IRPH

Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Divorcio e hipoteca IRPH: qué pasa con la cuota, la vivienda y la reclamación

Cuando una pareja se separa y queda una hipoteca referenciada al IRPH, no solo se discute la vivienda: también la cuota, los avales, quién figura en el préstamo y qué ocurre con una posible reclamación. Esta guía ordena las piezas con calma y con números.

Clave: el divorcio reparte el uso de la casa; el banco mira el contrato del préstamo. Son dos mundos que hay que alinear por escrito.

El IRPH no “desaparece” porque haya un convenio. Sigue aplicando el índice del contrato, el diferencial y las reglas de revisión que figuren en la escritura. Por eso conviene mirar juntos el convenio, la nota simple y el último recibo.

En la práctica aparecen tres situaciones frecuentes: uno se queda en la casa y asume la cuota; se vende y se cancela el préstamo; o ambos siguen pagando a medias mientras se decide. Cada camino tiene costes distintos.

Pareja revisando documentos de hipoteca IRPH tras un divorcio

Convenio frente a contrato bancario

El convenio o la sentencia pueden decir quién usa la vivienda y quién aporta dinero. El banco, en cambio, sigue reclamando a quienes figuran como titulares (y avalistas) mientras no haya novación, subrogación o cancelación.

Clave: un acuerdo entre cónyuges no libera automáticamente frente al banco. Hace falta un cambio contractual o la cancelación del préstamo.

Quién paga la cuota con IRPH

Si el índice sube en la revisión, la cuota puede crecer para quien se haya comprometido a pagarla. Conviene simular el impacto antes de firmar el convenio. Usa el simulador de revisión y la calculadora de impacto de la revisión.

Compara también el sobrecoste histórico del IRPH frente al Euríbor con la herramienta ¿pagas de más con IRPH? y el artículo cuánto pagas de más.

Escenarios habituales

EscenarioQué suele ocurrirQué mirar
Uno se queda en casaAsume cuota y gastos; el otro puede pedir compensaciónNovación / salida del préstamo
Venta de la viviendaCon el precio se cancela el préstamoComisión de cancelación y plusvalía
Pago compartido temporalAmbos aportan hasta vender o subrogarCalendario y prueba de pagos
Subrogación a otro bancoNuevo prestamista asume el préstamoCostes y tipo ofertado

¿Y la reclamación del IRPH?

Si hay una reclamación en curso o se plantea iniciar una, hay que aclarar quién la impulsa, cómo se reparte un eventual resultado y qué documentos guarda cada parte. Revisa si se puede reclamar el IRPH en 2026 y reclamar IRPH.

Guarda los PDF del BOE de las revisiones relevantes desde IRPH en el BOE y el valor actual en IRPH hoy.

Clave: la reclamación no sustituye un acuerdo claro sobre la cuota del día a día. Ordena ambos frentes por separado.

Novación, subrogación o venta

La novación cambia condiciones con el mismo banco (plazo, titulares, tipo). La subrogación cambia de entidad. La venta suele cerrar el préstamo. Amplía en hipoteca IRPH y cambio de banco y en la calculadora de subrogación.

Si el banco exige requisitos de solvencia para dejar a un solo titular, prepárate con nóminas, vida laboral y un cálculo realista de la nueva cuota con el simulador de hipoteca.

Checklist práctico

  • Nota simple y escritura: titulares, avalistas, índice y diferencial.
  • Últimos recibos y notificaciones de revisión.
  • Capital pendiente y comisión de cancelación orientativa.
  • Borrador de convenio con reparto de cuota y plazos.
  • Si hay reclamación IRPH: papeles y posición de cada parte.

Pasos recomendados esta semana

  1. 1
    Reúne escritura, nota simple y tres recibos recientes.
  2. 2
    Simula la cuota actual y una revisión al alza.
  3. 3
    Decide si el escenario es quedarse, vender o compartir temporalmente.
  4. 4
    Habla con el banco solo con números claros y por escrito.
  5. 5
    Si hay duda jurídica, consulta con un profesional antes de firmar.

Un divorcio ya carga suficiente tensión emocional. Separar “quién vive en la casa” de “quién debe al banco” y de “qué se hace con el IRPH” evita sorpresas meses después.

Clave final: pon por escrito cuota, titulares y reclamación. El IRPH seguirá moviendo la letra; el convenio debe estar preparado para eso.

Comentarios

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JoseG · Gijon-Asturias · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 06:31:22 PM · nº 4386
Solo entrad aqui si no quereis pagar de mas https://es-es.facebook.com/StopClausulaSueloHipotecas/
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Cristina · Humanes -Madrid · Miércoles, 15 Agosto 2018 | 01:21:48 PM · nº 4385
Buenas tardes,

Recientemente me enteré del tema este del IRPH. Pues bien, mis padres firmaron una hipoteca con UCI que se regía por este índice. Hace 2 años nos concedieron la dación en pago y posterior alquiler social.

Es posible reclamar en este supuesto?

