IRPH

Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Cuando una pareja se separa y queda una hipoteca referenciada al IRPH, no solo se discute la vivienda: también la cuota, los avales, quién figura en el préstamo y qué ocurre con una posible reclamación. Esta guía ordena las piezas con calma y con números.

Clave: el divorcio reparte el uso de la casa; el banco mira el contrato del préstamo. Son dos mundos que hay que alinear por escrito.

El IRPH no “desaparece” porque haya un convenio. Sigue aplicando el índice del contrato, el diferencial y las reglas de revisión que figuren en la escritura. Por eso conviene mirar juntos el convenio, la nota simple y el último recibo.

En la práctica aparecen tres situaciones frecuentes: uno se queda en la casa y asume la cuota; se vende y se cancela el préstamo; o ambos siguen pagando a medias mientras se decide. Cada camino tiene costes distintos.

Pareja revisando documentos de hipoteca IRPH tras un divorcio

Convenio frente a contrato bancario

El convenio o la sentencia pueden decir quién usa la vivienda y quién aporta dinero. El banco, en cambio, sigue reclamando a quienes figuran como titulares (y avalistas) mientras no haya novación, subrogación o cancelación.

Clave: un acuerdo entre cónyuges no libera automáticamente frente al banco. Hace falta un cambio contractual o la cancelación del préstamo.

Quién paga la cuota con IRPH

Si el índice sube en la revisión, la cuota puede crecer para quien se haya comprometido a pagarla. Conviene simular el impacto antes de firmar el convenio. Usa el simulador de revisión y la calculadora de impacto de la revisión.

Compara también el sobrecoste histórico del IRPH frente al Euríbor con la herramienta ¿pagas de más con IRPH? y el artículo cuánto pagas de más.

Escenarios habituales

EscenarioQué suele ocurrirQué mirar
Uno se queda en casaAsume cuota y gastos; el otro puede pedir compensaciónNovación / salida del préstamo
Venta de la viviendaCon el precio se cancela el préstamoComisión de cancelación y plusvalía
Pago compartido temporalAmbos aportan hasta vender o subrogarCalendario y prueba de pagos
Subrogación a otro bancoNuevo prestamista asume el préstamoCostes y tipo ofertado

¿Y la reclamación del IRPH?

Si hay una reclamación en curso o se plantea iniciar una, hay que aclarar quién la impulsa, cómo se reparte un eventual resultado y qué documentos guarda cada parte. Revisa si se puede reclamar el IRPH en 2026 y reclamar IRPH.

Guarda los PDF del BOE de las revisiones relevantes desde IRPH en el BOE y el valor actual en IRPH hoy.

Clave: la reclamación no sustituye un acuerdo claro sobre la cuota del día a día. Ordena ambos frentes por separado.

Novación, subrogación o venta

La novación cambia condiciones con el mismo banco (plazo, titulares, tipo). La subrogación cambia de entidad. La venta suele cerrar el préstamo. Amplía en hipoteca IRPH y cambio de banco y en la calculadora de subrogación.

Si el banco exige requisitos de solvencia para dejar a un solo titular, prepárate con nóminas, vida laboral y un cálculo realista de la nueva cuota con el simulador de hipoteca.

Checklist práctico

  • Nota simple y escritura: titulares, avalistas, índice y diferencial.
  • Últimos recibos y notificaciones de revisión.
  • Capital pendiente y comisión de cancelación orientativa.
  • Borrador de convenio con reparto de cuota y plazos.
  • Si hay reclamación IRPH: papeles y posición de cada parte.

Pasos recomendados esta semana

  1. 1
    Reúne escritura, nota simple y tres recibos recientes.
  2. 2
    Simula la cuota actual y una revisión al alza.
  3. 3
    Decide si el escenario es quedarse, vender o compartir temporalmente.
  4. 4
    Habla con el banco solo con números claros y por escrito.
  5. 5
    Si hay duda jurídica, consulta con un profesional antes de firmar.

Un divorcio ya carga suficiente tensión emocional. Separar “quién vive en la casa” de “quién debe al banco” y de “qué se hace con el IRPH” evita sorpresas meses después.

