IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo
El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.
Idea central (para no perderse)
- El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
- El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
- El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
- En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.
Cronología esencial
3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)
El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.
13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)
Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.
12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)
Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.
11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)
En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.
2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)
En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.
¿Qué miran los tribunales en la práctica?
- Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
- Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
- Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
- Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.
Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula
Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.
Relación con tu reclamación
Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:
- Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
- Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
- Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.
Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.
Aviso
Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.
Hipotético caso= justicia
Los bancos no pueden bajar el IRPH, ya que de forma simplificada, es la media de los préstamos concedidos a más de 3 años.
El IRPH bajará o subirá en función de esa media.
De hecho, ya que hablamos sobre cómo se calcula, escribimos un artículo desde Reclama Por Mí donde hablamos del IRPH y su forma de cálculo: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/220-como-se-calcula-el-irph-la-gran-estafa-explicada-paso-a-paso.html
Aquí podréis ver cómo resulta opaco el índice y como beneficia solo a una parte. Resumimos el artículo:
Suele decirse que el IRPH tiene en cuenta la media de los tipos de interés hipotecarios a 3 años, es decir, un fijo medio + las media de los índices hipotecarios (generalmente euribor, aunque hay otros como el MIBOR, IRS...).
Para entenderlo de forma simplificada:
Si los bancos están otorgando hipotecas de media con un diferencial al 0,5% y la media de los intereses hipotecarios variables es del 1%, deberemos sumarlos y el índice IRPH quedaría en 1,5%.
Sin embargo, el IRPH, es la media de los tipos TAE.
La TAE (Tasa anual equivalente) tiene en cuenta además del índice y el fijo, las comisiones que conlleva el producto bancario y los gastos de la operación.
Es decir: Indice + diferencial + comisiones + gastos operación. Así que a nuestro anterior índice de 1,5% debemos añadirle estos gastos y comisiones para calcular el IRPH real.
¿Cuál sería la conclusión lógica de todo esto?
Que no se aplicaran ni comisiones ni diferencial a las nuevas hipotecas referenciadas al IRPHporque ya se está aplicando en el índice, pero, seguro que la mayoría de los afectados tienen un diferencial y comisiones aplicadas ¿verdad?
Pero esto no termina aquí:
Las cláusulas suelo afectan a ese índice que como venimos explicando se vende como el euribor + diferencial (y que en realidad hay que sumar comisiones + gastos de operación). El suelo hace que en realidad la media suba el IRPH (y mucho) en vez de bajar con el euribor...
Ya por último, si uno se plantea que el IRPH se ha vendido como la media del euribor + diferencial, pero en realidad es la media de los préstamos a más de 3 años y durante varios años se ha vendido el IRPH, quiere decir que a quien le concedían un IRPH pasados 3 años después del primer IRPH le estaban cobrando en realidad la media de los préstamos que como muchos ya se habían concedido con IRPH, hacían que subieran con respecto a esa supuesta media del euribor, + diferencial (cuando ya se tenía en cuenta en el propio índice IRPH) + comisiones que ya se tenían en cuenta en el propio IRPH + gastos de gestión (que muchos de ellos los debería haber pagado el cliente según vemos en las noticias - los famosos gastos de hipoteca).
Por todos estos motivos creemos desde Reclama Por Mí que el IRPH es totalmente perjudicial para el cliente y reclamaremos por todos aquellos clientes si el TJUE lo ve del mismo modo.
Quien desee asesorarse puede ponerse en contacto.
Nos alegra que se entienda este aspecto ya que son temas difíciles.
Tal y como apuntas existe un falta de transparencia enorme.
En cuanto a que el problema no es el índice en sí, ahí no estamos de acuerdo.
En sí mismo es susceptible de ser manipulado por su método de cálculo y los bancos lo saben: es una media simple cuando no debería de serlo, el banco de España no lo supervisa (se ha fiado de los datos aportados), hay maneras de influenciarlo a propósito aumentando comisiones o gastos de gestión, como incluir seguros en la firma (que aumentan el IRPH de miles de clientes).
En Reclama Por Mí tras analizar el IRPH a fondo nos hemos preguntado desde hace tiempo cómo es que los bancos conceden seguros en la firma con un coste muy por debajo de lo que suele hacerlo el mercado. La verdad es que hay muchos motivos que son totalmente lícitos que lo explican como puede ser fidelizar al cliente, pero, la experiencia y un análisis en profundidad te permite darte cuenta de que el banco consigue aumentar el índice si contratas un seguro ya que se tiene en cuenta a la hora de calcular el IRPH.
Se podría incluso no ganar dinero con el seguro, pero que compensara venderlo a los clientes para que aumentara el IRPH de miles de personas.
En Reclama Por Mí estamos para lo que necesitéis.