Podemos adquirir una vivienda desde diferentes v�a y deberemos de estar pendientes de los diferentes impuestos que deberemos satisfacer.
�A trav�s de que v�as o medios podemos adquirir una vivienda?
Podemos adquirir una vivienda a trav�s de diferentes v�as:
- Puede ser vendida y comprada desde particular a particular de forma directa.
- Tambi�n podemos adquirirla acudiendo a la promotora o empresa de construcci�n.
- A trav�s de un Agente de la Propiedad Inmobiliaria, conocido como API. Se trata de un profesional titulado cuya funci�n es la de actuar como mediador o intermediario en una transacci�n inmobiliaria. El Agente normalmente cobrar� una comisi�n dependiente en porcentaje del precio de la compraventa. El Agente de La Propiedad Inmobiliaria tiene como funciones ser mediador en las compraventas, permutas, arrendamientos... sobre inmuebles r�sticos y urbanos.
- Acudiendo a una agencia inmobiliaria
Impuestos a pagar en la adquisici�n de una vivienda
La vivienda est� sujeta en su compra o venta a unos impuestos. Hay que tener en cuenta que no todos deben ser satisfechos, ya que si se trata de una vivienda nueva y estamos ante una primera transmisi�n pagaremos el IVA, pero no el impuesto sobre transmisiones Patrimoniales que es el que se aplica en el caso de segundas transmisiones. Los impuestos en muchas ocasiones son dependientes de las Comunidades Aut�nomas. Tambi�n existen exenciones a algunos impuestos como es el caso del Impuesto sobre Actos Jur�dicos Documentados (IAJD), en el caso de viviendas de protecci�n oficial.
El Impuesto sobre el Valor A�adido (IVA): se aplica este impuesto solamente si se trata de la primera transmisi�n de vivienda nueva, es decir, a trav�s una compra directa al promotor. Debemos tener en cuenta por tanto que sobre el precio escriturado se le deber� aplicar el porcentaje del 8% en el caso de vivienda libre. Si estamos hablando de una Vivienda de Protecci�n Oficial (VPO) nos beneficiaremos de la aplicaci�n del IVA superreducido que s�lo es del 4%, el mismo tipo de IVA que se aplica a los productos de primera necesidad como el pan, la leche, los huevos, las frutas, o por ejemplo los libros. Antes del 1 de julio de 2010 el IVA que se aplicaba a la compra de vivienda libre era el reducido del 7%, pero a partir de esa fecha pasa del 7% al 8%. Sin embargo el IVA superreducido del 4% para las VPO, se mantienen en el 4%.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): El IVA se aplicaba al efectuar la primera transmisi�n de una vivienda nueva. �Pero que ocurre en el caso de una segunda transmisi�n? �Se libra de impuestos? Ni mucho menos. En este caso, nos encontramos con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, y depende de la Comunidades Aut�nomas. En general es del 7%, aunque varia dependiendo de la Comunidad Aut�noma y tambi�n seguramente muchas de ellas pasar�n como ocurre con el IVA desde el 1 de julio del 7 al 8%.
Impuesto sobre Actos Jur�dicos Documentados (IAJD): Este impuesto, como ocurre con el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, tambi�n es dependiente de las Comunidades Aut�nomas, y su porcentaje var�a por tanto en funci�n de ellas. Tambi�n es un impuesto que var�a en funci�n del tipo de vivienda. El porcentaje del gravamen es peque�o y dependiendo de la Comunidad Aut�noma se encuentra entre el 0,5% y el 1%. El IAJD se aplica en actos jur�dicos que tienen una formalizaci�n en documentos p�blicos (de ah� los dos t�rminos: actos y documentados), pero que adem�s suponen una cuant�a econ�mica. Con estos requisitos, el gravamen aparece en las hipotecas y en las compraventas de viviendas.
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: Es el impuesto conocido como la plusval�a. Las viviendas generalmente van aumentando su valor desde el momento en que la adquirimos. Por ejemplo si compramos una vivienda por 150.000 euros y unos a�os m�s tarde se vende por 215.000 euros, la vivienda ha generado una plusval�a de 65.000 euros. En este caso, aparece el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Se trata de una impuesto gestionado por los Ayuntamientos. Se trata de un impuesto que depende del valor catastral del suelo. Tambi�n depende de los a�os que hayan transcurrido desde que se adquiri� la vivienda y por otra parte, al ser un impuesto gestionado por los ayuntamientos, tambi�n depender� del municipio donde se encuentre el inmueble. El vendedor ser� el encargado de efectuar el pago del impuesto, si bien, se puede pactar otra cosa.
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