IRPH

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Septiembre es mes de cartas de revisión. El Euríbor de agosto ya cerró. El IRPH de agosto, todavía no.

Si tu hipoteca se revisa en septiembre, la entidad no usa “el valor de hoy”. Usa el mes que diga la escritura. En la práctica, para una revisión anual de septiembre, lo habitual es tomar el Euríbor a 12 meses de agosto o el IRPH del mes que el contrato fije (a menudo el anterior publicado). Mezclar los dos es el error que más cuota fantasma genera.

A 1 de septiembre de 2026 el Euríbor a 12 meses ya tiene media de agosto: 2,954 %. El IRPH publicado más reciente en IRPH.es es el de julio: 3,077 %. El de agosto saldrá en el entorno del día 20, cuando el Banco de España lo publique y el BOE recoja la resolución.

Revisión de hipoteca en septiembre 2026

Clave: la cuota nueva no depende del Euríbor del martes ni del titular del periódico. Depende del mes concreto que pone tu escritura y de si ese índice es Euríbor o IRPH.

Qué número entra si tu hipoteca es a Euríbor

La media mensual de agosto 2026 del Euríbor a 12 meses queda en 2,954 %. Julio quedó en 2,855 %. La diferencia intermensual es de +0,099 puntos. Quien revise con agosto frente a quien revisó con julio notará esa décima, más el diferencial de la escritura.

Lee la cláusula de revisión. Unas hipotecas dicen “Euríbor del mes anterior a la revisión”. Otras, “del último mes publicado”. No es lo mismo si la carta llega el día 3 o el día 28. Si duda, el cuadro de amortización y la carta anterior suelen aclarar qué mes usaron el año pasado.

Con el dato encima de la mesa, el siguiente paso no es firmar nada: es simular. En revisión de hipoteca metes capital pendiente, años que quedan, diferencial y el índice viejo frente al nuevo. El resultado es la letra, no un titular.

Qué número entra si tu hipoteca es IRPH

El IRPH no tiene valor diario. Se publica una vez al mes, hacia el día 20. Por eso, el 1 de septiembre aún no hay IRPH de agosto. Quien tenga revisión “con el último IRPH publicado” en los primeros días de septiembre estará mirando julio 2026 = 3,077 %, no agosto.

Julio frente a julio del año anterior es lo que mueve una revisión anual. No compares el IRPH de julio con el Euríbor de agosto y llames a eso “lo que me cobran de más” sin restar diferenciales. Para esa cuenta está cuánto pagas de más IRPH vs Euríbor y la serie de IRPH hoy.

El PDF del mes está en IRPH en el BOE. Si la carta del banco no coincide con la cifra oficial, el primer sitio donde contrastar es ese PDF, no el SMS.

ÍndiceÚltimo mes cerrado útil a 1-sep-2026ValorCuándo sale el siguiente
Euríbor 12 mesesAgosto 20262,954 %Media de septiembre: 1 de octubre
IRPH entidadesJulio 20263,077 %Agosto: ~20 de septiembre (BdE / BOE)

Los tres papeles que hay que tener juntos

Escritura (cláusula de índice, diferencial, redondeo y mes de revisión). Último recibo o cuadro. Carta de revisión. Sin esos tres, cualquier reclamación o queja al banco empieza coja.

En la carta busca: índice utilizado, mes de ese índice, diferencial, nuevo TIN y nueva cuota. Si el mes no es el de tu cláusula, pide por escrito que lo expliquen. No hace falta un tono de denuncia: basta la cita de la página de la escritura.

Si la letra no entra, el camino no es “dejar de pagar y ya”. Mira antes qué hacer si no llega la cuota. Carencia, aplazamiento o novación son cosas distintas y no se firman del mismo modo.

Clave: una revisión mal aplicada se discute con la escritura y el valor oficial del mes, no con la media de lo que “ha dicho el telediario”.

Simular antes de decidir si amortizas

Si tras la revisión te queda margen, amortizar no es automático. Hay que ver si reduce cuota o plazo y cuánto interés te evitas. Eso está en la calculadora de amortización parcial, no en una regla de tres de servilleta.

Si el banco te ofrece pasar a fijo “por la revisión”, compara el TIN fijo con el TIN variable nuevo más un escenario a 12 meses. La comparativa fijo vs variable sirve para no firmar un fijo alto solo porque la carta da miedo.

En el foro IRPH hay gente que ya ha recibido la carta de su entidad. No sustituye a un abogado, pero sí evita que creas que tu caso es el único del código postal.

