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Respuestas al comentario nº 5025

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Comentario original

Miguel · Wednesday 12 of June 2019 12:44:19 PM · nº 5025
Buenas tengo irph entidades antes caja desde 2007 diferencial 0 .para calcular la dinferencia pagada demás se calcula con euribor con que diferencial?gracias

Respuestas (3)

Javier - Reclama Por Mí · Wednesday 12 of June 2019 01:28:38 PM · resp. nº 1155
Hola,

Calcular esto es complicado Miguel.



Para empezar se sustituyó en el 2013 por IRPH entidades y normalmente congelan el índice y te aplican un fijo.



Pero es que además la amortización año tras año se tiene en cuenta en función del tipo de interés aplicado...



Además, no se puede saber cómo hacer el cálculo. No puedes asumir el euribor porque el índice puede ser nulo.



Para hacer este cálculo se deben plantear escenarios y lo tiene que hacer una persona experta en finanzas.

Si quieres escribe a Reclama Por Mí y te asesoramos: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/
Enrique Pariente · Wednesday 12 of June 2019 07:04:24 PM · resp. nº 1156
Hola Miguel, no soy experto en leyes, soy un afectado más que ha leído mucho sobre ésto y creo que has dado en una clave que creo que va a ser la tabla de salvación de la banca ante este problema. Efectivamente creo que lo declararán nulo. Pero la banca no asumirá dicha nulidad porque la validaba el banco de España. La ilegalidad de la banca,(y por lo que será multada) es por hacer un cálculo erróneo favorable a la banca (media ponderada en lugar de aritmética) y perjudicial para el consumidor. Pero devolver todos los intereses va contra natura de la banca porque es su esencia de negocio. Es como si un juez condenara a un médico a devolverle la vida a un paciente al haberlo matado por una mala praxis. Esto derivará en un segundo juicio de la banca contra el BE para reclamar indemnizaciones a clientes que cobraremos algo en concepto de daño pero no nos devolverán los intereses cobrados de más porque no se saben. Eso si, no pagaremos intereses a partir de que sea declarado nulo. Es mi opinión.
salva · Friday 14 of June 2019 07:21:36 AM · resp. nº 1161
hacer el cálculo de capital amortizado y de los intereses pagados de mas es factible, de hecho yo tengo el cálculo de mi caso, es verdad que no es sencillo, porque durante la vida del préstamo se han ido dando cambios como cuando se pasó de irph cajas a irph entidades, pero es tan sencillo como modificar los datos a partir de cada fecha.

Sin extenderme mucho hay que realizar la tabla de amortización desde el inicio del préstamo, y modificarla a partir de las fechas en las que el préstamo se haya ido modificando, por ejemplo los cambios de índice de referencia que se suelen pactar anuales.

No estamos hablando de ciencia abstracta, una tabla de amortización tiene unas fórmulas establecidas y el cálculo es sencillo, se puede hacer en un excel, como he dicho he realizado la mia y después de arrastrar 14 años de vida de prestamos los datos que me da varían en solo unos céntimos el cálculo de las cuotas, con lo cual está calculado correctamente, de manera que yo se el capital que he amortizado y el que hubiera amortizado si hubiera tenido euribor, así como también se los intereses que he pagado en total y los que hubiera pagado en total con euribor, por lo que puedo calcular perfectamente las diferencias al céntimo, a partir de ahí y con todos los datos sobre la mesa, se cual es la cantidad que el banco debe de devolverme en los diferentes escenarios, tanto si el juez obliga a pasar a euribor, como si declara nulo.

No solo eso, sino que también he calculado con los intereses legales, lo que debe pagarme el banco con el cálculo de dichos intereses.

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