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IRPH y TJUE: sentencias europeas y del Supremo (2020-2026) | IRPH.es

IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo

El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.

Idea central (para no perderse)

  • El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
  • El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
  • El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
  • En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.

Cronología esencial

3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)

El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.

13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)

Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.

12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)

Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.

11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)

En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.

2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)

En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.

¿Qué miran los tribunales en la práctica?

  1. Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
  2. Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
  3. Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
  4. Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.

Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula

Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.

Relación con tu reclamación

Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:

  • Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
  • Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
  • Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.

Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.

Aviso

Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.

Comentarios

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Neus · Barcelona · Domingo, 19 Octubre 2025 | 03:31:08 PM · nº 7367
https://diariosabemos.com/analisis/irph-supremo-pone-en-riesgo-espana_512366_102.html
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 05:50:57 PM · nº 7366
Nuevo video de Erauskin https://youtu.be/5lzPh_FWnfc?si=jn2OeVuBrjkPLuKA
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Ronaldo · Cristiano · Lunes, 20 Octubre 2025 | 10:52:20 AM · resp. nº 3274
Es el cantante de Azuquita hablando
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MARIA GARC · ALMERIA · Viernes, 17 Octubre 2025 | 11:27:55 AM · nº 7365
He perdido el juicio de mi reclamación de IRPH, alguien sabe si puedo volver a reclamar?
Y me podéis recomendar algún abogado?
Mi caso me lo llevo Arriaga Asociados
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Jose A · Mollet del Vallès-Barcelona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 12:08:46 PM · resp. nº 3272
Cuando dices que has perdido el juicio, a qué te refieres?
Hay sentencia firme, es en primera instancia, provincial o Supremo. ??
Andres · GRANADA, LA · Viernes, 17 Octubre 2025 | 08:44:45 PM · resp. nº 3273
Todo depende de si la sentencia es recurrible o no. Supongo que en Arriaga te lo podrán aclarar. Es lo primero que tienes que hacer, preguntarles. Si no te lo aclaran mándame una copia de la sentencia tachando todos los datos personales y te daré mi opinión, pero no como abogado profesional, sino como simple licenciado en derecho desde 1985 que nunca ha ejercido como abogado. No cobro, ni puedo cobrar por una cuestión de incompatibilidad.
Saludos
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Darío · Reus Tarragona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 09:57:59 AM · nº 7364
Esto dura más que un parto
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Ricardo · Logroño · Jueves, 16 Octubre 2025 | 08:16:54 AM · nº 7363
El Supremo debate una sentencia historica bajo sospechas de prevaricación
Os dejo el enlace que es de la plataforma de afectados de IRPH de Guipuzcoa.

Donostia, 15 de octubre de 2025.

Fuentes cercanas al Tribunal Supremo español señalan que el pasado 1 de octubre dicho tribunal deliberó sobre la postura a adoptar en relación a las hipotecas ligadas al índice IRPH, y que desde entonces siguen trabajando en la redacción de una sentencia histórica que marcará su postura al respecto.

Tras la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 12 de diciembre de 2024, varios jueces españoles han entendido que la sentencia europea les obliga a declarar abusiva la cláusula que vincula la hipoteca a este índice. Sin embargo, el Supremo no ha reaccionado a este último señalamiento del TJUE, que llegó precedido de cuatro anteriores, todos ellos favorables a los consumidores. En las cuatro ocasiones anteriores el Tribunal Supremo español reinterpretó de manera imaginativa la jurisprudencia europea para dar la razón a la banca, provocando acusaciones de prevaricación por parte de algunos juristas. Su última postura al respecto es que ninguna cláusula IRPH es abusiva, y que ni siquiera hace falta analizar su redacción ni evaluar la información proporcionada al consumidor.

Ahora las familias afectadas, la banca, los despachos de abogados y los medios especializados en la materia debaten si el Supremo seguirá o no el camino marcado por Europa. IRPH Stop Gipuzkoa entiende que no hay debate: las resoluciones del TJUE son de obligado cumplimiento y “no seguir su camino” o “mantener su postura” significarían prevaricar. No deberíamos normalizar eso como una opción válida ni posible.

En efecto, el Supremo debe acatar la orden de analizar una por una las cláusulas IRPH, y evaluarlas con los criterios establecidos por Europa. IRPH Stop Gipuzkoa entiende que dichos criterios harán que la inmensa mayoría de las cláusulas deban considerarse nulas por abusivas.

Las familias afectadas y la banca se juegan decenas de miles de millones de euros, y la sentencia puede llegar a coincidir con el duodécimo aniversario de la interposición de la primera demanda de nulidad de la cláusula IRPH, que se dio el 21 de octubre de 2013 en Donostia. La demanda fue interpuesta por una familia de IRPH Stop Gipuzkoa con el apoyo legal de Maite Ortiz y Jose Mari Erauskin, abogados pioneros en la batalla judicial contra esta cláusula.

PLATAFORMA DE AFECTADOS POR EL IRPH DE GIPUZKOA.


