IRPH.es - Índices de referencia de préstamos hipotecarios

IRPH

IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Martes, 25 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
3,049% ↑
+0,063 pts vs mayo · +0,247 interanual
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IRPH 2026: IRPH junio 2025: 2,802%   SUBE: +0,247   IRPH junio 2026: 3,049%

IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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rocio · Miércoles, 04 Marzo 2009 | 04:01:16 PM · nº 580
en mayo ya pagare mi nueva cuota,pago siempre el dia 5 del mes, el indice a utilizar en las revisiones sera el del mes anterior,alguien podria decirme de que mes sera si el de febrero,marzo o abril,pago 835e, tengo irph+0 y me quedan 37años,quien me puede decir cuanto pagare aprox.gracias
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IRPH · MADRID · Miércoles, 12 Sept. 2018 | 02:54:07 PM · resp. nº 580
Perdon, queria decir si da un 2% de media aplican el indice corrector.
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Isabel · Miércoles, 04 Marzo 2009 | 01:04:18 PM · nº 578
Hola... Mi hipoteca se revisará el 25 de marzo de 2009, tengo el indice IRPH + 0,25...La cuestión es que en las escrituras aparece que el índice a utilizar en las revisiones será el último publicado...¿Cúal me corresponderá el publicado en Febrero (IRPH entidades 4,89 ) o el que se publique el 20 de Marzo?
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Laia · Cerdanyola del Vallés · Jueves, 06 Sept. 2018 | 06:59:15 AM · resp. nº 578
Gracias amigo. Un abrazo
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joan · Miércoles, 04 Marzo 2009 | 08:19:24 AM · nº 577
Esto del irph es el timo mas grande de la historia. No tengo palabras para describir como me siento. Mi revision ha sido el 8 de febrero, y claro han cogido el de diciembre que estava al 6%. En resumen que este año pagare un 6,4%( impresionante). Si me hubiera hecho euribor+1 en su dia (lo normal) me habria bajado la quota unos 200 €, en cambio me ha subido 60 €. De pagar 998 que pagare ahora a 730 que pagaria si tuviera el euribor.Ademas ahora estoy en el paro y no puedo ir a negociar a ningun banco, o si? Alguien esta en una situacion parecida a la mia? Hay crisis? NO me extraña en lugar de ayudar nos ahogan. No creo que esto ocurra en los otros paises.
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Jose Antonio · Terrassa, Barcelona · Martes, 04 Sept. 2018 | 06:41:26 PM · resp. nº 577
Buenas tardes Marta. Creo que un caso ya juzgado no se puede volver a juzgar. No soy experto pero por desgracia pienso que es así. Lo de la congelación del tipo de interés me suena raro, como una cláusula suelo, cosa que es claramente abusivo y demandable. No se como lo expresa tu escritura en concreto, pero si es claudula suelo, no entiendo como no te han dado la razón los tribunales en ese punto. Te aconsejo revisar bien tu escritura con algun esxperto y ver que se puede hacer al respecto. Mucha suerte y un saludo
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Teresa · Martes, 03 Marzo 2009 | 04:36:22 PM · nº 576
He llamado esta mañana a UCI para ver si me podían cambiar el día de cobro de la hipoteca (me cobran el 5), porque mi empresa cada vez nos paga más tarde, y su respuesta es que no lo pueden hacer, ellos cobran el día que tengo en la escritura, a alguien le ha ocurrido esto?, alguien sabe cual es el seguro obligatorio cuando tienes una hipoteca? gracias por adelantado
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Oscar · Irun-Guipuzcoa · Domingo, 02 Sept. 2018 | 03:39:07 PM · resp. nº 576
Hola. No creo que eso importe a la hora de reclamar. El criterio de Europa debiera de ser "si es o no es un interés legal". De serlo, no tendríamos nada que rascar. Pero si declaran el irph ilegal, por cualquier motivo, simplemente con reclamarlo debieran darnos lo cobrado de más. Pero han de declararlo ilegal.
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rocio · Martes, 03 Marzo 2009 | 03:43:17 PM · nº 575
para alberto, soy rocio mi hipoteca es de 835e,me quedan 37años por pagar tengo irph +0 reviso en abril pero en las escrituras me pone que lo haran con el interes del mes anterior,reviso anual.espero que me baje. gracias
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Oscar · Irun-Guipzucoa · Domingo, 02 Sept. 2018 | 03:34:56 PM · resp. nº 575
No siempre, pero suele ser habitual.
Revisa las condiciones de tu hipoteca, en el apartado del interés aplicable debería ponerlo bastante claro.