Clave final: pon por escrito cuota, titulares y reclamación. El IRPH seguirá moviendo la letra; el convenio debe estar preparado para eso.

Comentarios

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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 28 Marzo 2018 | 05:32:46 PM · nº 4279
Guías para los afectados por IRPH:

1- Si tu caso aún no ha sido juzgado: En vista de todos los comentarios y sobre todo tras la sentencia del Supremo sobre el IRPH, recomendamos desde www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.

A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.

Esperamos ser de ayuda.
Reclama Por Mí.
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Juan Antonio · Almería-Almeria · Martes, 27 Marzo 2018 | 04:40:28 PM · nº 4278
Hola Raquel,siento mucho que hayas perdido,yo lo voy a pelear también y si pierdo recurriré porque creo que al final el TJUE nos dará la razón, pero es un decisión complicada. Pero nos podrías decir que era lo que reclamabas de irph (nulidad, cambio a Euribor,qué tipo de irph era, ...) Y en qué se ha basado el juez para dar la razón al banco y no a ti.
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Raquel · Sabadell-Barcelona · Martes, 27 Marzo 2018 | 06:02:48 PM · resp. nº 500
Pues reclamamos el cambio de IRPH a Euribor y que nos devolvieran todo lo que pagamos de más desde el 2005. Y las cláusulas de intereses de demora.Era IRPH + 0 luego pasó a ser IRPH+ 0,14.
El juez ha dictaminado que el IRPH ha sido totalmente transparente y que nosotros sabíamos las consecuencias posibles sobre este índice.
El abogado nos ha hecho una estimación y calcula que si perdemos tenemos que pagar unos 3000€ más los honorarios de él.
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Raquel · Sabadell-Barcelona · Martes, 27 Marzo 2018 | 12:01:30 PM · nº 4277
Hola a todos el pasado jueves perdimos el juicio contra BBVA sobre el IRPH. Lo que sí dió el juez como nulo ha sido el interés de demora por tanto no nos cobran costas. Nuestro abogado nos recomienda no apelar ya que posiblemente perderíamos y tendríamos que pagar las costas. La duda es si seguir adelante o no y esperar que el Tribunal Europeo dicte sentencia sobre el IRPH.















































































































































































