IRPH Entidades: el índice oficial de las hipotecas
El IRPH Entidades (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios del conjunto de entidades) es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es el IRPH que hoy aparece con más frecuencia en escrituras y reclamaciones.
Valor actual del IRPH Entidades
Último dato en nuestra serie: 2026-06 → 3,049 %. Puedes contrastarlo con la tabla oficial del Banco de España y con nuestros gráficos comparados o el IRPH histórico.
Evolución del IRPH Entidades
Cómo se calcula (versión comprensible)
Las entidades comunican tipos de operaciones hipotecarias; con esa información se elabora una media según la metodología oficial y se publica mensualmente. No es el tipo al que un banco “quiere” prestarte mañana: resume lo que se ha venido firmando en el mercado hipotecario de vivienda libre a plazos largos.
IRPH Entidades, IRPH Cajas e IRPH Bancos
En el pasado coexistieron referencias por tipo de entidad (cajas, bancos). El IRPH Entidades unifica el conjunto. Si tu escritura menciona una variante antigua, conviene localizar el índice sustitutivo previsto en el contrato.
Por qué importa frente al Euríbor
El Euríbor refleja el mercado interbancario; el IRPH, una media de préstamos ya concedidos. Históricamente el IRPH ha solido situarse por encima del Euríbor. Detalle: IRPH vs Euríbor.
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Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero.

También tengo la hipoteca en UCI y un caso parecido al que comenta Javier Herranz Reyes (mensaje 322). Los padres de mi pareja nos avalaron con la hipoteca y el notario comentó que los titurales érmos mi pareja y yo y los avaladores los padres de mi pareja. Cuando hicimos la declaración de hacienda el año siguiente, en 2007, nos dimos cuenta que UCI había puesto como titulares, a parte de nosotros, los padres de mi pareja. Llamámos a UCI para reclamar y nos dijeron que eso era así y no se podía cambiar. En el caso de cambiarlo, tendrían que estudiar el caso y si fuera viable, se debería de pagar 4.000€ como gastos de cambio en la hipoteca. Por lo que ahora estoy pagando el 50% de mi hipoteca, mi pareja el otro 50% y sólo podemos declarar el 25% cada uno.
Javier, para que UCI reconociera el error, que reclamación hiciste?
Muchísimas gracias.
Un saludo