2 de diciembre de 2017
En el programa SER Consumidor se analiza el IRPH después de saber que el Tribunal Supremo considera que la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad.
Desde que el pasado 22 de noviembre el Tribunal Supremo se pronunciase sobre el primer caso de nulidad de IRPH admitido a trámite, muy pocos son los medios de comunicación que han echo eco de la noticia, y muy pocos, por no decir ninguno ha resaltado la noticia. Ciertamente no se entiende como un asunto como es el IRPH, con alrededor de un millón de afectados tenga tan poco transcendencia mediática. El alto tribunal ha considerado que la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad, lo que supone de momento un duro revés para los ciudadanos con hipoteca ligada al IRPH y que depositaban sus esperanzas en una sentencia favorable del Tribunal Supremo. De momento, no ha sido así, pero no se ha perdido definitivamente, pues pueden llegar otros procedimientos que deriven en una sentencia más favorable para los hipotecados o incluso que alcancen el Tribunal Superior de Justicia Europeo, que tiene como máxima interpretar y aplicar el Derecho en la Unión Europea.
A pesar de la escasísima proliferación de artículos periodísticos relacionados con el asunto IRPH, si que se ha considerado la inclusión de la noticia del fallo del alto tribunal en algunas secciones de los grandes medios de comunicación. Este es el caso de la Cadena Ser, donde en el programa Ser Consumidor dirigido por Jesús Soria, se dio voz a ciudadanos con hipoteca referenciada al IRPH, y el pronunciamiento del Tribunal Supremo fue analizado por Pau Monserrat, economista de cabecera del programa.
Uno de los participantes en el programa señaló que ya se encontraba preparado para ambas posibilidades de pronunciamiento del Tribunal Supremo. También indicó que a pesar de no ser de los más afectados, ya que otros que tenían los IRPH desaparecidos pasaron a un tipo fijo, le puede suponer tener una hipoteca referenciada al IRPH un sobrecoste de unos 150 o 170 euros mensuales. Señalaba que cuando firmó la hipoteca no le informaron correctamente y que le dijeron que el tipo de interés que le ofrecían era muy bueno y que no iba a tener problemas.
Otro de los afectados argumentaba que el pronunciamiento del alto tribunal había sido un jarro de agua fría, que todos saben como se determina el índice y las cuotas abusivas que se están llegando a pagar que les coloca en un riesgo de exclusión social.
Posteriormente, ya habló, el economista de cabecera del programa Ser Consumidor, Pau Montserrat, indicando que el pronunciamiento del Tribunal Supremo ha sido una sorpresa ya que hay mucha información de que el índice no cumple con los estándares mínimos para ser un referencial hipotecario, entre otras cosas, se ha demostrado que tiene muy poca robustez. También argumentó que la razón por la que el Tribunal Supremo ha considerado que no es abusivo, debe ser por un tecnicismo jurídico que por la naturaleza económica del referencial y que no debería existir en nuestro ordenamiento hipotecario.
Podemos acceder a todo el programa de Ser Consumidor dedicado al IRPH desde aquí.