IRPH

IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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Quim · Mahon-Menorca · Martes, 24 Sept. 2019 | 06:52:01 AM · nº 5461
Hola soy trabajador de Thomas Cook en Menorca, estamos a la expectativa de que va a pasar con nuestros puestos de trabajo. Tengo hipoteca al IRPH desde 2001 con La Caixa, con cuantas cuotas impagadas de hipoteca puedo estar sin que empiecen a desahuciar? Tengo entendido que con la nueva ley de pagos son 12 cuotas, pero no tengo claro el asunto. Y más sabiendo como son los de la Caixa. Aún me quedan 69.000 € de 130.000 € que pedí. Gracias
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Dani · Vigo · Domingo, 29 Sept. 2019 | 04:28:44 PM · resp. nº 1591
Hola Quin son 12 mensualidades si intentan algo ponlo inmediatamente en un abogado y veras como reculan animo y te deseo mucha suerte en el aspecto laboral.
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Celia · Terrassa · Lunes, 23 Sept. 2019 | 08:22:00 PM · nº 5459
Hola tengo una duda he consultado con unos abogados y me han dicho que les envie las 4 primeras paginas de la escritura y que ellos me haran la carta para que la entregue al banco.
Me ha parecido raro porque en las 4 primeras paginas no dice nada del irph. Entonces, quiere decir esto que todas las cartas son iguales?
La verdad no me fio. Que os han pedido a vosotros?
Gracias
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Maria · Barcelona · Lunes, 23 Sept. 2019 | 09:16:46 PM · resp. nº 1573
Hola, Celia.

¿Qué clase de abogados has contratado?¿Se van a leer solo las cuatro primeras páginas? Mi escritura de crédito hipotecario tiene 46 páginas y solo espero que se las lean todas desde el principio hasta al fin.. No es poco lo que un abogado cobra solo para leer una mínima parte de toda una escritura hipotecaria.
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Ana · Tarragona · Lunes, 23 Sept. 2019 | 02:51:54 PM · nº 5458
Que vote a su puta....m...la culpa la tenemos nosotros por no hecharnos a la calle...todo está corrupto..en España sólo hay político...y vitalicio.
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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 23 Sept. 2019 | 01:07:51 PM · nº 5457
Y los corruptos de los politicos,""preocupandose"" por los ciudadanos.Encima ireis a votar en noviembre.Que vote su p..a m..re.
https://www.expansion.com/empresas/banca/2019/09/23/5d88b8fb468aebb6508b46ac.html?intcmp=NOT002

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Miguel · ELCHE · Lunes, 23 Sept. 2019 | 01:26:47 PM · resp. nº 1571
No estoy a favor de ningún partido,pero el titular va claramente a dejar mal a Cs cuando lo que ha hecho es preguntarle al DESgobierno en funciones si tiene algo pensado en el caso de que nos den la razón...
Con prensa así luego nos quejaremos de que los políticos hacen lo que les da la gana..
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Ana · Cádiz · Lunes, 23 Sept. 2019 | 12:45:12 PM · nº 5456
Hola, tengo una hipoteca con IRPH y tengo que vender mi vivienda ya que me voy a vivir a otra localidad. Alguien que me aconseje como hacer para no perder en un futuro la posibilidad de reclamar lo pagado de más.
Gracias.
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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 23 Sept. 2019 | 12:21:50 PM · nº 5455
Maria de Barcelona,pues algo estan tramando seguro.
https://www.lainformacion.com/empresas/faine-guindos-reunion-francfort-irph/6513109/º
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Maria · Barcelona · Lunes, 23 Sept. 2019 | 05:30:56 PM · resp. nº 1572
No me cabe la menor duda. Es una vergüenza que causas como las que nos atañen tengan que llevarse al TJUE para que desde allí defiendan los pocos derechos que aún nos quedan a los ciudadanos de a pie de este gran país. Sin palabras.

