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IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Jueves, 20 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
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Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Cuando una pareja se separa y queda una hipoteca referenciada al IRPH, no solo se discute la vivienda: también la cuota, los avales, quién figura en el préstamo y qué ocurre con una posible reclamación. Esta guía ordena las piezas con calma y con números.

Clave: el divorcio reparte el uso de la casa; el banco mira el contrato del préstamo. Son dos mundos que hay que alinear por escrito.

El IRPH no “desaparece” porque haya un convenio. Sigue aplicando el índice del contrato, el diferencial y las reglas de revisión que figuren en la escritura. Por eso conviene mirar juntos el convenio, la nota simple y el último recibo.

En la práctica aparecen tres situaciones frecuentes: uno se queda en la casa y asume la cuota; se vende y se cancela el préstamo; o ambos siguen pagando a medias mientras se decide. Cada camino tiene costes distintos.

Pareja revisando documentos de hipoteca IRPH tras un divorcio

Convenio frente a contrato bancario

El convenio o la sentencia pueden decir quién usa la vivienda y quién aporta dinero. El banco, en cambio, sigue reclamando a quienes figuran como titulares (y avalistas) mientras no haya novación, subrogación o cancelación.

Clave: un acuerdo entre cónyuges no libera automáticamente frente al banco. Hace falta un cambio contractual o la cancelación del préstamo.

Quién paga la cuota con IRPH

Si el índice sube en la revisión, la cuota puede crecer para quien se haya comprometido a pagarla. Conviene simular el impacto antes de firmar el convenio. Usa el simulador de revisión y la calculadora de impacto de la revisión.

Compara también el sobrecoste histórico del IRPH frente al Euríbor con la herramienta ¿pagas de más con IRPH? y el artículo cuánto pagas de más.

Escenarios habituales

EscenarioQué suele ocurrirQué mirar
Uno se queda en casaAsume cuota y gastos; el otro puede pedir compensaciónNovación / salida del préstamo
Venta de la viviendaCon el precio se cancela el préstamoComisión de cancelación y plusvalía
Pago compartido temporalAmbos aportan hasta vender o subrogarCalendario y prueba de pagos
Subrogación a otro bancoNuevo prestamista asume el préstamoCostes y tipo ofertado

¿Y la reclamación del IRPH?

Si hay una reclamación en curso o se plantea iniciar una, hay que aclarar quién la impulsa, cómo se reparte un eventual resultado y qué documentos guarda cada parte. Revisa si se puede reclamar el IRPH en 2026 y reclamar IRPH.

Guarda los PDF del BOE de las revisiones relevantes desde IRPH en el BOE y el valor actual en IRPH hoy.

Clave: la reclamación no sustituye un acuerdo claro sobre la cuota del día a día. Ordena ambos frentes por separado.

Novación, subrogación o venta

La novación cambia condiciones con el mismo banco (plazo, titulares, tipo). La subrogación cambia de entidad. La venta suele cerrar el préstamo. Amplía en hipoteca IRPH y cambio de banco y en la calculadora de subrogación.

Si el banco exige requisitos de solvencia para dejar a un solo titular, prepárate con nóminas, vida laboral y un cálculo realista de la nueva cuota con el simulador de hipoteca.

Checklist práctico

  • Nota simple y escritura: titulares, avalistas, índice y diferencial.
  • Últimos recibos y notificaciones de revisión.
  • Capital pendiente y comisión de cancelación orientativa.
  • Borrador de convenio con reparto de cuota y plazos.
  • Si hay reclamación IRPH: papeles y posición de cada parte.

Pasos recomendados esta semana

  1. 1
    Reúne escritura, nota simple y tres recibos recientes.
  2. 2
    Simula la cuota actual y una revisión al alza.
  3. 3
    Decide si el escenario es quedarse, vender o compartir temporalmente.
  4. 4
    Habla con el banco solo con números claros y por escrito.
  5. 5
    Si hay duda jurídica, consulta con un profesional antes de firmar.