Preguntas cortas de esta revisión

¿El Euríbor de hoy, 1 de septiembre, cambia mi cuota de septiembre? Casi nunca. El valor diario sirve para ver tendencia. La revisión anual usa la media del mes que marque el contrato.

¿Puedo exigir el IRPH de agosto el día 2 de septiembre? No: todavía no está publicado. Quien tenga revisión esos días trabajará, salvo cláusula rara, con julio.

¿La diferencia 3,077 − 2,954 es “lo que me roban”? No. Hay que restar diferenciales, comisiones y el mes exacto de cada índice. La resta cruda de portada no es un peritaje.

Comentarios

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Ricardo · Logroño · Jueves, 16 Octubre 2025 | 08:16:54 AM · nº 7363
El Supremo debate una sentencia historica bajo sospechas de prevaricación
Os dejo el enlace que es de la plataforma de afectados de IRPH de Guipuzcoa.

Donostia, 15 de octubre de 2025.

Fuentes cercanas al Tribunal Supremo español señalan que el pasado 1 de octubre dicho tribunal deliberó sobre la postura a adoptar en relación a las hipotecas ligadas al índice IRPH, y que desde entonces siguen trabajando en la redacción de una sentencia histórica que marcará su postura al respecto.

Tras la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 12 de diciembre de 2024, varios jueces españoles han entendido que la sentencia europea les obliga a declarar abusiva la cláusula que vincula la hipoteca a este índice. Sin embargo, el Supremo no ha reaccionado a este último señalamiento del TJUE, que llegó precedido de cuatro anteriores, todos ellos favorables a los consumidores. En las cuatro ocasiones anteriores el Tribunal Supremo español reinterpretó de manera imaginativa la jurisprudencia europea para dar la razón a la banca, provocando acusaciones de prevaricación por parte de algunos juristas. Su última postura al respecto es que ninguna cláusula IRPH es abusiva, y que ni siquiera hace falta analizar su redacción ni evaluar la información proporcionada al consumidor.

Ahora las familias afectadas, la banca, los despachos de abogados y los medios especializados en la materia debaten si el Supremo seguirá o no el camino marcado por Europa. IRPH Stop Gipuzkoa entiende que no hay debate: las resoluciones del TJUE son de obligado cumplimiento y “no seguir su camino” o “mantener su postura” significarían prevaricar. No deberíamos normalizar eso como una opción válida ni posible.

En efecto, el Supremo debe acatar la orden de analizar una por una las cláusulas IRPH, y evaluarlas con los criterios establecidos por Europa. IRPH Stop Gipuzkoa entiende que dichos criterios harán que la inmensa mayoría de las cláusulas deban considerarse nulas por abusivas.

Las familias afectadas y la banca se juegan decenas de miles de millones de euros, y la sentencia puede llegar a coincidir con el duodécimo aniversario de la interposición de la primera demanda de nulidad de la cláusula IRPH, que se dio el 21 de octubre de 2013 en Donostia. La demanda fue interpuesta por una familia de IRPH Stop Gipuzkoa con el apoyo legal de Maite Ortiz y Jose Mari Erauskin, abogados pioneros en la batalla judicial contra esta cláusula.

PLATAFORMA DE AFECTADOS POR EL IRPH DE GIPUZKOA.