Un saludo JoseG.
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Jesule · Cáceres · Lunes, 23 Sept. 2019 | 08:00:55 AM · nº 5454
Buenas, tengo una hipoteca subrogada para una VPO. Por lo que veo pone en las escrituras de la vivienda lo siguiente: "...el tipo de interés nominal será el que corresponda al tipo de interés efectivo fijado por Acuerdo del Consejo de Ministros a propuesta de la comisión Deloegada del Gobierno para asuntos Económicos, y su cuantía será la resultante de aplicar un cofeficiente reductor a la media de los tres últimos meses, con información disponible, del tipo porcentual de referencia de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades de crédito, elaborado por el banco de España. El coeficiente reductor será 0,9175, establecido mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de Abril de 2002, cuyo contenido, por ser publico, se da por...".

Me surgen varias preguntas.

¿Estoy sujeto al IRPH entidades?
¿Ese coeficiente reductor afecta al reclamar? (no tengo claro qué es)
¿Es posible reclamar en su momento?
Y por último, no veo por ninguna parte a que interés tengo la hipoteca pero en los recibo veo que pone 1,878... ¿sigue siendo mayor aún que aplicando el euribor?

Gracias
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Maria · Barcelona · Lunes, 23 Sept. 2019 | 07:32:13 AM · nº 5453
Noticia de interés para todos los afectados por la entidad Caixabank, incluida yo misma.

https://www.economiadigital.es/finanzas-y-macro/caixabank-marca-el-camino-del-pacto-en-el-conflicto-de-hipotecas-irph_652313_102.html

¿Qué opináis?
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Carlos · Hospitalet de Llobregat · Lunes, 23 Sept. 2019 | 10:38:36 AM · resp. nº 1570
Buenos días.
Esperemos que sea cierta la noticia porque hace 2 semanas que envié el escrito para pedirles que me quitaran el Irph y de momento sin noticias!!!!
Ánimo a todos
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Ivan · Marbella · Sábado, 21 Sept. 2019 | 10:18:07 PM · nº 5452
Buenas noches,tuve mi juicio sobre irph hace 1 año y medio ,quedo todo pendiente de lo que dijera el tjue ,poes ya tengo fecha 3/4/2022os lo digo para que veáis lo lento que va todo ,mucho ánimo a todos
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Isabel · Madrid · Sábado, 21 Sept. 2019 | 12:58:41 PM · nº 5451
Hola Ana,
Yo tengo mis dudas sobre si voy a poder reclamar, en las escrituras me pone el tipo de interés será, el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, del conjunto de entidades, definido como la media simple de los tipos de interes mediros ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con la garantia hipotecaria de plazo superior a tres años, ara la adquisición de vivienda libre que hayan sido iniciadas o renovadas por los bancos, cajas de ahorros y las sociedades de crédito hipotecario en el mes a que se refiere el índice, tomando a efectos de referencia el último de estos tipos medios publicados por el banco de España en el boe, antes de cada periodo de interes dentro de los tres meses naturales Ali mismo.
Luego me pone que el tipo de referencia sustitutivo será el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de de tres años, luego pone lo descrito arriba y que se encuentra descritos en los términos del anexo de la circular 8/90 loba banco de españa. El tipo de referencia sustitutivo se utilizará en cualquier circunstancia, y como son oficiales no tienen porque informar.
Siento que sea tan largo mi comentario, estoy desesperada como todos vosotros, hace unos años lo llevé a un a bogado y me dijo que todo estaba bien
Por favor no se si puedo reclamar, muchas gracias y ánimo para todos lo vais a conseguir
Responder
Ana · Madrid · Sábado, 21 Sept. 2019 | 08:36:42 PM · resp. nº 1566
Isabel de Madrid, te contesté ayer, mira más abajo en el post que pusiste y, ahí está la respuesta. Si tienes dudas, llámame 659 47 39 02, no quiero que te quedes con dudas

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