Se te pueden dar diversas condiciones, irph solo, irph + diferencial, e incluso lo más habitual suele ser el irph + diferencial variable sujeto a condiciones, como seguro de la casa, nóminas, tarjetas, etc etc.
Además de lo anterior puede tener cláusula suelo y no bajar de una cantidad, pero todo ha de estar reflejado en las condiciones que firmaste
Un saludo
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Churri · Martes, 03 Marzo 2009 | 01:06:31 PM · nº 574
Me gustaría si alguien me puede decir algo de esto... tengo hipoteca con UCI me revisan en junio (semestral) el importe es de 114000 € y me quedan 27 años por pagar! cuánto será mi cuota en julio? a cuánto estará el famoso IRPH ? a ver si alguien me da un alegrón! gracias ah! olvidaba diferencial 0.40
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maria · asturias · Lunes, 27 Agosto 2018 | 06:06:03 PM · resp. nº 574
Para enviar tu caso a las autoridades tecnicas europeas, puedes enviar una copia de la hipoteca a normastecnicas@economistas.org, es gratuito.
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Tagleton · Martes, 03 Marzo 2009 | 11:54:01 AM · nº 573
Rocio, no soy alberto pero te indico que para calcular tu nueva cuota tendrías que decir de cuánto es la hipoteca y cuantos años te quedan por pagar. Saludos
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Juan · Tudela · Lunes, 27 Agosto 2018 | 10:21:17 AM · resp. nº 573
Buenos dias JoseG , zanjado ya el tema ( eso espero )y sin parecer yo ignorante, podrias extender la explicacion que por problemas de la web no pudiste publicar, segui el enlace que colgaste y pude leer info general, mi duda es si puedes extender esa info con algo mas de detalle, vi tarifas de reclamacion, alusiones a los bufettes de abogados que cobran porcentaje de resultados sobre sentencia como cobro de sus servicios, etc. Mi duda principal es la fiabilidad de la plataforma que se presenta en ese enlace, no pongo en duda que sean defensores de nuestros derechos como consumidores que consideramos hemos sido estafados, pero llegados a este punto ,yo sinceramente no me fio ya ni de mi sombra, dicho esto puedes ampliar info o dar algun dato revelador que ayude a en caso de tener que usar su servicio no acabemos en otro problema , ya sabes salir de Guatemala y meterse en Guatepeor, gracias anticipadas por tu ayuda.Disculpad el tocho.Saludos.
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rocio · Martes, 03 Marzo 2009 | 11:47:41 AM · nº 572
para arturo,soy rocio comentario 466, me revisan anual, y tengo irph 0. estoy pagando 850aprox. con un interes de un 5,60aprox. a ver si me dices asi cuanto me puede bajar. gracias
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Isa · Madrid · Jueves, 23 Agosto 2018 | 07:01:01 AM · resp. nº 572
Creo que el problema lo tienes tu que no tienes ni idea de como poner mensajes
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Tagleton · Martes, 03 Marzo 2009 | 09:16:25 AM · nº 571
Pedro, la referencia que toma tu banco o caja viene en las escrituras de tu préstamo, así que es distinta según el caso. De todos modos, la mayoria se rigen por el principio de revisar con el último indice publicado el mes anterior: en tu caso,podría ser por tanto lógico que si revisan en diciembre,cojan el último indice publicado (en noviembre), que es el de octubre
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Pamida · Villamartín-Cádiz · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 09:58:16 PM · resp. nº 571
De esa idea hay ya muchas gente. Solo tienes que ver las publicaciones que hay. Creamos un foro libre!!!!!
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javier · Martes, 03 Marzo 2009 | 09:15:57 AM · nº 570
PARA PEDRO: LO UNICO QUE TE PUEDE DECIR A QUE MES SE ACOGEN PARA HACERTE LA REVISION, SON TUS ESCRITURAS EN ELLAS TE VIENE EL REFERENCIAL QUE TOMAN PARA TU HIPOTECA; EL DIFERENCIAL Y EL MES QUE SE TOMA COMO REFERENCIA PARA EL CALCULO DE LA NUEVA CUOTA TRAS LA REVISION DEL INTERES TIPO. SALUDOS
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kikolg · Toledo · Jueves, 16 Agosto 2018 | 12:26:36 PM · resp. nº 570
Pues yo David, al contrario que tú, aún tengo esperanza y no perderé la ilusión de que esta vez sí nos den la razón.
Entre todos debemos de animarnos hasta que llegue el dia, en que nos den o quiten la razón.
Pero mientras (al menos yo) trataré de dar palabras de ánimo a la gente, que para sufrir y llorar ya tendremos tiempo y para desanimarnos ya tenemos a nuestro "querido" banco.

David, como dicen: "Todo tiene solución menos la muerte." (Y por lo que tengo entendido estan en ello )

Animos!!!!


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