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Andres · GRANADA, LA · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:10:13 PM · resp. nº 3269
Bueno, yo creo que la clave no es si el TS tarda más o menos en resolver los casos. Lo realmente importante es la seguridad juridica. A nadie le importa esperar si sabe seguro que va a ganar, incluso mejor: más intereses. Y si sabes seguro que vas a perder pues lo dejas correr.
El problema es que estos del TS literalmente no saben qué hacer. Por un lado el cuerpo les pide apoyar a los bancos, por los canapés del Bernabeu, las invitaciones a monterías y los cursillos y conferencias millonarias en paraisos idilicos, familia incluida, que patrocina la banda, perdon banca. Pero claro, resulta que están ante un asunto del que están pendientes millones de personas, que ya disponen de mucha información (yo confieso que aunque licenciado en derecho que nunca ha ejercido me considero hay día un auténtico experto en esta materia solo a través de consultas por google) y de mucha jurisprudencia europea que, todo sea dicho, no ha sido lo suficientemente contundente, supongo que pensando que, juridicamente, ya era suficiente, sin imaginarse lo cavernicolas de estomagos agradecidos que lo tenian que aplicar.
Por eso digo que el tiempo en que se tarde es relatico. Si hay seguridad, es decir si el banco sabe con seguridad que en el TS tiene el caso perdido llegara a acuerdos para retirara demandas. Mucha gente preferira cobrar 25.000 euros en lugar de 30.000 incluso 35.000 y cerrar el asunto en una semana en lugar de esperar 10 anios (maldito teclado). Yo por ejemplo ni he presentado demanda todavia, Los bancos hacen numeros y los intereses legales de 35000 euros durante 10 anios mas los que han transcurrido desde que se firmo la hipoteca es mucha mucha pasta. Asi que lo importante es que la sentencia proporcione seguridad, tanto si es favorable como si es desfavorable. Y lo que estan tardando es tan sencillo como todo esto. No hay ningun genio estudiando el tema. Hay 3 o 4 tios en algun reservado con nuestros banqueros y entre centollo y centollo estan decidiendo la cuestion. Perdonar los acentos pero en un momento dado me han dejado de funcionar y luego empezo a fallar la enie....sorry.
anonimo · anonimo · Viernes, 17 Octubre 2025 | 05:37:58 AM · resp. nº 3271
Completamente de acuerdo contigo, Andrés.
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Ricardo · Logroño · Jueves, 16 Octubre 2025 | 08:04:32 AM · nº 7362
Lo que puse no es un enlace de bragas usadas ni ningún tipo de guarradas, asi que Tony Espina de Cartagena antes de decir nada mejor te informas y luego pones lo que es verdad. Bueno no voy a entrar mas en tonterias, asi que publico lo que venia en en enlace:
abamos de conocer que el Tribunal Supremo se ha vuelto a pronunciar sobre la prescripción de las reclamaciones de gastos de formalización de las hipotecas. Y el Alto Tribunal español se reafirma en su posición, conocida en 2024, si bien seguimos a la espera de conocer la sentencia sobre hipotecas IRPH, que marcará el futuro de miles de hipotecados en España.
El Tribunal Supremo se reafirma y señala que el plazo de prescripción de las reclamaciones de gastos hipotecarios no comienza el día que se pagan esos conceptos, sino que el plazo de prescripción comienza cuando existe una sentencia firme. Esto, en la práctica, supone que el consumidor pueda iniciar en cualquier momento su reclamación de gastos de formalización de un préstamo hipotecario. Una victoria para el consumidor.

Actualmente, explica Leticia Grande, abogada de reclamador.es, “la cantidad media que estamos consiguiendo en reclamador.es para estas reclamaciones supera los 1.200 € por consumidor, si bien el gran problema es el colapso de los juzgados especializados, que hace que, en Juzgados como el de Madrid, el 101Bis, se estén admitiendo a trámite ahora las demandas presentadas a finales de diciembre del año 2020”.

Seguimos esperando la sentencia sobre IRPH
Y ahora queda saber qué pasa con las hipotecas IRPH. En palabras de la abogada de reclamador.es “realmente, lo que estábamos esperando era conocer el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo en relación a la nulidad de las hipotecas IRPH, pues han pasado 15 días desde que, en principio, se reunió y no se han publicado ni unas conclusiones ni la propia sentencia, por lo que miles de afectados en España por este índice siguen esperando saber qué pasará”.

