Sentencias en contra del IRPH después del fallo del Tribunal Supremo
10 de febrero de 2018
Ya son varias las sentencias que declaran abusivo el índice IRPH a pesar de la sentencia del alto tribunal del 22 de noviembre y ya se está preparando el camino para llegar hasta el Tribunal Superior de justicia Europeo
Después del fallo del fallo del Tribunal Supremo sobreel primer procedimiento de IRPH admitido a trámite del 22 de noviembre en el que en contra de la Audiencia Provincial de Álava daba la razón a la entidad y no al cliente, se podría llegar a pensar que los jueces seguirían doctrina y avalarían con sus sentencias las consideraciones del alto tribunal, pero no ha sido a sí en cuatro procedimientos y por ello se acerca el camino al Tribunal Superior de Justicia Europeo (TSJE) con sede en Luxemburgo.
En primer lugar tenemos que el Juzgado nº 3 de Marbella el 30 de noviembre de 2017 anulaba el índice hipotecario IRPH y además la cláusula suelo del 3,5%. También obligaba al Banco Popular a devolver al cliente las cantidades pagadas de más desde que comenzó el préstamo.
Seguidamente llegó la sentencia contra el IRPH del Juzgado de Pirmera Instancia de Amurrrio en Álava. Esta sentencia llegó el 15 de enero de 2018. En este caso se declara nula la cláusula que contiene el IRPH fundamentándose en jurisprudencia europea, y argumentado que tiene que ser sometido al control de transparencia. Este control no fue superado ya que al cliente no se le dio ninguna información anterior a la firma del contrato y que sirviera como prueba de que el prestatario comprendiera o conociera el funcionamiento del IRPH.
Posteriormente con fecha de 19 de enero, se une el fallo del Juzgado nº 3 de Alicante estima íntegramente la demanda y declara abusivas y nulas las siguientes cláusulas: la cláusula referida al IRPH Entidades, la cláusula referida al tipo sustitutivo IRPH Bancos, la cláusula suelo del 4% y la cláusula referida a la última novación del IRPH Entidades.
En cuarto lugar y no por ser la última es menos importante sino más bien todo lo contrario, el magistrado del Juzgado 38 de Primera Instancia de Barcelona abre una pieza separada para tramitar una cuestión prejudicial sobre el IRPH en este caso Cajas. En la providencia se somete a consideración del magistrado, la posible elevación de cuestión perjudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para ver si resulta contrario a la Directiva 93/13 del Consejo, de 5 de abril de 1993 negar el control de transparencia. En la providencia se indica que existen dudas de si para la comprensión de la cláusula deben proporcionarse todos los datos necesarios para la correcta formación del consentimiento como: explicación de la configuración del tipo de referencia, como había evolucionado, como podría evolucionar en el futuro, la información sobre que el índice incluye comisiones y demás gastos, de que se trata de una media simple no ponderada sin ningún mecanismo de corrección de las desviaciones, que es opaco en comparación con el Euribor, si se deben poner en relación el tipo de referencia con otros legalmente establecidos, si hay que ofrecer la posibilidad de elegir entre diferentes índices existentes en el mercado, conforme a la aplicación realizada por la jurisprudencia del TJUE en el sentido de que debe darse a la explicación de la cláusula claridad y comprensibilidad para el consumidor.
Como comprobamos, existen ya varias sentencias que se rebelan o se posicionan en sentido contrario al fallo del Tribunal Supremo del pasado 22 de noviembre de 2017 y que se posicionan con el voto particular que también incluía la sentencia del alto tribunal y que era contraria a su consideración final, que era que el IRPH, al tener carácter oficial ya le quedaba otorgada la presunción de transparencia. En este sentido, existen fuertes dosis de esperanza de que finalmente tenga que ser el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el que medie entre las posiciones contrarias que se establecen entre la sentencia del alto tribunal y las sentencias de diversos juzgados y audiencias que se decantan por declarar al índice IRPH como abusivo.