Un divorcio ya carga suficiente tensión emocional. Separar “quién vive en la casa” de “quién debe al banco” y de “qué se hace con el IRPH” evita sorpresas meses después.

Clave final: pon por escrito cuota, titulares y reclamación. El IRPH seguirá moviendo la letra; el convenio debe estar preparado para eso.

Comentarios

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Angel · Tarragona · Martes, 21 Octubre 2025 | 12:33:46 PM · nº 7369
Parece que hoy si se a movido el Supremo sobre el irph https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Actividad-del-TS/Agenda-de-senalamientos/Agenda-de-senalamientos-en-el-TS-en-la-semana-del-20-al-24-de-octubre-de-2025?utm_source=chatgpt.com
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Vaana · Ripoll · Martes, 21 Octubre 2025 | 04:49:41 PM · resp. nº 3277
No puedo abrir enlace,que dice el tribunal Supremo?
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Eduardo · Manzanares el Real · Domingo, 19 Octubre 2025 | 07:05:55 PM · nº 7368

Muchos juzgados ya aplican el criterio del TJUE con el IRPH
El retraso del Tribunal Supremo no solo causa perjuicios económicos, sino también emocionales: hogares que no llegan a fin de mes, personas que han perdido su vivienda y otras que ya no pueden recurrir sus sentencias firmes. Todo por la inacción de un tribunal que debería garantizar justicia, no impunidad.

https://www.aquimicasa.net/blog/vivienda/compraventa-de-viviendas/muchos-juzgados-ya-aplican-el-criterio-del-tjue-con-el-irph/
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Luis · Madrid · Lunes, 20 Octubre 2025 | 12:49:29 PM · resp. nº 3275
Durante más de una década, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) ha sido el epicentro de una de las mayores injusticias financieras sufridas por los consumidores españoles. Más de un millón de familias firmaron hipotecas vinculadas a este índice, confiando en sus bancos y sin saber que estaban aceptando unas condiciones que les harían pagar miles de euros más que quienes tenían préstamos referenciados al euríbor. Hoy, por fin, muchos juzgados comienzan a aplicar el criterio europeo, pero el daño ya está hecho. ?

A pesar de la escandalosa tardanza del Supremo para dar su brazo a torcer, las sentencias favorables se extienden
Los jueces españoles han comenzado a aplicar la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado 12 de diciembre de 2024 determinó que las hipotecas referenciadas al IRPH deben someterse a un control de transparencia. Desde entonces, diferentes juzgados y audiencias provinciales —como la de Soria, San Sebastián o Murcia— han anulado el IRPH al considerar que las entidades no ofrecieron a los consumidores información suficiente sobre su funcionamiento. Estas resoluciones suponen una victoria moral para los afectados, aunque llega demasiado tarde para muchos que han perdido su vivienda o han sido arrastrados a la ruina por cuotas hipotecarias desorbitadas.

Distintas sentencias y criterios
Las decisiones judiciales han sido variadas, reflejando el caos y la inseguridad jurídica que ha imperado durante años. Mientras algunos jueces sustituyen el IRPH por el euríbor y obligan a la banca a devolver las cantidades cobradas de más, otros han llegado a anular por completo el contrato hipotecario, dejando al consumidor libre de intereses y al banco obligado a devolver las cuotas abonadas. Sin embargo, todavía existen juzgados que mantienen el criterio del Tribunal Supremo español, que hasta ahora ha protegido descaradamente a las entidades financieras. Esta disparidad demuestra que el Supremo ha actuado con una tardanza injustificable</, generando confusión y desigualdad entre los afectados.