Un saludo a todos, solo queria informar de lo que hay y se cuece en el puñetero IRPH que nos está amargando la vida.
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Ricardo · Logroño · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 01:21:34 PM · nº 7361
Os dejo este enlace por si fuera de interés.
https://www.lawandtrends.com/noticias/civil/el-supremo-se-reafirma-en-el-plazo-de-prescripcion-de-las-reclamaciones-de-gastos-hipotecarios-pero-sigue-sin-1.html
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Tony Spina de Anchoa · cartagena · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:11:31 AM · resp. nº 3267
cuidado es un enlace a una página web de bragas usadas. No entreis compañeros
rosita · rosita · Jueves, 16 Octubre 2025 | 11:02:38 AM · resp. nº 3268
Coño Tony, cuanto tiempo!!! El otro día pasaron por aquí tus hermanos, si hombre si! los `huelebragas`.No sabíamos que erais tantos, pero ya queda claro que sois todos hijos de la misma madre, lo que no nos queda tan claro es si sabéis quien es vuestro padre. Viendo la afición que tenéis por las bragas, quiero pensar que la santa de su madre en el lupanar se beneficiaba gratis a todos tus padres que tenían en común tan grata afición: oler bragas. Ahora entiendo el dicho, "según son los padres, son los hijos". Completamente acertado. A ver si te vas de una vez a tomar por donde amargan los pepinos y dejas de hacer el niñato por aquí, so payaso.
Andres · GRANADA, LA · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:57:58 PM · resp. nº 3270
Este Tony en principio parece un majadero. Pero, supongo, por lo que dicen, que ya es conocido por aquí. Será por algún asunto personal, porque no tiene sentido que un tío se dedique a entrar en un foro como este, con un tema tan específico, y mandar un post sin ningun sentido. Se le ha expulsado de aqui por algun motivo?. Me puede dar alguien alguna explicacion?
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Ricardo · Logroño · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 06:50:28 AM · nº 7360
El Tribunal Supremo puede tardar entre 6 meses y 3 años en dictar sentencia en un caso de IRPH, aunque este plazo puede variar significativamente. Los factores que influyen son la complejidad del caso, la carga de trabajo del tribunal y si las partes llegan a un acuerdo extrajudicial. La sentencia podría tardar más si hay apelaciones o si la gestión del proceso es más lenta.
Factores que influyen en el tiempo de resolución
Jurisdicción y complejidad: Casos más complejos requieren más tiempo para ser analizados.
Acuerdo extrajudicial: Si se llega a un acuerdo con el banco en la fase extrajudicial, el proceso se acorta considerablemente.
Carga de trabajo del juzgado: La cantidad de casos pendientes puede retrasar el proceso.
Actitud del banco: Si el banco se niega a negociar o si recurre la decisión, el plazo puede alargarse.
Qué ocurre si no hay acuerdo
Juicio y apelación: Si es necesario ir a juicio, el proceso puede ser más largo. Tras la sentencia, la otra parte puede recurrir, lo que añade más tiempo.
Sentencia firme: Si no hay recurso, la sentencia se declara firme. Si la sentencia es favorable, se abre un plazo para que se cumpla la decisión.
Consideraciones adicionales
Plazo para reclamar: No existe un plazo de prescripción para reclamar la nulidad de la cláusula IRPH. Sin embargo, hay plazos de prescripción para la devolución de las cantidades cobradas indebidamente, que generalmente empiezan a contar desde la firmeza de la sentencia que declara la nulidad.
Sentencias previas: Las sentencias previas del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han interpretado cómo se aplican los plazos en estos casos.
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Jose Luis Velazquez · Sevilla.Sevilla · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 10:07:20 AM · resp. nº 3266
En resumidas cuentas, que ni contigo ni sin tí.Ni con tribunal supremo ni con el.
Según Ricardo, que parece saber de lo que habla, ni denunciando ni recurriendo ni pidiendo ni rogando hay mínimas posibilidades de que, al menos en vida veas que el banco te devuelva 10 euros.
No sé entonces porqué esos brotes verdes que se publicitan y nos alegran las pajarillas, tales como el Juez de tal ciudad y el de aquella otra y otra fallan a favor de cliente, no se acompaña del necesario bajar el balón al suelo, que sería, sí, pero cobrar -recuperar - lo tuyo ya entra en otras dimensiones.
Seguirás pagando 500 en lugar de 300, legalmente, hasta que decida- se mide en años, el banco.
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José Luis Velazquez · Sevilla-Sevilla · Martes, 14 Octubre 2025 | 11:22:02 AM · nº 7359
Esta claro que las presiones que recibe el Tribunal, no sólo desde el sector financiero sino también desde el Estado, van a influir en la decisión dejando claro una vez más el grado de independencia de los magistrados.
Optarán por alguna solución intermedia,devolver el caso otra vez a Europa cantaría en exceso.
No podemos, ni queremos, atender las demandas de un millón de afectados ni posicionarnos al cien por cien junto a los deseos de los bancos.
Los bancos perderán menos y los hipotecados recuperarán menos.
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José Luis Velazquez · Sevilla-Sevilla · Martes, 14 Octubre 2025 | 11:21:33 AM · nº 7358
