IRPH.es - Índices de referencia de préstamos hipotecarios

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IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Lunes, 24 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
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IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.

Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.

IRPH en el BOE PDF oficial

Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.

Por qué el PDF del BOE importa tanto

  • Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
  • Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
  • Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.

Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.

Qué buscar exactamente en el documento

Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.

No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.

Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.

Cómo usarlo en una revisión de cuota

  1. 1
    Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
  2. 2
    Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
  3. 3
    Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
  4. 4
    Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
  5. 5
    Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.

Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.

Cómo usarlo en una reclamación

Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.

Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.

Tabla de trabajo para contrastar

Qué mirasDóndePara qué
Mes del índiceEscrituraSaber qué BOE descargar
Valor del tipo medioPDF del BOEContrastar con la notificación
DiferencialEscrituraCalcular el tipo final
RedondeoEscrituraVer si hay ajuste al alza
Nueva cuotaSimulador / bancoTraducir el tipo a euros

Ejemplo orientativo de impacto en cuota

Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.

Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.

Errores frecuentes

  • Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
  • Confundir índices dentro del mismo BOE.
  • Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
  • Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
  • No guardar la notificación del banco junto al PDF.

Dónde encontrar los PDFs

  • IRPH en el BOE en este sitio.
  • Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
  • Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).

Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.

Resumen

Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.

También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Comentarios

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Tovarishch Ivan · ????, ????????? · Miércoles, 25 Octubre 2017 | 07:16:02 PM · nº 3921
Hola camaradas, sami de valencia tiene razón no es ningún bulo, es oficial el 22 de noviembre se pronunciará el TS de las narices, en la página irphstop sale la contestación hecha por él propio ts, mis disculpas por dudar
Responder
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Sergi · Petrer-Alicante · Miércoles, 25 Octubre 2017 | 12:11:35 AM · nº 3920
A todo esto...¿que pasaria con el Irph entidades de lashipotecas del plan-vivienda 2005-2008?...En este caso de ser favorable ¿a quien se demandaría al Banco o al Gobierno por aplicar ese indice?
Responder
sergio · Alicante · Viernes, 27 Octubre 2017 | 11:18:29 AM · resp. nº 249
yo también estoy interesado en saber esta respuesta ....
Pablo · Canals valencia · Domingo, 29 Octubre 2017 | 08:29:53 AM · resp. nº 250
Somos miles de hipotecados VPO a los que nos interesa esta respuesta.
Alfonso · Madrid · Domingo, 29 Octubre 2017 | 09:50:58 AM · resp. nº 252
Espero que el TS se pronincie tambien al respecto, porque si no,seguiran quedando muchas dudas para los que tenemos VPP y VPO con IRPH
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christian · barcelona · Martes, 24 Octubre 2017 | 08:42:10 AM · nº 3919
buenos días, he denunciado a mi banca que es la Caixa desde hace casi dos años, llevo desde el 2007 con una hipoteca de 120000e con irph variable pero en 2013 me lo paralizaron al 3,336% hasta el día de hoy. Ayer el banco quiso llegar a un acuerdo el cual es darme 4000e y pasarme a Euribor +2%, me puede aconsejar alguien creo que se están riendo de mi y 4000e? lo veo vergonzoso he hecho un calculo aprox y es muchísimo más lo que me tienen que devolver, si alguien puede aconsejarme le estaría muy agradecido.
Muchas gracias y saludos
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 24 Octubre 2017 | 01:42:32 PM · resp. nº 247