La falta de transparencia es manifiesta
El TJUE dejó claro que el hecho de que el IRPH sea un índice oficial no exime a los bancos de su deber de transparencia. Las entidades debían haber explicado a los clientes que el IRPH se calcula en función de la TAE media, que incluye no solo intereses, sino también comisiones y gastos. Además, debían informar de que el Banco de España recomendó en 1994 aplicar un diferencial negativo para compensar el encarecimiento del índice. Nada de eso se comunicó. Los contratos se firmaron sin información comprensible ni accesible, con una opacidad que vulnera el principio básico de protección al consumidor. Las sentencias más recientes, como las de Soria y San Sebastián, subrayan que ningún cliente podía entender las consecuencias de vincular su hipoteca al IRPH con la información que se le proporcionaba.

También hay juzgados que siguen el criterio del Supremo y fallan contra los afectados
No obstante, todavía hay tribunales que siguen el camino marcado por el Supremo español, alegando que el IRPH es un índice oficial publicado en el BOE y, por tanto, no puede considerarse abusivo. Esta postura ignora el mandato europeo y perpetúa el sufrimiento de miles de familias que continúan pagando cuotas muy superiores a las del mercado. La contradicción entre tribunales erosiona la confianza en la Justicia española y evidencia que el Supremo, lejos de velar por los derechos de los ciudadanos, ha actuado como escudo de la banca, anteponiendo sus intereses a los de los consumidores.

La tardanza del Tribunal Supremo es escandalosa y causa situaciones de injusticia
El Supremo deliberó el pasado 1 de octubre sobre la última sentencia del TJUE, pero aún no ha hecho pública su postura. Cada día que pasa sin pronunciarse condena a miles de familias a seguir pagando intereses abusivos. El retraso no solo causa perjuicios económicos, sino también emocionales: hogares que no llegan a fin de mes, personas que han perdido su vivienda y otras que ya no pueden recurrir sus sentencias firmes. Todo por la inacción de un tribunal que debería garantizar justicia, no impunidad.

El caso IRPH pasará a la historia como un ejemplo de cómo el sistema judicial puede fallar a los ciudadanos cuando más lo necesitan. Mientras el Supremo sigue mirando hacia otro lado, los juzgados de base están haciendo justicia, aplicando el criterio europeo y reconociendo lo que desde hace años era evidente: el IRPH es un índice opaco, abusivo y diseñado para beneficiar a la banca en detrimento del consumidor.
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Neus · Barcelona · Domingo, 19 Octubre 2025 | 03:31:08 PM · nº 7367
https://diariosabemos.com/analisis/irph-supremo-pone-en-riesgo-espana_512366_102.html
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 05:50:57 PM · nº 7366
Nuevo video de Erauskin https://youtu.be/5lzPh_FWnfc?si=jn2OeVuBrjkPLuKA
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Ronaldo · Cristiano · Lunes, 20 Octubre 2025 | 10:52:20 AM · resp. nº 3274
Es el cantante de Azuquita hablando
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MARIA GARC · ALMERIA · Viernes, 17 Octubre 2025 | 11:27:55 AM · nº 7365
He perdido el juicio de mi reclamación de IRPH, alguien sabe si puedo volver a reclamar?
Y me podéis recomendar algún abogado?
Mi caso me lo llevo Arriaga Asociados
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Jose A · Mollet del Vallès-Barcelona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 12:08:46 PM · resp. nº 3272
Cuando dices que has perdido el juicio, a qué te refieres?
Hay sentencia firme, es en primera instancia, provincial o Supremo. ??
Andres · GRANADA, LA · Viernes, 17 Octubre 2025 | 08:44:45 PM · resp. nº 3273
Todo depende de si la sentencia es recurrible o no. Supongo que en Arriaga te lo podrán aclarar. Es lo primero que tienes que hacer, preguntarles. Si no te lo aclaran mándame una copia de la sentencia tachando todos los datos personales y te daré mi opinión, pero no como abogado profesional, sino como simple licenciado en derecho desde 1985 que nunca ha ejercido como abogado. No cobro, ni puedo cobrar por una cuestión de incompatibilidad.
Saludos
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Darío · Reus Tarragona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 09:57:59 AM · nº 7364
Esto dura más que un parto
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Ricardo · Logroño · Jueves, 16 Octubre 2025 | 08:16:54 AM · nº 7363
El Supremo debate una sentencia historica bajo sospechas de prevaricación
Os dejo el enlace que es de la plataforma de afectados de IRPH de Guipuzcoa.

