IRPH Entidades: el índice oficial de las hipotecas
El IRPH Entidades (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios del conjunto de entidades) es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es el IRPH que hoy aparece con más frecuencia en escrituras y reclamaciones.
Valor actual del IRPH Entidades
Último dato en nuestra serie: 2026-06 → 3,049 %. Puedes contrastarlo con la tabla oficial del Banco de España y con nuestros gráficos comparados o el IRPH histórico.
Evolución del IRPH Entidades
Cómo se calcula (versión comprensible)
Las entidades comunican tipos de operaciones hipotecarias; con esa información se elabora una media según la metodología oficial y se publica mensualmente. No es el tipo al que un banco “quiere” prestarte mañana: resume lo que se ha venido firmando en el mercado hipotecario de vivienda libre a plazos largos.
IRPH Entidades, IRPH Cajas e IRPH Bancos
En el pasado coexistieron referencias por tipo de entidad (cajas, bancos). El IRPH Entidades unifica el conjunto. Si tu escritura menciona una variante antigua, conviene localizar el índice sustitutivo previsto en el contrato.
Por qué importa frente al Euríbor
El Euríbor refleja el mercado interbancario; el IRPH, una media de préstamos ya concedidos. Históricamente el IRPH ha solido situarse por encima del Euríbor. Detalle: IRPH vs Euríbor.
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Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero.
1- Si tu caso aún no ha sido juzgado: En vista de todos los comentarios y sobre todo tras la sentencia del Supremo sobre el IRPH, recomendamos desde www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/
2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.
A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.
Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.
Esperamos ser de ayuda.
Reclama Por Mí.