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IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Martes, 18 de Agosto de 2026
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IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.

Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.

IRPH en el BOE PDF oficial

Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.

Por qué el PDF del BOE importa tanto

  • Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
  • Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
  • Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.

Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.

Qué buscar exactamente en el documento

Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.

No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.

Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.

Cómo usarlo en una revisión de cuota

  1. 1
    Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
  2. 2
    Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
  3. 3
    Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
  4. 4
    Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
  5. 5
    Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.

Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.

Cómo usarlo en una reclamación

Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.

Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.

Tabla de trabajo para contrastar

Qué mirasDóndePara qué
Mes del índiceEscrituraSaber qué BOE descargar
Valor del tipo medioPDF del BOEContrastar con la notificación
DiferencialEscrituraCalcular el tipo final
RedondeoEscrituraVer si hay ajuste al alza
Nueva cuotaSimulador / bancoTraducir el tipo a euros

Ejemplo orientativo de impacto en cuota

Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.

Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.

Errores frecuentes

  • Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
  • Confundir índices dentro del mismo BOE.
  • Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
  • Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
  • No guardar la notificación del banco junto al PDF.

Dónde encontrar los PDFs

  • IRPH en el BOE en este sitio.
  • Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
  • Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).

Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.

Resumen

Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.

También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Comentarios

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jose · Martes, 20 Enero 2009 | 11:49:04 AM · nº 277
Hola,una pregunta,si firme la hipoteca el 28/02,que mes miran para la revision?
Responder
David · Dos hermanas-Sevilla · Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:40:04 PM · resp. nº 277
Ojala sea a si,pero tu crees que esta el pais para otro rescate financiero?eso es lo que yo temo,solo por eso no soy muy positivo,es que estamos hablando de muchisimimo dinero,mas que las clausulas suelo,
pero repito ojala se haga justicia
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marimar · Martes, 20 Enero 2009 | 11:11:57 AM · nº 276
hola a todos,cuidado cuando hagais una novacion porque estan poniendo unos diferenciales entre 1.50 y 2%,un saludo a todos.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:32:39 PM · resp. nº 276
Hola David,

Podríamos decir que las cosas no se han hecho bien, pero parece que la justicia está arreglando lo que nunca debería haber existido.

Es verdad que hay mucho daño que ya se ha hecho y que ahora hay que reclamar por ello en vez de que las cosas estén echas bien desde el principio.

Ya desde las preferentes con personas que han perdido los ahorros de su vida u otra gente que por tener cláusula suelo altísima o IRPH, o multidivisa les han desahuciado.

Sin embargo, la justicia está reconduciendo el tema y está declarando abusivos estos índices.

Ya se están poniendo los medios para que este tipo de cláusulas no puedan existir en el futuro. Esperamos que no haya sorpresas el 22 de noviembre.
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carmen · Martes, 20 Enero 2009 | 10:56:53 AM · nº 275
Para poner reclamaciones la web del Banco de España, en el portal del cliente, establece para UCI:
- atención al cliente, ANA MARIA LLAMAS
- Blanca Garcia de ASNEF su Email es: bgarcia@asnef.com
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:15:40 PM · resp. nº 275
Hola Sergio,

En Barcelona las sentencias no están siendo tan claras como en otros lugares y lo mejor es esperar a la sentencia del Tribunal Supremo.

Tienes que tener claro que con un 4,25% de interés que estás pagando ahora te van a devolver mucho dinero.

En www.reclamapormi.com lo que hacen es ir adelantando el trámite presentando ya la reclamación exrajudicial para que cuando salga la sentencia que se espera que sea positiva puedan meter la demanda cuanto antes ya que va a haber una auténtica avalancha de casos. Es mejor ir adelantando porque con una reclamación extrajudicial no hay riesgo de perder ningún juicio y ya vas dando los pasos necesarios.
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jaime · Martes, 20 Enero 2009 | 09:51:46 AM · nº 274
hola soy jaime sobre el comentario 89 sobre uci, os dejo mi mail jgabidia@hotmail.com estoy esperando ahora en febrero para la revesion,haber lo q pasa.Hay q acabar con UCI....
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 10 Nov. 2017 | 12:55:09 PM · resp. nº 274
Hola Jesús,

La resolución del Supremo manda sobre la de las audiencias provinciales por lo que, sí, influye sobre las resoluciones futuras.

