IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota
El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.
Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.
Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.
Por qué el PDF del BOE importa tanto
- Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
- Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
- Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.
Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.
Qué buscar exactamente en el documento
Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.
No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.
Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.
Cómo usarlo en una revisión de cuota
- 1Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
- 2Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
- 3Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
- 4Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
- 5Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.
Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.
Cómo usarlo en una reclamación
Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.
Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.
Tabla de trabajo para contrastar
| Qué miras | Dónde | Para qué |
|---|---|---|
| Mes del índice | Escritura | Saber qué BOE descargar |
| Valor del tipo medio | PDF del BOE | Contrastar con la notificación |
| Diferencial | Escritura | Calcular el tipo final |
| Redondeo | Escritura | Ver si hay ajuste al alza |
| Nueva cuota | Simulador / banco | Traducir el tipo a euros |
Ejemplo orientativo de impacto en cuota
Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.
Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.
Errores frecuentes
- Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
- Confundir índices dentro del mismo BOE.
- Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
- Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
- No guardar la notificación del banco junto al PDF.
Dónde encontrar los PDFs
- IRPH en el BOE en este sitio.
- Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
- Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).
Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.
Resumen
Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.
También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Un fallo a favor del cliente abriría la puerta a reclamaciones masivas
El sector financiero afronta un golpe de, al menos, 15.000 millones
El TJUE abrió la puerta a anular el índice por falta de transparencia
Tribunal Supremo
Tribunal Supremo. | EP
Eva Díaz
Eva Díaz
7/10/2025 - 14:03
El Tribunal Supremo (TS) mantiene en vilo tanto a la banca como al millón de familias con hipotecas ligadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPF) ante la falta de sentencia que abra o cierre la puerta a su nulidad por falta de transparencia.
El alto tribunal deliberó el pasado 1 de octubre varios asuntos sobre estas hipotecas IRPH para decidir si mantiene su jurisprudencia, que aboga por la transparencia y oficialidad del índice al publicarse su método de cálculo y evolución en el BOE o si se alinea con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que abrió la puerta a anular el índice por falta de transparencia en su comercialización.
La deliberación del asunto no implica que haya sentencia de inmediato ni que se avance el fallo ese mismo día, aunque, en determinadas ocasiones lo adelanten. Sin embargo, en esta hay que esperar a que haya sentencia para conocer su resolución, algo para lo que aún no hay fecha, según las fuentes jurídicas consultadas.
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No obstante, esta espera se encuentra entre los tiempos habituales del alto tribunal. Un ejemplo cercano es el de la macrodemanda de 840 clientes contra 40 entidades por las cláusulas suelo que el Supremo deliberó el pasado 4 de junio sin avanzar el fallo y la sentencia se conoció quince días después, el 19 de junio.
Devoluciones millonarias
La relevancia del fallo del tribunal es clave tanto para el sector financiero como para los clientes. Se estima que entorno a un millón de familias tienen hipotecas IRPH y la exposición de las principales entidades cotizadas a estos préstamos oscila en los 15.600 millones de euros, según los datos avanzados por los propios bancos en 2019. Sin embargo, Goldman Sachs apuntó ese mismo año que el golpe para la banac podría ascender a 44.000 millones de euros entre devoluciones y costas procesales.
Estas hipotecas han vuelto al primer plano después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 12 de diciembre que abrió la puerta a anular este índice por falta de transparencia. Concretamente, instó a los jueces españoles a revisar caso por caso para comprobar especialmente dos asuntos: uno, que el contrato hiciera referencia a que el índice, su método de cálculo y evolución se publican periódicamente en el BOE; y dos, que aludiera a la Circular que emitió el Banco de España sobre el IRPH en 1994.
Esta Circular recordaba a las entidades que el índice se calcula en base a la TAE (Tasa Anual Equivalente) media a la que los bancos y cajas daban hipotecas en los últimos tres años. La TAE, además de intereses, engloba las comisiones y gastos que pagan los usuarios por los crédito. Por tanto, el órgano supervisor avisaba a la banca de que, en caso de que los préstamos se encarecieran mucho, debían aplicar un diferencial negativo sobre el IRPH para ayudar a bajar el precio. El TJUE concluyó que, a falta de mención directa en el contrato a estos elementos, el IRPH podía declararse nulo.
En caso de que el Supremo acoja esta jurisprudencia, abriría un melón para bancos y clientes, porque debería aclarar si las entidades deben sustituir el IRPH por el euríbor en caso de que se declare nulo; así como la posibilidad de devolverles los intereses pagados de más.
Reclamaciones masivas
Del mismo modo, y en base a la jurisprudencia del propio TJUE y del Supremo, abriría la puerta a demandas masivas de los clientes ya que ambos tribunales han aclarado que el plazo para reclamar (y por tanto la prescripción)comienza a correr una vez que el usuario medio y considerablemente informado tiene constancia de que la cláusula era abusiva, hecho que se da con la firmeza de la sentencia, a menos que el banco pueda demostrar lo contrario.