IRPH

Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Cuando una pareja se separa y queda una hipoteca referenciada al IRPH, no solo se discute la vivienda: también la cuota, los avales, quién figura en el préstamo y qué ocurre con una posible reclamación. Esta guía ordena las piezas con calma y con números.

Clave: el divorcio reparte el uso de la casa; el banco mira el contrato del préstamo. Son dos mundos que hay que alinear por escrito.

El IRPH no “desaparece” porque haya un convenio. Sigue aplicando el índice del contrato, el diferencial y las reglas de revisión que figuren en la escritura. Por eso conviene mirar juntos el convenio, la nota simple y el último recibo.

En la práctica aparecen tres situaciones frecuentes: uno se queda en la casa y asume la cuota; se vende y se cancela el préstamo; o ambos siguen pagando a medias mientras se decide. Cada camino tiene costes distintos.

Pareja revisando documentos de hipoteca IRPH tras un divorcio

Convenio frente a contrato bancario

El convenio o la sentencia pueden decir quién usa la vivienda y quién aporta dinero. El banco, en cambio, sigue reclamando a quienes figuran como titulares (y avalistas) mientras no haya novación, subrogación o cancelación.

Clave: un acuerdo entre cónyuges no libera automáticamente frente al banco. Hace falta un cambio contractual o la cancelación del préstamo.

Quién paga la cuota con IRPH

Si el índice sube en la revisión, la cuota puede crecer para quien se haya comprometido a pagarla. Conviene simular el impacto antes de firmar el convenio. Usa el simulador de revisión y la calculadora de impacto de la revisión.

Compara también el sobrecoste histórico del IRPH frente al Euríbor con la herramienta ¿pagas de más con IRPH? y el artículo cuánto pagas de más.

Escenarios habituales

EscenarioQué suele ocurrirQué mirar
Uno se queda en casaAsume cuota y gastos; el otro puede pedir compensaciónNovación / salida del préstamo
Venta de la viviendaCon el precio se cancela el préstamoComisión de cancelación y plusvalía
Pago compartido temporalAmbos aportan hasta vender o subrogarCalendario y prueba de pagos
Subrogación a otro bancoNuevo prestamista asume el préstamoCostes y tipo ofertado

¿Y la reclamación del IRPH?

Si hay una reclamación en curso o se plantea iniciar una, hay que aclarar quién la impulsa, cómo se reparte un eventual resultado y qué documentos guarda cada parte. Revisa si se puede reclamar el IRPH en 2026 y reclamar IRPH.

Guarda los PDF del BOE de las revisiones relevantes desde IRPH en el BOE y el valor actual en IRPH hoy.

Clave: la reclamación no sustituye un acuerdo claro sobre la cuota del día a día. Ordena ambos frentes por separado.

Novación, subrogación o venta

La novación cambia condiciones con el mismo banco (plazo, titulares, tipo). La subrogación cambia de entidad. La venta suele cerrar el préstamo. Amplía en hipoteca IRPH y cambio de banco y en la calculadora de subrogación.

Si el banco exige requisitos de solvencia para dejar a un solo titular, prepárate con nóminas, vida laboral y un cálculo realista de la nueva cuota con el simulador de hipoteca.

Checklist práctico

  • Nota simple y escritura: titulares, avalistas, índice y diferencial.
  • Últimos recibos y notificaciones de revisión.
  • Capital pendiente y comisión de cancelación orientativa.
  • Borrador de convenio con reparto de cuota y plazos.
  • Si hay reclamación IRPH: papeles y posición de cada parte.

Pasos recomendados esta semana

  1. 1
    Reúne escritura, nota simple y tres recibos recientes.
  2. 2
    Simula la cuota actual y una revisión al alza.
  3. 3
    Decide si el escenario es quedarse, vender o compartir temporalmente.
  4. 4
    Habla con el banco solo con números claros y por escrito.
  5. 5
    Si hay duda jurídica, consulta con un profesional antes de firmar.

Un divorcio ya carga suficiente tensión emocional. Separar “quién vive en la casa” de “quién debe al banco” y de “qué se hace con el IRPH” evita sorpresas meses después.

Clave final: pon por escrito cuota, titulares y reclamación. El IRPH seguirá moviendo la letra; el convenio debe estar preparado para eso.