Por ejemplo, si en una audiencia provincial dieran la razón al cliente como puede estar siendo en Alicante, si la resolución del Supremo el próximo 22 de noviembre es que el IRPH no es abusivo, aunque el banco pierda en la audiencia provincial, sabe que puede llevarlo al Supremo con garantías de que le den la razón. Esto sin embargo, solo sucede con las sentencias que no sean firmes. Si ya te han dado la razón, solo hay un tiempo para presentar un recurso y pasado ese tiempo la sentencia no se puede recurrir.

De todas maneras, creo que hay razones para ser optimistas con que la sentencia sea favorable a los clientes y se declare nulo como otras cláusulas abusivas.

Desde luego, Jesús tu caso lo tiene todo. Sea de una manera de otra puedes reclamar cantidades muy altas más intereses de demora y que te apliquen un sustituto mucho más bajo. Podrás reclamar mucho dinero.

Si quieres que te asesore un abogado, en www.eclamapormi.com puedes hacerlo ya que llevan todas las cláusula abusivas que tienes.
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carmen · Martes, 20 Enero 2009 | 08:47:40 AM · nº 273
Hola Ana, disculpa mi tardanza en la respuesta. No se si la noticia que salió el otro día afectaría al IRPH, pero imagino que si, sería muy injusto no aplicarlo a todos los indices de referencia. Intentaré seguir la noticia.
Responder
MARIA · LAS PALMAS · Viernes, 10 Nov. 2017 | 10:26:58 AM · resp. nº 273

Chicos, igual que yo... personalmente me cambiaría mucho la vida y tranquilidad.

Pero es mejor no vender el pescado antes de cogerlo.

Asiq ue yo prefiero no ilusionarme, hasta que se sepa algo.

Deberiamos ir a las puertas del tribunal supremo jajajaja
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Lourdes · Martes, 20 Enero 2009 | 12:22:43 AM · nº 272
LO SIENTO HABRA SIDO ALGUN FALLO,ES QUE YA NO M FIO DE NADIE,UN SALUDO Y MIL DISCULPAS
Responder
Francisca · Murcia-Murcia · Jueves, 09 Nov. 2017 | 01:48:03 PM · resp. nº 272
Por favor no me seas gafe...esperemos que no. Todas nuestras esperanzas están depositadas en esto
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Lourdes · Martes, 20 Enero 2009 | 12:19:03 AM · nº 271
PORQUE NO PUEDO VER MIS COMENTARIOS ?CIERRO LA PAG Y CUANDO LA ABRO NO ESTA,CREO Q TENGO TODO EL DERECHO DEL MUNDO A OPINAR Y ACONSEJAR PARA Q NO HAYA MAS ENGAÑOS.O AL FINAL PENSARE Q ESTO ES UN ENGAÑO TAMBIEN
Responder
sonia · Santander · Jueves, 09 Nov. 2017 | 01:13:12 PM · resp. nº 271
Espero que no,yo prefiero pensar en positivo y creer que tienen claro que esto del IRPH es una estafa,ya queda menos.
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Lourdes · Martes, 20 Enero 2009 | 12:07:55 AM · nº 270
EL IRPH ESTABA HOY A UN 6,08 Y EL CONSEJO Q LE DOY A LOS Q DUDAN ENTRE IRPH Y EURIBOR,DECANTAROS POR EL EURIBOR SI OS METEIS EN CUAL QUIER PAG Y MIRAIS LA EVOLUCION DEL EURIBOR SIEMPRE ESTA CASI 1 PUNTO POR DEBAJO DEL IRPH Y Q NO OS TIMEN CON EL CUENTO DE SIEMPRE "LOS MOVIMIENTOS DEL IRPH NO SON TAN BRUSCOS COMO LOS DEL EURIBOR" MENTIRA COMPENSA 1000X1000 MAS EL EURIBOR. LO DIGO POR EXPERIENCIA TENGO 3 CREDITOS ABIERTOS CON LA CAIXA SOBRE UNA MISMA VIVIENDA EL PRIMERO LO FIRME EN IRPH EN EL 2000 MENOS MAL Q EN EL 2004 HICE EL SEGUNDO Y YA EMPECE A FIRMAR EN EURIBOR,ME ARREPENTIRE SIEMPRE DE NO HABERME ASESORADO POR ALGUIEN CUALIFICADO Y HABERME FIADO DE LAS BUENAS PALABRITAS DE LOS BUITRES DE LAS CAJAS.UN SALUDO
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isabella · Lunes, 19 Enero 2009 | 07:45:08 PM · nº 269
Hola a todos!Soy rumana y tambien tengo una hipoteca con UCI desde marzo de 2005.He pagado siempre al tiempo sin fallos teniendo una situacion financiar precaria en 2008 (con mi marido en paro todo el año y yo unos 5 meses) He pedido a UCI una reduccion de las cuotas (pagamos nada mas intereses) y han aprobado una cuota de 500€ (en vez de pagar 650€)hasta la proxima revision.Pero ya me harte de sus engaños y pienso que la unica solucion es dejar de pagar porque mi hipoteca tiene muchas problemas (Vivienda VPO ,valor de VPO 64.000€,prestamo hipotecario de 113.000€,periodo de carrencia de 4 años,...).Lo unico que queria vivir tranquilla con mi familia , pero se ve que todo es una pesadilla que no se acaba nunca.
Mi email es todor_isabella@hotmail.com
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Javier - Reclama Por Mí · bizkaia · Miércoles, 08 Nov. 2017 | 10:40:01 AM · resp. nº 269
Hola Pedro,