Esta claro que las presiones que recibe el Tribunal, no sólo desde el sector financiero sino también desde el Estado, van a influir en la decisión dejando claro una vez más el grado de independencia de los magistrados.
Optarán por alguna solución intermedia,devolver el caso otra vez a Europa cantaría en exceso.
No podemos, ni queremos, atender las demandas de un millón de afectados ni posicionarnos al cien por cien junto a los deseos de los bancos.
Los bancos perderán menos y los hipotecados recuperarán menos.
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Andres · GRANADA, LA - BARCELONA · Lunes, 13 Octubre 2025 | 07:10:15 PM · nº 7357
Yo no sé qué espera la gente con esta sentencia. Una cosa es que nuestro ALTO tribunal, sito en el palco del Bernabéu, no haya encontrado la forma de acabar, de manera contundente, con las esperanzas de los plebeyos que hemos tenido que pedirles su dinero para tener el privilegio de tener un techo bajo el que vivir y de trabajar durante años para devolverles su dinero y los intereses con los que se pagan los canapés que les sirve el mayordomo felipe en el famoso palco y otra muy distinta es que ahora de repente se conviertan en juristas honestos y dejen de prevaricar, así, sin más, de un día para otro. Bueno, de momento ya sabemos que eso de lo de "un día para otro" no va a ser. Algunos se estarán revolviendo como la niña del exorcista.
Lo más lógico, conociendo al personal es que se limiten a decir que unas cláusulas valdrán y otras no, que lo tiene que valorar cada juez. Es decir lo que ya sabíamos todos. No van a dar ninguna seguridad jurídica a la gente que por necesidad se vio obligada a firmar cláusulas abusivas y ahora que ya sabe que ha sido estafada, duda si embarcarse o no en la aventura de una reclamación judicial.
Y entonces es cuando aparecen todos tipo de escoria que intenta aprovecharse, algunos por pura necesidad también (pobre roba a pobre) y otros porque aspiran algun día a recoger algunas migajas de los canapés.
Yo soy licenciado en derecho pero nunca he ejercido como abogado, ya estoy jubilado después de 45 años de funcionario. No soy ningún experto en derecho bancario ni nada parecido, lo único que sé de todo esto del IRPh y otras cláusulas es por mi propia hipoteca. Sin embargo, si alguien tiene alguna duda o alguna cuestión que yo le pueda aportar algo que me pregunte, no sé cómo se puede hacer eso por aquí, pero mi mail es andresruano@ gmail.com.
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Manu · Cordoba · Martes, 14 Octubre 2025 | 07:18:25 AM · resp. nº 3264
Nuestro abogado nos comenta que los del Supremo se pueden alargar de 2 a 10 años. Que no contemos con ello a corto plazo. Todo un despropósito
Putogallego · Santa coloma de Gramenet - Barcelona · Martes, 14 Octubre 2025 | 02:59:44 PM · resp. nº 3265
Lo que comentas de que puede tardar entre dos y diez años es para la gente que aun no ha empezado el procedimiento. Si las directrices son claras, los bancos no van a recurrir las sentencias en 1ª Instancia, ya que si recurren hasta el supremo se arriesgan a ser condenados en costas. Mi causa esta en el supremo desde el año 2019 e inicie la demanda en 2017. En 1ª Instancia gané a medias y recurrieron a la Audiencia, en la Audiencia perdí y fue cuando hice un recurso de casacion al Supremo y ahí esá parado hasta que haya una sentencia que aclare el asunto. Yo tengo claro que a mi me estafaron como a la mayoria, ni transparencia ni nada de nada, solo me vendieron que el IRPH era mas estable, ni comparaciones, ni explicaciones de ningun tipo. Ni diferencial negativo, ni leches, es mas, tengo un diferencial de +0,25 que aumento a 0,408 cuando desapareció IRPH cajas. Realmente no espero que me devuelvan lo pagado de mas, ya que todo es politica y los politicos les deben muchos favores a los bancos. Maldita corrupcion!!
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Darío · Reus Tarragona · Lunes, 13 Octubre 2025 | 12:20:50 PM · nº 7356
Alguien sabe algo....
Se alarga demasiado.....

Esto es peor que esperar a que termine el mes para cobrar...
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Ingrid · Barna · Lunes, 13 Octubre 2025 | 12:29:54 PM · resp. nº 3263
de momento nada amigo, a esperar.... Que manera de alargar la agonía ,no hay derecho
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HERNANDEZ E, P.Rafa · LLEIDA - LLEIDA · Sábado, 11 Octubre 2025 | 04:40:19 PM · nº 7355
No se como se llama el administrador del foro, pero creo que debería impedir la entrada a gente que vienen a hacer negocio de nuestras dificulatades personales. No se como puede entrar. Me gustaría que lo solucionara.
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Andres · TINCER · Viernes, 10 Octubre 2025 | 10:44:23 PM · nº 7354
Cuervos los hay por todos lados, los que se aprovechan de las debilidades de los demás, los que les importa un bledo las circunstancias con tal de sacar provecho , los que no tienen ni un fisco de empatía y vende su alma al mejor postor, ICC porque no se meten sus fantásticos créditos donde les quepa, estamos endeudados con nuestras hipotecas y ustedes queriendo sacar provecho, no se los demás pero por favor no publiquen mas sus ofertas en este medio que no es para eso, gracias.
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