Comentarios

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Jose Antonio · Terrassa Barcelona · Miércoles, 05 Sept. 2018 | 05:38:32 PM · nº 4396
Os paso el enlace de lo que me parece una muy buena reflexión sobre los problemas con las clausulas abusivas y posibles soluciones por parte de nuestros gobernantes.http://www.diariodelaltoaragon.es/NoticiasDetalle.aspx?Id=1135817
Animos a tod@s y a seguir luchando, llegara el dia en el que se haga justicia !!
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Laia · Cerdanyola del Vallés · Jueves, 06 Sept. 2018 | 06:59:15 AM · resp. nº 578
Gracias amigo. Un abrazo
sergio · laredo santander · Jueves, 13 Sept. 2018 | 09:27:05 AM · resp. nº 581
cuidado con este enlace, el art 14 de la constitucion no se aplica a autonomos y empresas que son actividades economómicas, sólo a ciudadanos,que son los soberanos titulares de los derechos de la constitución. equiparar ciudadanos a actividades económicas es un paso muy grave, que abandera un conocido partido político de color naranja.
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Jose Antonio · Terrassa Barcelona · Miércoles, 05 Sept. 2018 | 05:36:39 PM · nº 4395
Os paso el enlace de lo que me parece una muy buena reflexión sobre los problemas con las clausulas abusivas y posibles soluciones por parte de nuestros gobernantes.http://www.diariodelaltoaragon.es/NoticiasDetalle.aspx?Id=1135817
Animos a tod@s y a seguir luchando, llegara el dia en el que se haga justicia !!
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Marta · Girona · Martes, 04 Sept. 2018 | 11:17:17 AM · nº 4394
Hola a todos.
Tengo 2 hipotecas referenciadas IRPH desde el 2006.
Presentamos demanda hace 2 años ya que, desde el 2016 nos congelaron el tipo de interés sin previo aviso. La sentencia fue a favor de la entidad bancaria y la apelación también ya que alegaron que el TS daba transparencia a este tipo de interés.
Mi pregunta es la siguiente, si ya ha habido sentencia firme y el Tribunal Europeo da la razón al consumidor confirmando que el IRPH es abusivo, ¿se puede volver a demandar a la entidad bancaria?
Además la entidad bancaria, en sus alegaciones, siempre decía que nos estaban aplicando IRPH ENTIDADES cosa que no es verdad, ya que, así fuera, pagaríamos un tipo de interés inferior al que estamos pagando ya que congelaron el que había en el 2012 siendo éste muy elevado.
Gracias.
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Jose Antonio · Terrassa, Barcelona · Martes, 04 Sept. 2018 | 06:41:26 PM · resp. nº 577
Buenas tardes Marta. Creo que un caso ya juzgado no se puede volver a juzgar. No soy experto pero por desgracia pienso que es así. Lo de la congelación del tipo de interés me suena raro, como una cláusula suelo, cosa que es claramente abusivo y demandable. No se como lo expresa tu escritura en concreto, pero si es claudula suelo, no entiendo como no te han dado la razón los tribunales en ese punto. Te aconsejo revisar bien tu escritura con algun esxperto y ver que se puede hacer al respecto. Mucha suerte y un saludo
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rocio · cabanillas · Miércoles, 29 Agosto 2018 | 05:46:54 PM · nº 4393
Tengo una duda, a los que tienen vivienda protegida cuyas hipotecas están referenciadas al IRPH por ley, a parte del IRPH revisado por el gobierno, en la hipoteca se le suma algún diferencial?
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Oscar · Irun-Guipzucoa · Domingo, 02 Sept. 2018 | 03:34:56 PM · resp. nº 575
No siempre, pero suele ser habitual.
Revisa las condiciones de tu hipoteca, en el apartado del interés aplicable debería ponerlo bastante claro.
Se te pueden dar diversas condiciones, irph solo, irph + diferencial, e incluso lo más habitual suele ser el irph + diferencial variable sujeto a condiciones, como seguro de la casa, nóminas, tarjetas, etc etc.
Además de lo anterior puede tener cláusula suelo y no bajar de una cantidad, pero todo ha de estar reflejado en las condiciones que firmaste
Un saludo
IRPH · MADRID · Miércoles, 12 Sept. 2018 | 02:52:40 PM · resp. nº 579
Hola Rocio, tiene un indice corrector del 0.9175. Cogen la media de los 3 últimos irph antes de la reunión de ministros y si la un 2€ por ejemplo, se multiplica por 0.9175 y se obtiene lo que aplican durante ese año. Resumiendo que va a ser un poco mas bajo.