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Andres · GRANADA, LA · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:10:13 PM · resp. nº 3269
Bueno, yo creo que la clave no es si el TS tarda más o menos en resolver los casos. Lo realmente importante es la seguridad juridica. A nadie le importa esperar si sabe seguro que va a ganar, incluso mejor: más intereses. Y si sabes seguro que vas a perder pues lo dejas correr.
El problema es que estos del TS literalmente no saben qué hacer. Por un lado el cuerpo les pide apoyar a los bancos, por los canapés del Bernabeu, las invitaciones a monterías y los cursillos y conferencias millonarias en paraisos idilicos, familia incluida, que patrocina la banda, perdon banca. Pero claro, resulta que están ante un asunto del que están pendientes millones de personas, que ya disponen de mucha información (yo confieso que aunque licenciado en derecho que nunca ha ejercido me considero hay día un auténtico experto en esta materia solo a través de consultas por google) y de mucha jurisprudencia europea que, todo sea dicho, no ha sido lo suficientemente contundente, supongo que pensando que, juridicamente, ya era suficiente, sin imaginarse lo cavernicolas de estomagos agradecidos que lo tenian que aplicar.
Por eso digo que el tiempo en que se tarde es relatico. Si hay seguridad, es decir si el banco sabe con seguridad que en el TS tiene el caso perdido llegara a acuerdos para retirara demandas. Mucha gente preferira cobrar 25.000 euros en lugar de 30.000 incluso 35.000 y cerrar el asunto en una semana en lugar de esperar 10 anios (maldito teclado). Yo por ejemplo ni he presentado demanda todavia, Los bancos hacen numeros y los intereses legales de 35000 euros durante 10 anios mas los que han transcurrido desde que se firmo la hipoteca es mucha mucha pasta. Asi que lo importante es que la sentencia proporcione seguridad, tanto si es favorable como si es desfavorable. Y lo que estan tardando es tan sencillo como todo esto. No hay ningun genio estudiando el tema. Hay 3 o 4 tios en algun reservado con nuestros banqueros y entre centollo y centollo estan decidiendo la cuestion. Perdonar los acentos pero en un momento dado me han dejado de funcionar y luego empezo a fallar la enie....sorry.
anonimo · anonimo · Viernes, 17 Octubre 2025 | 05:37:58 AM · resp. nº 3271
Completamente de acuerdo contigo, Andrés.
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Ricardo · Logroño · Jueves, 16 Octubre 2025 | 08:04:32 AM · nº 7362
Lo que puse no es un enlace de bragas usadas ni ningún tipo de guarradas, asi que Tony Espina de Cartagena antes de decir nada mejor te informas y luego pones lo que es verdad. Bueno no voy a entrar mas en tonterias, asi que publico lo que venia en en enlace:
abamos de conocer que el Tribunal Supremo se ha vuelto a pronunciar sobre la prescripción de las reclamaciones de gastos de formalización de las hipotecas. Y el Alto Tribunal español se reafirma en su posición, conocida en 2024, si bien seguimos a la espera de conocer la sentencia sobre hipotecas IRPH, que marcará el futuro de miles de hipotecados en España.
El Tribunal Supremo se reafirma y señala que el plazo de prescripción de las reclamaciones de gastos hipotecarios no comienza el día que se pagan esos conceptos, sino que el plazo de prescripción comienza cuando existe una sentencia firme. Esto, en la práctica, supone que el consumidor pueda iniciar en cualquier momento su reclamación de gastos de formalización de un préstamo hipotecario. Una victoria para el consumidor.

Actualmente, explica Leticia Grande, abogada de reclamador.es, “la cantidad media que estamos consiguiendo en reclamador.es para estas reclamaciones supera los 1.200 € por consumidor, si bien el gran problema es el colapso de los juzgados especializados, que hace que, en Juzgados como el de Madrid, el 101Bis, se estén admitiendo a trámite ahora las demandas presentadas a finales de diciembre del año 2020”.

Seguimos esperando la sentencia sobre IRPH
Y ahora queda saber qué pasa con las hipotecas IRPH. En palabras de la abogada de reclamador.es “realmente, lo que estábamos esperando era conocer el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo en relación a la nulidad de las hipotecas IRPH, pues han pasado 15 días desde que, en principio, se reunió y no se han publicado ni unas conclusiones ni la propia sentencia, por lo que miles de afectados en España por este índice siguen esperando saber qué pasará”.

