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Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Lunes, 24 de Agosto de 2026
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IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.

Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.

IRPH en el BOE PDF oficial

Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.

Por qué el PDF del BOE importa tanto

  • Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
  • Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
  • Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.

Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.

Qué buscar exactamente en el documento

Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.

No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.

Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.

Cómo usarlo en una revisión de cuota

  1. 1
    Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
  2. 2
    Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
  3. 3
    Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
  4. 4
    Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
  5. 5
    Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.

Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.

Cómo usarlo en una reclamación

Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.

Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.

Tabla de trabajo para contrastar

Qué mirasDóndePara qué
Mes del índiceEscrituraSaber qué BOE descargar
Valor del tipo medioPDF del BOEContrastar con la notificación
DiferencialEscrituraCalcular el tipo final
RedondeoEscrituraVer si hay ajuste al alza
Nueva cuotaSimulador / bancoTraducir el tipo a euros

Ejemplo orientativo de impacto en cuota

Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.

Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.

Errores frecuentes

  • Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
  • Confundir índices dentro del mismo BOE.
  • Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
  • Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
  • No guardar la notificación del banco junto al PDF.

Dónde encontrar los PDFs

  • IRPH en el BOE en este sitio.
  • Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
  • Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).

Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.

Resumen

Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.

También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Comentarios

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Juan Carlos · Estepona-Málaga · Jueves, 16 Marzo 2017 | 11:00:11 AM · nº 3719
Hola,¿sabeis cuando mas o menos se pronunciará el Tribunal Supremo?por esperar un poco a ver que pasa con nosotros los afectados por el irph.¿creeis que anulará el irph conjunto de entidades?
Responder
m herrera · sevilla · Jueves, 16 Marzo 2017 | 05:07:50 PM · resp. nº 56
He leído muchos artículos de juristas y todo parece indicar que sí. Aunque hay que ser prudentes.
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José · Valencia · Jueves, 16 Marzo 2017 | 09:17:59 AM · nº 3718
Buenas a todos: como todos los de aquí soy un afectado mas del banco popular, tengo clausula de: irph, sin techo, redondeo al alza, vencimiento anticipado, obligación de gastos notariales- registro y alguna mas, en el 2015 hice varios escritos y me quitaron el suelo, contrate un abogado y lo deje ya que era poco eficiente y los escritos los tube que hacer yo. Ahora no se que hacer, si debo reclamar el dinero de la clausula suelo o que. Necesito un buen abogado experto "en irph" que me quiera llevar el caso. gracias y animo a todos
Responder
Ana · Madrid · Lunes, 20 Marzo 2017 | 07:58:42 PM · resp. nº 60
Sí, si puedes y debes reclamar el dinero que trae causa en aplicación cláusula suelo.
Te sugiero reclames vía extrajudicial por irph, cláusula suelo y gastos y, en el supuesto de que que denieguen las reclamaciones esperes a pronunciamiento TS y, en esa misma demanda incluyas todas las cláusulas a declarar nulas.

Para cualquier aclaración no dudes en preguntar
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francisco · valladolid · Jueves, 16 Marzo 2017 | 08:29:52 AM · nº 3717
Perdón por enviar por triplicado. Ha sido por error. gracias
Responder
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francisco · valladolid-valladolid · Jueves, 16 Marzo 2017 | 03:58:54 AM · nº 3716
Tengo en mi hipoteca el IRPH pero me han dicho que está 3,95 con diferencial del 0,50. Total me aplican un 4,45 %. Creo que me están cobrando de mas.
Gracias y un saludo.



Responder
m herrera · sevilla · Jueves, 16 Marzo 2017 | 04:47:48 PM · resp. nº 55
Hola Francisco, no se cuando te hicieron la ultima revisión, pero teniendo en cuenta la evolución del IRPH de este ultimo año y con ese diferencial, te están cobrando seguro cláusula suelo porque sumando ese diferencial cualquier IRPH de este año pasado en ningún caso sale ese interés como mucho saldría un 2,53 si te aplicaron el mas alto del año pasado.Te recomiendo que le lleves la hipoteca a una asociación de afectados para que te la miren.
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raulcar · alicante · Miércoles, 15 Marzo 2017 | 07:41:37 PM · nº 3713
Muchas gracias ana, mi intención va ser ir hasta el final mientras pueda, estoy reclamando el irph y 5 años que me clavaron de carencia de capital
Responder
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Camarada IVÁN · Barcelona · Miércoles, 15 Marzo 2017 | 01:03:14 PM · nº 3712
Hola a tod@s camaradas, yo el consejo que doy es que cojais vuestra escritura e ir a que os hagan un estudio si la demanda es viable, el 90% de los abogados lo hacen gratuito, pero ir a todos los que podáis no solo a uno o dos a lo mejor tenéis más de una cláusula abusiva y no es tan arriesgado que demandar el IRPH solamente. Espero haber ayudado.
En cuanto a Ana de Madrid quizá te he juzgado muy rápido si te ha molestado algo te pido disculpas
Responder
David · David - bcn · Martes, 28 Marzo 2017 | 02:28:10 PM · resp. nº 82
Hola Ivan:

has demandado a tu banco? Has conseguido que te quiten irph?.
Yo estoy pensando en demandar pero no se si esperar a sentencia Tribunal Supremo.
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m herrera · sevilla · Miércoles, 15 Marzo 2017 | 10:10:18 AM · nº 3711
Gracias Ana de madrid por orientarnos porque al leer lo de uci me he puesto fatal y lo que has dicho me ha dado ánimos, espero que lo mio se alargue para dar tiempo al TS a que se pronuncie. Pero te quiero preguntar ¿ cuanto tiempo suele tardar en pronunciarse? la única ventaja que tengo ahora es que en sevilla el juzgado mercantil va lento , pero ya hace casi dos años que demande así que en cualquier momento me dan fecha, por ello mi pregunta.
Responder
Ana · Madrid · Miércoles, 15 Marzo 2017 | 09:47:05 PM · resp. nº 54
Hola Herrera, si te correspondió el mercantil n 1 de Seviila, estás de enhorabuena pq en Septiembre se pronunció a favor de la nulidad. En cualquier caso, no te preocupes, por lo que me cuentas ni tan siquiera se ha celebrado la Audiencia que es previa al juicio, por lo que seguramente, antes de que el Juzgado se pronuncie se habrá pronunciado el TS.
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Juan Carlos · Estepona-Málaga · Miércoles, 15 Marzo 2017 | 08:58:13 AM · nº 3710
Hola yo tengo el irph conjunto de entidades desde que hice mi hipoteca y como interés sustitutivo el mismo también.He estado pensando reclamar a mi banco que era banesto y actualmente lo absorbió el Santander,con alguna página que se están dedicando a reclamar por nosotros y sólo cobran si se gana,pero no se si esperar a que se pronuncie el Tribunal Supremo como he leído en anteriores comentarios, que me aconsejais ustedes
Responder
m herrera · sevilla · Miércoles, 15 Marzo 2017 | 10:22:16 AM · resp. nº 53
Solo decirte que aunque cobren solo si ganas en el caso de que pierdas las costas las pagas tu, en base a eso tienes que tomar decisiones.
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raulcar · alicante · Martes, 14 Marzo 2017 | 07:40:52 PM · nº 3709
Buenas a todos, Soy uno de los afectados por UCI. y con el IRPH, he denunciado, y después de casi 2 años tuve el juicio el mes pasado y ayer recibí la sentencia, desfavorable para mi, y tengo que cargar con los gastos del contrario. tengo la opción de recurrir, pero tengo mis dudas de que es lo que debo hacer, a ver si alguien me puede aconsejar. gracias a todos.
Responder
Ana · Madrid · Martes, 14 Marzo 2017 | 10:31:21 PM · resp. nº 50
Si recurres, pudiera ser que,durante la tramitación del recurso, el TS se pronuncie a favor de la nulidad y, te beneficiaría.

Eso sí, intenta agotar plazos hasta el final e, incluso en el recurso solicita la suspensión de la resolución hasta que TS resuelva , otra cosa es que lo hagan pero yo lo alegaria.

Eso sí, en el supuesto contrario tendrias que abonar las costas de apelación, un 50 de las de primera instancia, además de las de primera instancia.







Ana · Madrid · Martes, 14 Marzo 2017 | 11:26:15 PM · resp. nº 52
Considerando que las hipotecas UCI tienen múltiples cláusulas que deberían declararse nulas, entiendo que te condenaron en costas pq sólo solicitaste la del IRPH.

Para salvar al menos las costas, podría existir posibilidad de solicitar en recurso la nulidad de otras cláusulas y, aunque ello no se puede hacer en apelación, existen ST de AUDIENCIAS que en base a la obligación del Juez de declarar de Oficio la nulidad de las CLÁUSULAS abusivas de escritura, lo estiman
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Camarada IVÁN · Barcelona · Martes, 14 Marzo 2017 | 06:32:25 PM · nº 3708
Hola Ana de Madrid respeto tu discurso populista, pero no creo que sea el mejor consejo para poder acabar con el IRPH entre todos, pensáis que si nadie hubiese demandado, el IRPH estaría en el tribunal Supremo? Por supuesto que no si nadie denunciara, estaríamos todos con irph, cláusulas suelo, intereses de demora a más de un 15%, con la cláusula de vencimiento anticipado y sin poder reclamar los gastos de hipoteca, todo esto no se consigue dando pena, se ha conseguido por el aluvión de denuncias en los juzgados, así que cada uno que tome la decisión que crea, pero las cosas no caen solas del cielo.
Camaradas: valor y dar un paso al frente
PD: yo por supuesto que he demandado.
Responder
m herrera · sevilla · Martes, 14 Marzo 2017 | 06:58:24 PM · resp. nº 48
Estoy de acuerdo contigo , pero sin tener dinero y sin tener ayuda es imposible tener valor, hay casos que se han perdido por malas interpretaciones , el miedo al coste que te supone eso esta muy latente, y por su puesto si no hubiera gente con ese valor no se hubiera conseguido nada y por ello me alegro de que existan personas con los arrestos y medios suficientes para plantar cara.
Ana · Madrid · Martes, 14 Marzo 2017 | 11:02:45 PM · resp. nº 51
Hola Antonio, te recuerdo que el tema de la cláusula suelo no se ganó por el aluvión de demandas.

Se ganó gracias a la demanda de un.matrimonio que, terminó en el TS y, a raíz de esa sentencia, se
abrió la puerta y vino el aluvión
de demandas.

EL IRPH se encuentra ya en el TS, para qué intentar abrir otras puertas que sabemos de antemano que están cerradas y, que la gente vaya dejando sus ahorros, ilusiones...etc por el camino. EESperemos a que se abra la ppial, TS, y con ella se reabriran las que estaban cerradas.


El aluvión de demandas antes de que el TS se pronuncie, puede incluso tener un.efecto contrario.

Un saludo y deseo de todo corazón que ganes.



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