Entiendo que se refiere desde la audiencia previa hasta la vista. Este periodo varía dependiendo del juzgado. Puede contar con que son 3 a 6 meses y luego puede pasar un mes hasta que se dicte sentencia.

En cuanto a su caso que se parece al de otros del BBVA tiene usted razón. Parece que el BBVA lo ha dejado congelado en ese interés sin consultar y sin que el cliente haya aceptado expresamente ese cambio. En este sentido se ha producido un cambio en el contrato y el cliente debería haber sido informado y no ha sido así. Un 3,94% es un porcentaje muy alto. Puede usted reclamar por ello y esperar mucho dinero de vuelta. Si quiere consultar cuánto le corresponde puede usted acudir a Reclama Por Mí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/reclamar-bancos-y-cajas/banco-bbva.html para que un abogado mire su caso y le asesore.

Pronto contarán con una calculadora de IRPH en la web.
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merce vidal · Domingo, 18 Enero 2009 | 10:01:54 PM · nº 266
yo tengo IRPH y quiero cambiarme a EURIBOR, me han comentado que con Banesto se puede hacer , te ofrecen euribor más 0,35 y que los gastos de cancelacion la asumen ellos , sabeis alguna cosa de esto ?
tambien me apunto para poder hacer la reclamació al banco de españa , como lo hacemos individualmente o como colectivo de afectados?, creo que seria importante utilizar los medios de comunicacion
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 07 Nov. 2017 | 05:14:10 PM · resp. nº 266
Hola Carlos,

Has hecho la pregunta del millón.

Es realmente difícil saber lo que va a suceder. Son tantas incógnitas y depende tanto de cada caso que no se puede dar una respuesta general. Creo que lo que se puede decir es que, en principio, se puede reclamar, ya que hay base legal. Pero no es lo mismo reclamar para una vivienda comprada como VPO en el 2002 que una en el 2010. Unos quizá tengan que reclamar al banco, mientras que otros contra el estado. Y si esto es así, quizá el gobierno resuelva este punto de otra manera para evitar una avalancha de demandas.

Así que respondiendo a tu pregunta... te diría que acudas a https://www.reclamapormi.com y preguntes qué pasos dar. En cada caso el plan a seguir puede ser diferente. En algunos quizá sea mejor esperar para tener garantías, mientras que otros sea un caso claro.

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