Hola Christian, efectivamente el banco le está ofreciendo un acuerdo claramente perjudicial para usted. Las cantidades a recuperar son muy superiores si tiene una hipoteca desde el 2007 paralizado en 2013 al 3,336%. Debería usted recuperar alrededor de 10.000€ y además para el futuro podría usted conseguir muchas mejores condiciones que un 2% + euribor ya que el mercado hipotecario está ofreciendo mejores condiciones por contratos hipotecarios. Si quiere que un especialista le estudie su caso puede acudir aquí https://www.reclamapormi.com/reclamacion/ y un abogado le llamará sin compromiso. Necesita usted asesoramiento antes de tomar una decisión así. No solo está en juego todo lo que puede recuperar, sino el nuevo contrato que se establezca para el futuro.
Rafael · Lleida - Lleidaqq · Domingo, 29 Octubre 2017 | 09:01:33 AM · resp. nº 251
La Caixa intenta engañarte. Tu objetivo ha de ser que te anulen el tipo de interés, te devuelvan por tanto lo pagado por intereses desde el principio y que te quede la hipoteca sin intereses hasta el final. Infórmate bien.
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Silvia · Valladolid · Viernes, 20 Octubre 2017 | 08:55:39 AM · nº 3917
La verdad es que me encantaría que el tribunal Supremo leyera ésto pq una audiencia quita la razón a un juez y encima para recurrirlo piden muchísimas cosas que a veces son imposibles,es decir que un particular tiene muy pocas posibilidades de recurrir al Supremo después de la audiencia, me gustaría saber a opináis, gracias
Responder
javier - reclama por mí · bizkaia · Viernes, 20 Octubre 2017 | 03:23:26 PM · resp. nº 245
Hola Silvia, tu caso nos parece muy extraño. Nos gustaría conocer un poco más en Reclama Por Mí. Llama al teléfono de esta web: www.reclamapormi.com y cuéntale a un abogado tu caso que te responderá sin compromiso. O bien la demanda no estaba bien presentada o quizá haya algún aspecto importante a tener en cuenta que dificulta la demanda.
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Silvia · Valladolid · Viernes, 20 Octubre 2017 | 08:47:59 AM · nº 3916
Buenos días a todos,llevo meses leyendo este foro,os comento lo que me a pasado a nos vais a creer,tengo hipoteca con caja laboral ahora Kutxabank referenciada con cláusula suelo al 4,5 y además irph desde el año 2000, pues bien denunciamos el caso de momento solo con cláusula suelo ,en juzgado de primera estancia nos da la razón con total retroactividad desde el inicio en enero 2017 cómo era lógico después de que el tribunal Supremo hablara en diciembre,el banco recurre y nos llevan a la audiencia provincial y cuál a sido mi sorpresa? Ayer me llamó la abogada y me comunico que la audiencia no sólo da la razón al banco que además tampoco les condena a costas y claro ahora recurrirlo es súper complicado. Estoy indignada, vaya justicia, todavía hay gente que les da la razón a los bancos,en fin con el irph no me pasará esto pq pienso esperar a que se pronuncie el Supremo para ir a x ellos
Responder
Sami · Valencia · Viernes, 20 Octubre 2017 | 12:21:55 PM · resp. nº 242
Pues ya hay fecha para que se pronuncie, el 22 de noviembre a las 10:30!!!
Un mes y más!! esperemos que sea a nuestro favor! y si no pues al TJUE!! Esto ya no se puede parar... más tarde o más temprano nos tendrán que devolver todo el dinero que nos han estafado!
francisco javier · ubeda · Viernes, 20 Octubre 2017 | 03:18:28 PM · resp. nº 243
como has sabido lo de la fecha y hora¡¡ de la pronunciación?
alfonso · madrid · Martes, 24 Octubre 2017 | 05:30:20 AM · resp. nº 246
Sami, en que te basas para decir que el tribunal supremo se pronunciara el 22 de noviembre.

Que yo sepa no hay fecha definitiva para su pronunciamiento.
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Alfonso · Madrid · Jueves, 19 Octubre 2017 | 05:31:28 AM · nº 3915
IRPH Septiembre: 1,873
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Joan · Barcelona · Miércoles, 11 Octubre 2017 | 12:29:38 PM · nº 3913
Buenas

Tengo hipoteca referenciada al IRPH con el BBVA (por absoción de UNNIM). En Julio el BBVA me propuso 3 opciones: cambiar la hipoteca a tipo fijo (3,29%), pasar a ICE (+0%), o pasar a EURIBOR (2,312%).

De no indicar nada en contra, el BBVA pasará mi actual hipoteca a tipo fijo al 3,29%, a partir de la próxima revisión en Enero de 2018.

En el caso que el Supremo no se pronuncie antes de esa fecha ¿podré acogerme a la reclamación por el IRPH tras haber cambiado el tipo variable a fijo?

Estoy considerando subrogar la hipoteca a otra entidad. En el caso de hacerlo, ¿podría reclamar al BBVA una vez cancelada con ellos la hipoteca?