Donostia, 15 de octubre de 2025.

Fuentes cercanas al Tribunal Supremo español señalan que el pasado 1 de octubre dicho tribunal deliberó sobre la postura a adoptar en relación a las hipotecas ligadas al índice IRPH, y que desde entonces siguen trabajando en la redacción de una sentencia histórica que marcará su postura al respecto.

Tras la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 12 de diciembre de 2024, varios jueces españoles han entendido que la sentencia europea les obliga a declarar abusiva la cláusula que vincula la hipoteca a este índice. Sin embargo, el Supremo no ha reaccionado a este último señalamiento del TJUE, que llegó precedido de cuatro anteriores, todos ellos favorables a los consumidores. En las cuatro ocasiones anteriores el Tribunal Supremo español reinterpretó de manera imaginativa la jurisprudencia europea para dar la razón a la banca, provocando acusaciones de prevaricación por parte de algunos juristas. Su última postura al respecto es que ninguna cláusula IRPH es abusiva, y que ni siquiera hace falta analizar su redacción ni evaluar la información proporcionada al consumidor.

Ahora las familias afectadas, la banca, los despachos de abogados y los medios especializados en la materia debaten si el Supremo seguirá o no el camino marcado por Europa. IRPH Stop Gipuzkoa entiende que no hay debate: las resoluciones del TJUE son de obligado cumplimiento y “no seguir su camino” o “mantener su postura” significarían prevaricar. No deberíamos normalizar eso como una opción válida ni posible.

En efecto, el Supremo debe acatar la orden de analizar una por una las cláusulas IRPH, y evaluarlas con los criterios establecidos por Europa. IRPH Stop Gipuzkoa entiende que dichos criterios harán que la inmensa mayoría de las cláusulas deban considerarse nulas por abusivas.

Las familias afectadas y la banca se juegan decenas de miles de millones de euros, y la sentencia puede llegar a coincidir con el duodécimo aniversario de la interposición de la primera demanda de nulidad de la cláusula IRPH, que se dio el 21 de octubre de 2013 en Donostia. La demanda fue interpuesta por una familia de IRPH Stop Gipuzkoa con el apoyo legal de Maite Ortiz y Jose Mari Erauskin, abogados pioneros en la batalla judicial contra esta cláusula.

PLATAFORMA DE AFECTADOS POR EL IRPH DE GIPUZKOA.


