Se consigue la retroactividad de las cláusulas suelo
15 de febrero de 2017
El Tribunal Supremo reconoce la retroactividad de las cláusulas suelo y se deberá pagar la totalidad de lo pagado de más por la cláusula si no se cumplió con los requsisitos de transparencia dictados por el alto tribunal en la primera sentencia de mayo de 2013
Se consigue la retroactividad de las cláusulas suelo ya que el Tribunal Supremo adapta a la jurisprudencia española la sentencia del Tribunal de la Unión Europea. Entre ambos tribunales, el Supremo y el europeo existía una diferencia muy importante, mientras que el Supremo no reconocía la retroactividad de la cláusula y solo se debía devolver las cantidades pagadas de más por la cláusula desde 2013, el Tribunal de Justicia de la Unión Europeo declaraba que se debía devolver absolutamente todo lo cobrado de más debido a la cláusula suelo, es decir desde la firma de la hipoteca. Ahora el Supremo también considera lo mismo. Esto podría ser una gran noticia para los ciudadanos que han sufrido la consecuencia de tener una cláusula suelo en sus escrituras de hipoteca porque significa que todas las cantidades pagadas gracias a la cláusula suelo debe ser devueltas a los ciudadanos. Pero decimos que podría ser, porque el Tribunal Supremo no considera nulas todas las cláusulas y por ello algunos ciudadanos podrán disfrutar del dinero devuelto por la cláusula suelo, pero otros no.
Las cláusulas suelo a muchos ciudadanos con hipoteca les impedía beneficiarse de las bajadas de los índices hipotecarios que estos experimentaron como consecuencia de las bajadas de tipos de interés que ordenó el Banco Central Europeo a partir de octubre de 2008. Muchos ciudadanos con hipoteca contemplaron con bastante asombro e irritación como las letras mensuales de las hipotecas de amigos, familiares o conocidos se abarataban en grandes cantidades, mientras que las suyas no descendían a partir de un determinada cantidad. Esta cantidad era dictada por un límite que existía en el contrato hipotecario a partir del cual por mucho que bajase el índice hipotecario, ya no se calculaban las cuotas mensuales a pagar a partir del valor del índice sino por ese límite establecido.
Pero como decíamos, hay que tener presente que el alto tribunal no considera que todas las cláusulas suelo sean nulas. Establece que solo serán nulas aquellas que no siguieron o cumplieron los requisitos de transparencia señalados en la primera sentencia sobre cláusulas suelo en mayo de 2013.
Así pues el recurso que pedía la nulidad de las cláusulas de la Caja Rural de Teruel ha sido desestimado, ya que se estima que cumple con los recursos de transparencia impuestos en la primera sentencia. Esta circunstancia seguramente la tendrán muy en cuenta muchos bancos que consideran que las cláusulas suelo que establecieron fueron transparentes, y que por tanto no deben ser declaradas nulas. Es el caso de importantes entidades como CaixaBank, Sabadell, Ibercaja o Unicaja.