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Daniel · Madrid · Martes, 27 Marzo 2018 | 09:59:36 AM · nº 4276
Alguien sabe si han puesto ya fecha para el juicio del TJUE.Gracias
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Ivan · Fuerteventura · Martes, 27 Marzo 2018 | 12:23:16 PM · resp. nº 498
No hay fecha todavia. Acabo de mirar la pagina del tjue y no pone nada.
Iván · Barcelona · Martes, 27 Marzo 2018 | 03:20:28 PM · resp. nº 499
Hola ,pero no tenían que dar respuesta en 15 días???
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María · Granada - Granada · Viernes, 23 Marzo 2018 | 09:16:51 AM · nº 4275
Perdón, hay un error en el mensaje anterior,la abogada del banco hablaba de Euribor al referirse al tipo de interés y el tipo de interés es el irph entidades y sustitutivo el irph cajas, el Euribor no está puesto en la escritura, es del año 2003 y ha habido una novacion en 2007 pero solo de capital, todo lo demás sigue igual
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María · Granada - Granada · Viernes, 23 Marzo 2018 | 09:09:18 AM · nº 4274
Hola, yo tengo unas dudas a ver si alguien me las puede aclarar, yo estoy en un proceso de ejecución hipotecaria con Unicaja,mi abogado para paralizar la ejecucion alego que tenia cláusulas abusivas, en la vista previa mi abogado no expecifico que cláusulas eran, la juez se lo pregunto varias veces pero él solo decía que cláusulas abusivas, y la abogada del banco al referirse al tipo de interés hablaba de dirigir y yo tengo irph, en la escritura las clausulas abusivas son varias
(hay irph + 1,cláusula suelo de 4.5%, interés de demora del 18%,pudiendo llegar a ser del 25%,cláusula de que todos los gastos corren a mi cargo, ...)
Estoy esperando la fecha del juicio, yo no la sé aún, no se si mi abogado la sabe, el banco se ha puesto en contacto conmigo y me han hecho una propuesta de dación en pago, he tenido que firmar la solicitud y han tasado la vivienda, me han dicho que la tasación la paga el banco que es quien la ha pedido, mis dudas son muchas, pero una es en la que espero que me podáis ayudar, en el juicio puede mi abogado reclamar solo algunas cláusulas abusivas?
La idea es renunciar, por ahora, a reclamar el irph,
y más adelante en función a lo que diga el TJUE reclamar por el irph
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revisamostuhipoteca.com · Valencia · Viernes, 23 Marzo 2018 | 10:58:15 PM · resp. nº 495
Hola María,
En mi opinión debes valorar si el acuerdo que te ofrece el banco te conviene o no. El hecho de que haya cláusulas abusivas puede reducir la deuda, retrasar la ejecución e incluso obligar a que tengan que empezar de nuevo entre otras posibilidades, pero, logicamente, la deuda persistirá.
En casos como el tuyo, lo que nosotros consideramos prioritario es valorar si es nula la cláusula del vencimiento anticipado, porque su nulidad es bastante común y su efecto sobre la ejecución puede ser determinante. Y si solicitas la petición de decisión prejudicial, o al menos la suspension del procedimiento a la espera de la resolución del TJUE, se puede paralizar la ejecución durante mucho tiempo.
Además analizamos si se trata de una hipoteca titulizada, que normalmente supone la pérdida del juicio para el banco.
Desde luego la cláusula de los intereses de demora al 18% es abusiva, y en tu caso será un ahorro importante. Además de la cláusula suelo y los gastos. Todo ello es un ahorro.
Y en cuanto al irph, yo no lo dejaría pasar, por supuesto pidiendo el,pronunciamiento del TJUE y la suspensión. Aunque el Tribunal ignore la petición (lo que es habitual -demasiado trabajo-) y pierdas, si el TJUE falla a favor de los clientes siempre quedará la posibilidad de reclamar contra el Estado por no aplicar correctamente la Directiva comunitaria.
Tienes muchas opciones y tu abogado mucho trabajo por delante. Aun así, aceptar o no la oferta del banco es una decisión tuya. Haz números, valora tu situación.
Buena suerte.
revisamostuhipoteca.com
Alejandro · Las palmas · Miércoles, 28 Marzo 2018 | 11:28:32 AM · resp. nº 502
Hola maria, como te dice el abogado, comprueba si la vivienda está titulizada lo primero de todo, ya que de ser así no tienen legitimidad activa para nada, ya que no son los dueños de la deuda
Los bancos son unos sinvergüenzas, y no tienen la razón en casi nada, roban las casas a sus propietarios, no devuelven lo cobrado de más y encima cobran las hipotecas varias veces
Comprueba aquí, mi hipiteca titulizada y que te localicen si fue vendida que seguro que sí
La mía lo está y también me ofrecen dacion en pago, pero porque les voy a regalar una vivienda que no es de ellos? Dile a tu abogada que si esta titulizada alege falta de legitimación activa y a luchar, no cedas
Un saludo
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JOSE JOAQUIN ARIAS MATEOS · PUERTO DE SANTA MARIA(EL)-CADIZ · Viernes, 23 Marzo 2018 | 08:57:17 AM · nº 4273
Tengo el IRPH desde el 93. Lo hice con ayuda de MUFACe por ser funcionario. El bbva nunca me dio solución. Me decía que era un tipo de interés muy estable y seguro. Cierto que hasta la mitad me fue bien pero últimamente no. Ya me queda poco. Pidremos recuperar lo perdido?. Alguien está en mi misma situación?
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 22 Marzo 2018 | 01:49:36 PM · nº 4272
Hola a todos los afectados por IRPH,

Queremos aclarar unos puntos de gran interés para los afectados por IRPH.



1- Toda persona afectada por IRPH debe saber que hoy por hoy con la sentencia del Supremo las posibilidades de perder son altas por lo que desde www.reclamapormi.com NO RECOMENDAMOS iniciar un proceso legal que nos comprometa para poder reclamar si el TJUE nos da la razón. Kika y Bruno, sentimos que esteis en esta situación. Tenéis que valorar los pros y los contras atendiendo a vuestro caso particular. Si queréis os podemos dar nuestra opinión.