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Andres · GRANADA, LA · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:10:13 PM · resp. nº 3269
Bueno, yo creo que la clave no es si el TS tarda más o menos en resolver los casos. Lo realmente importante es la seguridad juridica. A nadie le importa esperar si sabe seguro que va a ganar, incluso mejor: más intereses. Y si sabes seguro que vas a perder pues lo dejas correr.
El problema es que estos del TS literalmente no saben qué hacer. Por un lado el cuerpo les pide apoyar a los bancos, por los canapés del Bernabeu, las invitaciones a monterías y los cursillos y conferencias millonarias en paraisos idilicos, familia incluida, que patrocina la banda, perdon banca. Pero claro, resulta que están ante un asunto del que están pendientes millones de personas, que ya disponen de mucha información (yo confieso que aunque licenciado en derecho que nunca ha ejercido me considero hay día un auténtico experto en esta materia solo a través de consultas por google) y de mucha jurisprudencia europea que, todo sea dicho, no ha sido lo suficientemente contundente, supongo que pensando que, juridicamente, ya era suficiente, sin imaginarse lo cavernicolas de estomagos agradecidos que lo tenian que aplicar.
Por eso digo que el tiempo en que se tarde es relatico. Si hay seguridad, es decir si el banco sabe con seguridad que en el TS tiene el caso perdido llegara a acuerdos para retirara demandas. Mucha gente preferira cobrar 25.000 euros en lugar de 30.000 incluso 35.000 y cerrar el asunto en una semana en lugar de esperar 10 anios (maldito teclado). Yo por ejemplo ni he presentado demanda todavia, Los bancos hacen numeros y los intereses legales de 35000 euros durante 10 anios mas los que han transcurrido desde que se firmo la hipoteca es mucha mucha pasta. Asi que lo importante es que la sentencia proporcione seguridad, tanto si es favorable como si es desfavorable. Y lo que estan tardando es tan sencillo como todo esto. No hay ningun genio estudiando el tema. Hay 3 o 4 tios en algun reservado con nuestros banqueros y entre centollo y centollo estan decidiendo la cuestion. Perdonar los acentos pero en un momento dado me han dejado de funcionar y luego empezo a fallar la enie....sorry.
anonimo · anonimo · Viernes, 17 Octubre 2025 | 05:37:58 AM · resp. nº 3271
Completamente de acuerdo contigo, Andrés.
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Ricardo · Logroño · Jueves, 16 Octubre 2025 | 08:04:32 AM · nº 7362
Lo que puse no es un enlace de bragas usadas ni ningún tipo de guarradas, asi que Tony Espina de Cartagena antes de decir nada mejor te informas y luego pones lo que es verdad. Bueno no voy a entrar mas en tonterias, asi que publico lo que venia en en enlace:
abamos de conocer que el Tribunal Supremo se ha vuelto a pronunciar sobre la prescripción de las reclamaciones de gastos de formalización de las hipotecas. Y el Alto Tribunal español se reafirma en su posición, conocida en 2024, si bien seguimos a la espera de conocer la sentencia sobre hipotecas IRPH, que marcará el futuro de miles de hipotecados en España.
El Tribunal Supremo se reafirma y señala que el plazo de prescripción de las reclamaciones de gastos hipotecarios no comienza el día que se pagan esos conceptos, sino que el plazo de prescripción comienza cuando existe una sentencia firme. Esto, en la práctica, supone que el consumidor pueda iniciar en cualquier momento su reclamación de gastos de formalización de un préstamo hipotecario. Una victoria para el consumidor.

Actualmente, explica Leticia Grande, abogada de reclamador.es, “la cantidad media que estamos consiguiendo en reclamador.es para estas reclamaciones supera los 1.200 € por consumidor, si bien el gran problema es el colapso de los juzgados especializados, que hace que, en Juzgados como el de Madrid, el 101Bis, se estén admitiendo a trámite ahora las demandas presentadas a finales de diciembre del año 2020”.

Seguimos esperando la sentencia sobre IRPH
Y ahora queda saber qué pasa con las hipotecas IRPH. En palabras de la abogada de reclamador.es “realmente, lo que estábamos esperando era conocer el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo en relación a la nulidad de las hipotecas IRPH, pues han pasado 15 días desde que, en principio, se reunió y no se han publicado ni unas conclusiones ni la propia sentencia, por lo que miles de afectados en España por este índice siguen esperando saber qué pasará”.