Gracias
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maria · asturias · Lunes, 27 Agosto 2018 | 06:06:03 PM · resp. nº 574
Para enviar tu caso a las autoridades tecnicas europeas, puedes enviar una copia de la hipoteca a normastecnicas@economistas.org, es gratuito.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 14 Agosto 2018 | 07:34:02 AM · nº 4384
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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Juan · Reus - Tarragona · Lunes, 06 Agosto 2018 | 06:57:17 PM · nº 4383
Hola a todos, solo quiero hacer una pequeña puntualización, que aunque parezca una tonteria, es y puede ser muy relevante para muchos afectados por el IRPH. Cuando se comenta en el foro que cuanto tiempo falta para que se pronuncie Europa, se responde de forma generalizada "2 años". Pues bien, desde el mes de febrero que se admitio a tramite por el Tribunal de Justicia Eutopeo, ya han pasado 6 meses, y creo que esa esperanza que tenemos todos se merece que digamos que actualmente seria un año y medio, mas o menos lo que tenemos que esperar.
Por supuesto ojala fuera un poco antes.
Un saludo, y animo a todos !!!
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David · BARCELONA · Jueves, 16 Agosto 2018 | 01:01:10 AM · resp. nº 569
Hola Juan,
Yo soy muy negativo y creo que después de este año y medio que tenemos que esperar, la banca recurrirá y luego otro recurso de casación y eso nos llevará a 5 o 6 años.
kikolg · Toledo · Jueves, 16 Agosto 2018 | 12:26:36 PM · resp. nº 570
Pues yo David, al contrario que tú, aún tengo esperanza y no perderé la ilusión de que esta vez sí nos den la razón.
Entre todos debemos de animarnos hasta que llegue el dia, en que nos den o quiten la razón.
Pero mientras (al menos yo) trataré de dar palabras de ánimo a la gente, que para sufrir y llorar ya tendremos tiempo y para desanimarnos ya tenemos a nuestro "querido" banco.

David, como dicen: "Todo tiene solución menos la muerte." (Y por lo que tengo entendido estan en ello )

Animos!!!!


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ESTHER · BARCELONA · Viernes, 03 Agosto 2018 | 06:56:13 AM · nº 4382
buenos dias Monste, he leido que europa por lo menos en dos años no van a dictar sentencia, los bancos quieren que los jueces españoles dicten sentencia a favor de ellos, y luego tambien saben los bancos que el euribor esta empezando a subir. son unos listos
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Montse · Rubí-Barcelona · Viernes, 03 Agosto 2018 | 06:14:07 AM · nº 4381
Buenos días,

Alguien sabe cuánto puede tardar en salir la sentencia del TJUE? Nosotros nos han puesto la apelación en septiembre no todos los juzgados están parando los procedimientos y venga a pagar nos quieren arruinar antes para que lo dejemos estar. Como alguien ha dicho en el foro los que estamos luchando desde el principio aún seremos los más perjudicados. Yo también creo que vamos a ganar pero espero que sea este 2018. Feliz día a todo el mundo.
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Alfonso · Madrid · Viernes, 03 Agosto 2018 | 04:15:24 AM · nº 4380
Euribor Junio: 1,862 bajando con cuentagotas ... pero para alguno sera un pequeño alivio.





A ver si Europa se pronuncia y nos da la razon YA.
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David · Alcalá de guadaira · Jueves, 02 Agosto 2018 | 10:49:41 PM · nº 4379
Mi duda es la siguiente que opciónes tenemos los que estamos ya juzgados pues somo los que hemos construido este camino y parece que vamos a hacer los más perjudicados, se me podría aclarar? Gracias y ánimos a todos estamos en la recta final
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Oscar · Irun (Gipuzkoa) · Sábado, 04 Agosto 2018 | 01:36:20 PM · resp. nº 567
Hola, no quiero ser el malo de la película. Pero ten por seguro que aunque intentes denunciar de nuevo, el banco alegará que cosa juzgada no puede volver a ser juzgada.
Espero que de alguna manera lo que decida el TJUE te pueda servir por lo menos para no seguir pagando de mas. Un saludo
maria · asturias · Miércoles, 08 Agosto 2018 | 02:11:16 PM · resp. nº 568
Para saber si tu contrato incumple las normas técnicas puedes enviar una copia a normastecnicas@economistas.org es gratuito. Las normas técnicas son formulas matemáticas estandarizadas que establecen correspondencias entre distintas clausulas o especificaciones de los contratos. Se trata de un motivo distinto por el que tu contrato puede ser nulo.
Ana · Madrid · Viernes, 21 Sept. 2018 | 10:30:39 PM · resp. nº 589
Hola, los que habéis iniciado la vía judicial TENÉIS QUE SEGUIR ya que, en el supuesto de que el TJUE falle a nuestro favor -NO PODRÉIS VOLVER A RECLAMAR-
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Lunes, 30 Julio 2018 | 09:00:17 AM · nº 4378
Hola,a mí un abogado llamado Arriaga el que dice "hagamos las cosas fáciles"no me informó que se quedarían con todos los intereses que saque si ganamos el juicio del irph más el 15% de lo que gane. Os suena,estamos en esto porque el banco no nos informó bien de lo que firmábamos y los abogados parece que hacen lo mismo. Alguien sabe como podría anular lo que firmé sin que me cueste un euro?
Responder
Miguel · ELCHE · Lunes, 30 Julio 2018 | 11:40:17 AM · resp. nº 565
Yo creo que lo has entendido mal,si se quedan todos los intereses y el 15% para que estarías reclamando?Mi abogado se quedaría las costas si las ganó,y sino las ganó se queda un 10% de lo que me perteneciera,devolviendome el dinero del procurador tb.Informate bien pq si es como lo dices es más que un atraco
Isa · Madrid · Martes, 31 Julio 2018 | 02:19:28 PM · resp. nº 566
puedes anular el contrato en el registro mercantil
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 30 Julio 2018 | 07:40:55 AM · nº 4376
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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