Un saludo a todos, solo queria informar de lo que hay y se cuece en el puñetero IRPH que nos está amargando la vida.
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Ricardo · Logroño · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 01:21:34 PM · nº 7361
Os dejo este enlace por si fuera de interés.
https://www.lawandtrends.com/noticias/civil/el-supremo-se-reafirma-en-el-plazo-de-prescripcion-de-las-reclamaciones-de-gastos-hipotecarios-pero-sigue-sin-1.html
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Tony Spina de Anchoa · cartagena · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:11:31 AM · resp. nº 3267
cuidado es un enlace a una página web de bragas usadas. No entreis compañeros
rosita · rosita · Jueves, 16 Octubre 2025 | 11:02:38 AM · resp. nº 3268
Coño Tony, cuanto tiempo!!! El otro día pasaron por aquí tus hermanos, si hombre si! los `huelebragas`.No sabíamos que erais tantos, pero ya queda claro que sois todos hijos de la misma madre, lo que no nos queda tan claro es si sabéis quien es vuestro padre. Viendo la afición que tenéis por las bragas, quiero pensar que la santa de su madre en el lupanar se beneficiaba gratis a todos tus padres que tenían en común tan grata afición: oler bragas. Ahora entiendo el dicho, "según son los padres, son los hijos". Completamente acertado. A ver si te vas de una vez a tomar por donde amargan los pepinos y dejas de hacer el niñato por aquí, so payaso.
Andres · GRANADA, LA · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:57:58 PM · resp. nº 3270
Este Tony en principio parece un majadero. Pero, supongo, por lo que dicen, que ya es conocido por aquí. Será por algún asunto personal, porque no tiene sentido que un tío se dedique a entrar en un foro como este, con un tema tan específico, y mandar un post sin ningun sentido. Se le ha expulsado de aqui por algun motivo?. Me puede dar alguien alguna explicacion?
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Ricardo · Logroño · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 06:50:28 AM · nº 7360
El Tribunal Supremo puede tardar entre 6 meses y 3 años en dictar sentencia en un caso de IRPH, aunque este plazo puede variar significativamente. Los factores que influyen son la complejidad del caso, la carga de trabajo del tribunal y si las partes llegan a un acuerdo extrajudicial. La sentencia podría tardar más si hay apelaciones o si la gestión del proceso es más lenta.
Factores que influyen en el tiempo de resolución
Jurisdicción y complejidad: Casos más complejos requieren más tiempo para ser analizados.
Acuerdo extrajudicial: Si se llega a un acuerdo con el banco en la fase extrajudicial, el proceso se acorta considerablemente.
Carga de trabajo del juzgado: La cantidad de casos pendientes puede retrasar el proceso.
Actitud del banco: Si el banco se niega a negociar o si recurre la decisión, el plazo puede alargarse.
Qué ocurre si no hay acuerdo
Juicio y apelación: Si es necesario ir a juicio, el proceso puede ser más largo. Tras la sentencia, la otra parte puede recurrir, lo que añade más tiempo.
Sentencia firme: Si no hay recurso, la sentencia se declara firme. Si la sentencia es favorable, se abre un plazo para que se cumpla la decisión.
Consideraciones adicionales
Plazo para reclamar: No existe un plazo de prescripción para reclamar la nulidad de la cláusula IRPH. Sin embargo, hay plazos de prescripción para la devolución de las cantidades cobradas indebidamente, que generalmente empiezan a contar desde la firmeza de la sentencia que declara la nulidad.
Sentencias previas: Las sentencias previas del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han interpretado cómo se aplican los plazos en estos casos.
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Jose Luis Velazquez · Sevilla.Sevilla · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 10:07:20 AM · resp. nº 3266
En resumidas cuentas, que ni contigo ni sin tí.Ni con tribunal supremo ni con el.
Según Ricardo, que parece saber de lo que habla, ni denunciando ni recurriendo ni pidiendo ni rogando hay mínimas posibilidades de que, al menos en vida veas que el banco te devuelva 10 euros.
No sé entonces porqué esos brotes verdes que se publicitan y nos alegran las pajarillas, tales como el Juez de tal ciudad y el de aquella otra y otra fallan a favor de cliente, no se acompaña del necesario bajar el balón al suelo, que sería, sí, pero cobrar -recuperar - lo tuyo ya entra en otras dimensiones.
Seguirás pagando 500 en lugar de 300, legalmente, hasta que decida- se mide en años, el banco.
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José Luis Velazquez · Sevilla-Sevilla · Martes, 14 Octubre 2025 | 11:22:02 AM · nº 7359
Esta claro que las presiones que recibe el Tribunal, no sólo desde el sector financiero sino también desde el Estado, van a influir en la decisión dejando claro una vez más el grado de independencia de los magistrados.
Optarán por alguna solución intermedia,devolver el caso otra vez a Europa cantaría en exceso.
No podemos, ni queremos, atender las demandas de un millón de afectados ni posicionarnos al cien por cien junto a los deseos de los bancos.
Los bancos perderán menos y los hipotecados recuperarán menos.
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José Luis Velazquez · Sevilla-Sevilla · Martes, 14 Octubre 2025 | 11:21:33 AM · nº 7358
Esta claro que las presiones que recibe el Tribunal, no sólo desde el sector financiero sino también desde el Estado, van a influir en la decisión dejando claro una vez más el grado de independencia de los magistrados.
Optarán por alguna solución intermedia,devolver el caso otra vez a Europa cantaría en exceso.
No podemos, ni queremos, atender las demandas de un millón de afectados ni posicionarnos al cien por cien junto a los deseos de los bancos.
Los bancos perderán menos y los hipotecados recuperarán menos.
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