2- Ahora bien, que todavía no tengamos la sentencia del TJUE no significa que no podamos iniciar los trámites de nuestra reclamación SIN RIESGO. Sin comprometernos legalmente. Podemos iniciar el proceso de manera extrajudicial que es bien visto por los jueces a la hora de presentar una demanda. Como generalmente los bancos rechazan la reclamación tendremos una prueba de que intentamos un acuerdo de buena fe y no fue posible. Así ahorramos tiempo, vamos preparando una posible demanda y lo dejamos todo listo ya que se espera un colapso en los juzgados si el TJUE falla a favor de los afectados.



Seréis conscientes de que además la mayoría que tenga IRPH puede reclamar por los gastos hipotecarios. LOS MEDIOS HAN CUBIERTO MUY MAL ESTE TEMA diciendo que no se puede reclamar por gastos y no es así. El Supremo hace unas semanas dijo que no se podría reclamar por el AJD que es 1 de los gastos, pero todavía existe notaría, registro, gestoría, tasación e incluso la comisión de apertura...

En www.reclamapormi.com podemos revisar vuestro IRPH y los gastos y asesoraros sobre cómo proceder.

Espero que esto aclare ciertos puntos importantes y os ayude a plantearos vuestro caso.

Quien tenga dudas puede ponerse en contacto sin compromiso en Reclama Por Mí.
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bruno · barcelona · Jueves, 22 Marzo 2018 | 09:26:25 AM · nº 4271
Hola,

os informo que yo acabo de perder el juicio por IRPH contra BBVA (antes con UNIM y antes con CAIXA TERRASSA).
Tengo hasta el 9 de abril para recurrir a la audiencia provincial de Barcelona, me debato entre tirar adelante o no, dado que las costas en caso de perder serán bastante elevadas.
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Juan Antonio · Almería-Almeria · Viernes, 23 Marzo 2018 | 08:25:57 AM · resp. nº 492
Hola Bruno,si puedes, me podrías decir cuánto pueden ser las costas de reclamar y perder.
Y en la sentencia en que se ha basado el juez para dar la razón al banco y no a ti.
Gracias
jesy · barcelona · Viernes, 23 Marzo 2018 | 02:20:28 PM · resp. nº 493
Buenas Bruno, yo tambien he perdido en primera instancia, ahora me estoy plantando si recurrir o no, a dias lo veo claro pero a ratos lo veo muy negro, mis abogados me hicieron el calculo en costas en caso de perder en el provincial de Barcelona, serian unos 4000 euroazos, pero claro si no recurro tampoco podré reclamar en el caso que la justicia nos diera la razón en europa.
Tu que vas hacer?
Angel · Badalona · Domingo, 25 Marzo 2018 | 11:54:51 AM · resp. nº 497
Hola Bruno,
Que reclamabas exactamente?
La nulidad del Irph y cambio a euribor?
Los gastos?
La cláusula suelo?
Te lo pregunto porque casi todos los que venimos de las caixas ( Terrasa,Sabadell,Manlleu y luego Unim) = ahora BBVA. Nos colocaron lo mismo con el rollo que eran más estables y estrangularon con muchísima vinculaciones que en 15 años no han mejorado en nada a diferencia del Eur.
Animo a todos y gracias.
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Kika2012 · Mislata-Valencia · Miércoles, 21 Marzo 2018 | 04:41:36 PM · nº 4270
Hola, yo ya inicié proceso de demanda por Irph, la cosa se ha demorado más de 2 años por diferentes motivos. Ahora mi abogado ha solicitado aplazamiento hasta que se pronuncie el TJUE y la jueza lo ha desestimado, así que tuvo lugar la vista previa y ya ha puesto fecha de juicio para Octubre. Esto es posible que ocurra? Porque en este caso, a no ser que el TJUE se pronuncie antes, creo que la causa la puedo ya dar por perdida y sin opción a reclamar después...
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