo de consultas con profesionales.Ya estoy en manos de Abogado para demandar,y reclamar todo,irph,intereses abusibos 18%,redondeo al alza,formula de cálculo 360/365,practicas de anatocismo. A sobre todo los gastos impuestos al cliente (consumidor),sobre formalización y constitución del préstamo.. sin enumerar las cláusulas, estipulaciones ,epigrafes etc,ABUSIBOS,que contiene mi contrato,,Se trata de un contrato de Adhesion,que unilateralmente prerredactado sin información ni negociación de su contenido,, CONTIENE CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN... Que le parecen mi proceder..hay que ir por la falta de información, transpariencia,y mala fé. Y si podeis responderme sobre mi caso, Muchicimas gracias a todos,tanto profesinales como afectados...Saludos Jose..Las Palmas.
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Camarada IVÁN · Barcelona · Jueves, 20 Abril 2017 | 10:14:17 PM · nº 3776
Hola en irph stop plazan.com en la sección de tribunales hay más de cincuenta demandas favorables a favor de los clientes, de verdad Ana mírate las y dinos que tampoco anulan el IRPH, no se que pretendes,
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Oscar · Irun · Jueves, 20 Abril 2017 | 10:59:10 PM · resp. nº 117
Pues yo creo que lo que Ana pretende es dejar claro que las sentencias sobre el IRPH no dan toda la razón al demandante. Yo tengo IRPH Entidades y en Gipuzkoa ya sabéis quien lleva mas casos ganados de este tipo, y me explico claramente que a día de hoy la Audiencia Provincial de Gipuzkoa tumbaría mis sentencias, que por otra parte me garantizaba ganarlas. Pero.... Ahí tienes el problema

www.eldiario.es/norte/euskadi/IRPH-Audiencia-Gipuzkoa-juzgados-mercantil_0_375513229.html
Ana · Madrid · Viernes, 21 Abril 2017 | 01:02:41 AM · resp. nº 119
Iván, las he mirado todas y, salvo que mi miopía me haya traicionado, las únicas AUDIENCIAS, de las que se han pronunciado,que declaran la nulidad son las de Alava y Vizcaya ( excepto la sección cuarta de la AP de Vizcaya)

Aunque los juzgados suelen seguir el criterio de su AUDIENCIA, puede que haya alguno que no lo siga, pero como bien dice Oscar y además documenta, cuando llega a la Audiencia se las «tumban».

Antes de hablar y, más aún informar, hay que saber de lo que se habla. No se trata de jugar a ser abogado.













Camarada IVÁN · Barcelona · Viernes, 21 Abril 2017 | 09:54:17 AM · resp. nº 122
Vamos a ver, yo no digo que se gane seguro, claro que hay muchas sentencias perdidas, pero hay casos que se podrán ganar.
Otra cosa .Primero :esto es un foro público no el foro de Ana así que tú no eres nadie para decirme a mi ni a nadie a que juego o dejo de jugar, además no pretendo jugar a nada solo doy mi opinión obviamente con el permiso de la señora Ana claro.
Segundo: no creo que en tan poco tiempo te hayas leído todas las demandas asi que eso ya dice mucho de ti.
Tercero: no creo que tu problema se de miopía es otro, pero no de miopía.
Cuarto y último pero no menos importante: siempre te quedarán los divorcios
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Consuelo · Granada · Jueves, 20 Abril 2017 | 07:53:18 PM · nº 3775
Hola, tengo una duda sobre mi IRPH y agradecería que algún profesional me contestara si es viable denunciar en mi caso: cuando compré mi piso en 2003 lo dejé todo en manos de la inmobiliaria que a su vez su propia gestoría me llevó la búsqueda de la hipoteca. Ellos me consiguieron una en Banesto con irph (conjunto de entidades) pero yo en ningún momento hablé con el banco sobre índices de referencia ni nada de eso, solo fui a firmar directamente. ¿En mi caso hubo transparencia? Es q no sé si al contratar yo un gestor para q hiciera los trámites por mii me perjudica o al contrario si decido denunciar. Muchas gracias.
Un saludo
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Oscar · Irun · Jueves, 20 Abril 2017 | 11:02:03 PM · resp. nº 118
Estoy convencido de que en un futuro proximo el TS se pronunciará a favor nuestro. Mientras tanto, armate de paciencia y espera. Una vez que se pronuncie el TS tienes todas las papeletas para ganar. Ahora no.
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David · Guadalajara · Jueves, 20 Abril 2017 | 11:11:00 AM · nº 3774
    Por favor, en que lugar de la escritura puedo encontrar si tengo IRPH o Euribor.