Un saludo a todos, solo queria informar de lo que hay y se cuece en el puñetero IRPH que nos está amargando la vida.
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Ricardo · Logroño · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 01:21:34 PM · nº 7361
Os dejo este enlace por si fuera de interés.
https://www.lawandtrends.com/noticias/civil/el-supremo-se-reafirma-en-el-plazo-de-prescripcion-de-las-reclamaciones-de-gastos-hipotecarios-pero-sigue-sin-1.html
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Tony Spina de Anchoa · cartagena · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:11:31 AM · resp. nº 3267
cuidado es un enlace a una página web de bragas usadas. No entreis compañeros
rosita · rosita · Jueves, 16 Octubre 2025 | 11:02:38 AM · resp. nº 3268
Coño Tony, cuanto tiempo!!! El otro día pasaron por aquí tus hermanos, si hombre si! los `huelebragas`.No sabíamos que erais tantos, pero ya queda claro que sois todos hijos de la misma madre, lo que no nos queda tan claro es si sabéis quien es vuestro padre. Viendo la afición que tenéis por las bragas, quiero pensar que la santa de su madre en el lupanar se beneficiaba gratis a todos tus padres que tenían en común tan grata afición: oler bragas. Ahora entiendo el dicho, "según son los padres, son los hijos". Completamente acertado. A ver si te vas de una vez a tomar por donde amargan los pepinos y dejas de hacer el niñato por aquí, so payaso.
Andres · GRANADA, LA · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:57:58 PM · resp. nº 3270
Este Tony en principio parece un majadero. Pero, supongo, por lo que dicen, que ya es conocido por aquí. Será por algún asunto personal, porque no tiene sentido que un tío se dedique a entrar en un foro como este, con un tema tan específico, y mandar un post sin ningun sentido. Se le ha expulsado de aqui por algun motivo?. Me puede dar alguien alguna explicacion?
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Ricardo · Logroño · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 06:50:28 AM · nº 7360
El Tribunal Supremo puede tardar entre 6 meses y 3 años en dictar sentencia en un caso de IRPH, aunque este plazo puede variar significativamente. Los factores que influyen son la complejidad del caso, la carga de trabajo del tribunal y si las partes llegan a un acuerdo extrajudicial. La sentencia podría tardar más si hay apelaciones o si la gestión del proceso es más lenta.
Factores que influyen en el tiempo de resolución
Jurisdicción y complejidad: Casos más complejos requieren más tiempo para ser analizados.
Acuerdo extrajudicial: Si se llega a un acuerdo con el banco en la fase extrajudicial, el proceso se acorta considerablemente.
Carga de trabajo del juzgado: La cantidad de casos pendientes puede retrasar el proceso.
Actitud del banco: Si el banco se niega a negociar o si recurre la decisión, el plazo puede alargarse.
Qué ocurre si no hay acuerdo
Juicio y apelación: Si es necesario ir a juicio, el proceso puede ser más largo. Tras la sentencia, la otra parte puede recurrir, lo que añade más tiempo.
Sentencia firme: Si no hay recurso, la sentencia se declara firme. Si la sentencia es favorable, se abre un plazo para que se cumpla la decisión.
Consideraciones adicionales
Plazo para reclamar: No existe un plazo de prescripción para reclamar la nulidad de la cláusula IRPH. Sin embargo, hay plazos de prescripción para la devolución de las cantidades cobradas indebidamente, que generalmente empiezan a contar desde la firmeza de la sentencia que declara la nulidad.
Sentencias previas: Las sentencias previas del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han interpretado cómo se aplican los plazos en estos casos.
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Jose Luis Velazquez · Sevilla.Sevilla · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 10:07:20 AM · resp. nº 3266
En resumidas cuentas, que ni contigo ni sin tí.Ni con tribunal supremo ni con el.
Según Ricardo, que parece saber de lo que habla, ni denunciando ni recurriendo ni pidiendo ni rogando hay mínimas posibilidades de que, al menos en vida veas que el banco te devuelva 10 euros.
No sé entonces porqué esos brotes verdes que se publicitan y nos alegran las pajarillas, tales como el Juez de tal ciudad y el de aquella otra y otra fallan a favor de cliente, no se acompaña del necesario bajar el balón al suelo, que sería, sí, pero cobrar -recuperar - lo tuyo ya entra en otras dimensiones.
Seguirás pagando 500 en lugar de 300, legalmente, hasta que decida- se mide en años, el banco.

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