Gracias

Joan
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 13 Octubre 2017 | 11:41:40 AM · resp. nº 239
Hola Joan, te explico qué opciones tienes. Si firmas algo con el BBVA en primer lugar habrá un consentimiento expreso de que quieres decantarte por una de las opciones. En este caso, en el contrato casi seguro aparecerá una cláusula en la que rechazas realizar una reclamación posterior en alguna de sus cláusulas probablemente escondida en el contrato. Esto es una práctica habitual de los bancos para protegerse muy poco transparente. Si esto es así, perderías el derecho a presentar una reclamación en el futuro. Piensa que te deben todo lo pagado de más + intereses. Si no firmas nada, no hay consentimiento expreso vinculante, simplemente empezarán a aplicarte el nuevo contrato a tipo fijo. Si cancelas la hipoteca, no hay compromiso y puedes cambiar de entidad si lo deseas, en este caso sí que podrías reclamar lo anteriormente expuesto. Hay que tener mucho cuidado con lo que uno firma necesitas asesorarte bien. Puedes rellenar aquí tu consulta y una abogado estudiaría tu caso sin compromiso: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

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RAUL · JAEN · Martes, 10 Octubre 2017 | 04:26:28 PM · nº 3912
Desde diciembre de 2004 con hipoteca de Banesto (ahora Santander). Nos informaron de que teníamos IRPH de entidades + 0.35 de diferencial justo en la notaría antes de firmar las escrituras.

Espero que el Supremo reconozca el abuso...
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Francisco Javier · Ubeda · Martes, 17 Octubre 2017 | 10:58:32 PM · resp. nº 241
Igual que tú desde diciembre de 2006 , yo ya lo puse en manos de abogados ...

A parte de esto pedir disculpas por mi primer mensaje en el foro lo escribí todo alterado por el tema, pido a las personas q me contestaron es su día mayor comprensión y respeto
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Raúl · El palmar-Murcia · Sábado, 07 Octubre 2017 | 10:20:40 PM · nº 3911
Hola a tod@s, al fin encuentro una CALCULADORA IRPH y que funciona, os paso el enlace

<font size="-10">https://finect.com/apps/irph-euribor-que-hubiera-pasado-con-tu-hipoteca-expansion/pill/step/initialMortgageAmount</font>

Y digo yo, lo de carácter prefente era una broma o qué? Muchos millones en juego, tengamos esperanza, ya queda poco seguro. Suerte!
Responder
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Monica · Banyeres del penedes-Tarragona · Jueves, 05 Octubre 2017 | 04:37:42 PM · nº 3910
Hola, nosotros estamos con uci desde 2006 con irph desde 2013 pasaron a entidades segun escrituras. A coste efectivo remanente 2'688 + 0'750 margen. Referencia 1'906. Queria saber si ya se sabe algo sobre la sentencia del Tribunal Supremo sobre los afectados de todos los irph. Y qué pasos tendriamos que dar con el banco.Mil gracias
Responder
Javier · Bizkaia · Lunes, 09 Octubre 2017 | 03:27:38 PM · resp. nº 238
Hola Mónica, si he entendido bien tiene usted hipoteca desde 2006 con Uci y en 2013 le indicaron que le cambiaron a IRPH entidades. Esto probablemente sea debido a que usted tenía ya IRPH DESDE EL PRINCIPIO DEL CONTRATO y por ley, en noviembre 2013 se obligó a los bancos a sustituir IRPH cajas e IRPH bancos a IRPH ENTIDADES. Hecho que debería haber sido notificado. Se explica muy bien aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado.html Es decir, muy probablemente usted tiene que reclamar el IRPH desde el 2006 (fecha de firma del contrato) y no solo desde el 2013. En cuanto a aquellos que preguntan sobre la sentencia del Tribunal Supremo, por desgracia aún no se sabe nada, aunque se rumoreó hace unas semanas que sería muy pronto. No me corresponde a mi hablar por el Tribunal Supremo, pero siguiendo la tendencia que ha seguido en referencia a cláusulas abusivas, debería hacerlo a favor. Puede consultar aquí a un abogado sin compromiso y responderá a cualquier duda en 24 horas. https://www.reclamapormi.com/reclamacion/ .Espero que la información le sea útil.

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