Respuestas al comentario nº 4452
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Comentario original
Imaginemos...Supuestamente Europa considerarà nulo el Irph que se aplicara sin transparencia.(En mi caso fue asì).Yo ahora tendrìa que demandar al banco,ganar el pleito y esperar el recurso del banco a la audiencia.Total...3 años màs.Eso es lo que estàmos esperando?Eso nos puede contentar?.Que error amigos,o empujamos para que lo declaren nulo totalmente o la guerra no tendrà fin.Yo no podria esperar màs y menos esperar para seguir acudiendo al juzgado.Ahì os dejo mi reflexiòn.
Respuestas (1)
Buenos días. Creo que se equivoca, las sentencias del TJUE son de obligado cumplimiento voy no se recurren se aplica en única instancia,.