Saludos,
IRPH · MADRID · Miércoles, 12 Sept. 2018 | 02:54:07 PM · resp. nº 580
Perdon, queria decir si da un 2% de media aplican el indice corrector.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 27 Agosto 2018 | 08:04:45 AM · nº 4392
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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Julian · Valencia · Viernes, 24 Agosto 2018 | 06:16:46 PM · nº 4391
En el 2007 pase mi hipoteca por subrogación del Banco Valencia a Kutxabank y cometí el error de mi vida, pues pase de Euribor + 1% a IRPH + 0,25%. ¿Por qué? Para obtener algo más de dinero y terminar de pagar el coche. Mi pregunta es, si anulan el IRPH en Europa, ¿también me lo anularán a mi aunque haya yo cambiado de hipoteca voluntariamente? ¿Qué opinais? Gracias de antemano.
Responder
Oscar · Irun-Guipuzcoa · Domingo, 02 Sept. 2018 | 03:39:07 PM · resp. nº 576
Hola. No creo que eso importe a la hora de reclamar. El criterio de Europa debiera de ser "si es o no es un interés legal". De serlo, no tendríamos nada que rascar. Pero si declaran el irph ilegal, por cualquier motivo, simplemente con reclamarlo debieran darnos lo cobrado de más. Pero han de declararlo ilegal.
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JoseG · Gijon-Asturias · Viernes, 24 Agosto 2018 | 02:05:36 PM · nº 4390
Bueno ,pues ahora no me voy a contener ,esto va por la LISTA Y BOCAZAS de ISA de MADRID, que va de sobrada por lo que veo.En su comentario poco menos que me dice que soy un ignorante, que no se poner mensajes en el foro.Pues amiga ISA de MADRID,que sepas que uno de los admnistradores del foro,me ha enviado un e-mail,pidiendome perdon,porque era un fallo de la propia web,cosa que he agradecido porque de paso les he pedido perdon yo a ellos por el comentario que puse posteriormente.Que lo sepas para que no vengas aqui de SOBERBIA Y SOBRADA
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Juan · Tudela · Lunes, 27 Agosto 2018 | 10:21:17 AM · resp. nº 573
Buenos dias JoseG , zanjado ya el tema ( eso espero )y sin parecer yo ignorante, podrias extender la explicacion que por problemas de la web no pudiste publicar, segui el enlace que colgaste y pude leer info general, mi duda es si puedes extender esa info con algo mas de detalle, vi tarifas de reclamacion, alusiones a los bufettes de abogados que cobran porcentaje de resultados sobre sentencia como cobro de sus servicios, etc. Mi duda principal es la fiabilidad de la plataforma que se presenta en ese enlace, no pongo en duda que sean defensores de nuestros derechos como consumidores que consideramos hemos sido estafados, pero llegados a este punto ,yo sinceramente no me fio ya ni de mi sombra, dicho esto puedes ampliar info o dar algun dato revelador que ayude a en caso de tener que usar su servicio no acabemos en otro problema , ya sabes salir de Guatemala y meterse en Guatepeor, gracias anticipadas por tu ayuda.Disculpad el tocho.Saludos.
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Alfonso · Madrid · Jueves, 23 Agosto 2018 | 10:37:07 AM · nº 4389
IRPH Julio 2018: 1,854
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Loles · En un lugar de la mancha · Jueves, 23 Agosto 2018 | 06:59:25 AM · nº 4388
Noticias frescas, amigos del IRPH

http://www.legaltoday.com/practica-juridica/civil/civil/la-suspension-por-prejudicialidad-civil-en-los-procedimientos-judiciales-con-clausula-irph
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JoseG · Gijon-Asturias · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 06:35:06 PM · nº 4387
Por cierto ya no me fio de las administradores de este foro.He querido explicar con mas detalle lo que hay en la direccion que os he enviado y por 3 veces me sale codigo erroneo o algo asi.No les gustaba lo que explicaba por lo visto ,En cuanto he puesto solo la direccion""oiga ningun problema""
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Pamida · Villamartín-Cádiz · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 09:58:16 PM · resp. nº 571
De esa idea hay ya muchas gente. Solo tienes que ver las publicaciones que hay. Creamos un foro libre!!!!!
Isa · Madrid · Jueves, 23 Agosto 2018 | 07:01:01 AM · resp. nº 572
Creo que el problema lo tienes tu que no tienes ni idea de como poner mensajes

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