Solo he encontrado una línea que dice que si desaparece el anterior índice se me aplicaría Euribor. Pero antes de esto, no encuentro nada que indique que tengo IRPH.
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Alberto Rey · Carlet - Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 02:24:42 PM · resp. nº 111
Tiene que buscar en la cláusula que haga alusión al tipo de referencia la siguiente expresión: “ Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las Cajas de Ahorro/Bancos/entidades de crédito en España ”
En ningún sitio aparece IRPH, esa es sólo la abreviatura por la que se le conoce.
Un saludo.
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Alberto Rey · Carlet-Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 09:14:13 AM · nº 3773
Buenos días,
De nuevo me pongo en contacto con vosotros para comunicaros que recientemente he ganado sentencia con costas a UCI consiguiendo la nulidad de la cláusula IRPH y en su lugar la aplicación desde el inicio del índice EURIBOR. Si tenéis dudas os puedo mandar por email la sentencia borrando únicamente los datos personales de los clientes.
Me preguntasteis en el mensaje que puse ayer si han recurrido, ya os digo que la sentencia no es firme, que seguramente la recurran pero que sigo la doctrina de la Sentencia de la AP de Álava de 10 de marzo de 2016, que confirmó la sentencia de primera instancia por enfocar la acción únicamente por falta de transparencia, no por manipulación del índice.
Ojo no siempre se va a ganar, el abogado que os diga que está ganado está faltando la verdad, hay que estudiar el caso concreto y ver si se han incumplido los requisitos de transparencia, al igual que sucede con la cláusula suelo, la cual no es nula per sé, sino que debe de pasar el filtro de incorporación y el control de transparencia.
Soy experto en derecho bancario, acumulo muchos procedimientos detrás y no cobro nada por estudiar su caso y ver si es viable.
Mi correo electrónico es info@rpbabogados.com y el teléfono del despacho es 963215055, nos encontramos en Carlet (Valencia) pero llevo asuntos de toda España sin problema alguno.
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ana · madrid · Jueves, 20 Abril 2017 | 12:49:19 PM · resp. nº 109
Hola Alberto, soy compañera tuya y, me alegra la estimación de la demanda. Sin embargo, el criterio de la AP de Valencia no es favorable a declarar la nulidad tampoco en base al criterio de transparencia que comentas y que se alega en casi todas por no decir todas las demandas. La AP Valencia no sigue el criterio de la AP de Álava ni de Vizcaya.

Un saludo,
Alberto Rey · Carlet-Valencia · Jueves, 20 Abril 2017 | 02:43:34 PM · resp. nº 112
Querida compañera,
Comentarte que las principales resoluciones que tengo de la AP Valencia, efectivamente estiman los recursos de apelación del banco y desestiman los de los consumidores, pero todas ellas coinciden en que el actor o bien no habló de la transparencia en la demanda, sólo de la manipulación del índice, o bien sí lo hizo pero efectivamente la cláusula superaba el control de transparencia.
Es muy importante antes de tirar adelante el procedimiento evaluar si efectivamente supera o no el control de transparencia, ya que si lo supera lo mejor es quedarse quietos a la espera de un pronunciamiento del Supremo, pero si se sabe atacar la falta de transparencia, no sólo por la omisión de oferta vinculante o la falta del plazo de 3 días, sino porque no se le ofertaron otros préstamos distintos referenciados al Euribor o no se le facilitó un cuadro de amortización donde se viera reflejado el impacto de la aplicación del IRPH, en detrimento del euribor, se puede conseguir fácilmente una estimación de la demanda tanto en primera como en segunda instancia.
Las sentencias de la AP Valencia que he revisado para comentar esto contigo son:
- Sentencia nº 618/2016 de AP Valencia, Sección 9ª, 4 de Mayo de 2016 (en ésta el letrado no habló de la transparencia sino de la manipulación en primera instancia)
- SENTENCIA Nº 744/2016 DE AP VALENCIA, SECCIÓN 9ª, 17 DE JUNIO DE 2016 (al igual que la anterior)
- SENTENCIA Nº 990/2016 DE AP VALENCIA, SECCIÓN 9ª, 22 DE DICIEMBRE DE 2016 (ésta sobretodo sí supera el control de transparencia y por eso desestiman demanda).
Creo que lo he dejado bastante claro.
Un saludo.
Ana · Madrid · Jueves, 20 Abril 2017 | 04:03:52 PM · resp. nº 113
Estimado Compañero,

Efectivamente,lo has dejado muy claro, Las SENTENCIAS que me indicas lo dicen todo, NI UNA DE ELLAS ESTIMA LA NULIDAD DEL IRPH.

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