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Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

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IRPH y TJUE: sentencias europeas y del Supremo (2020-2026) | IRPH.es

IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo

El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.

Idea central (para no perderse)

  • El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
  • El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
  • El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
  • En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.

Cronología esencial

3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)

El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.

13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)

Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.

12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)

Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.

11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)

En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.

2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)

En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.

¿Qué miran los tribunales en la práctica?

  1. Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
  2. Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
  3. Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
  4. Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.

Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula

Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.

Relación con tu reclamación

Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:

  • Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
  • Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
  • Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.

Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.

Aviso

Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.

Comentarios

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vicenta · sagunto · Viernes, 24 Marzo 2017 | 10:48:46 AM · nº 3743
el banco por fin me ha dado la escritura del prestamo hipotecario es del 2006 co un interes del 4.70 mas 0.50 y si desapareciese el irph seria ceca ellos dicen que esta todo bien actualmente estoy pagando el 2.65 es asi o puedo reclamar puede alguien decirme algo
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Manuel Vargas Duran · El Prat de Llobregat-Barcelona · Viernes, 24 Marzo 2017 | 08:18:54 AM · nº 3742
Buenos días para los que se nos quedó fijo siendo un prestamo a interes variable este foro plantea alguna respuesta
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Ana · Madrid · Lunes, 27 Marzo 2017 | 11:43:40 AM · resp. nº 78
Hola Manuel,
En este supuesto existen dos vías una desde inicio préstamo y, otra desde 2013 fecha en que lo congelaron. Si desestiman nulidad irph te queda la otra vía, desde 2013 Un saludo
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Josu · irun-gipuzkoa · Viernes, 24 Marzo 2017 | 07:38:08 AM · nº 3741
Buenos días,

Yo tengo un préstamo IRPH con UCI. Estoy esperando la sentencia del supremo para comenzar las acciones legales. Veo alguna respuesta indicando que se cree que el supremo dictará sentencia este año, cuando a mi el abogado me indica que no se sabe a ciencia cierta, pero que pueden tardar entre dos o tres años todavía. Agradecería si alguien me puede indicar quién se aproxima más, si mi abogado o los que indican que este año. Gracias
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David · El ejido · Lunes, 27 Marzo 2017 | 12:41:37 PM · resp. nº 79
Yo creo que este año.
Porque hay presentado un recurso al supremo de una audiencia provincial de fecha marzo 2.015 y el supremo resuelve de media por lo civil 22 o 23 meses,por lo que debería de pronunciarse como mucho en unos meses,ya que hay muchas demandas en primera instancia acumuladas y no deben saturar más los juzgados
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MELCHOR · CORDOBA · Jueves, 23 Marzo 2017 | 07:25:12 PM · nº 3740
HOLA SOY MELCHOR.TENGO UNA DUDA QUE A VER SI PODEIS ACLARARMELA.YO TENIA IRPH DE CAJAS CON CAJASUR DESDE 2001 HASTA 2015 QUE DESAPARECIO DICHO INDICE Y APLICARON EL SUSTITUTIVO QUE ERA EURIBO +1.50 COMO PONIA EN LA ESCRITURA DE LA HIPOTECA.SI EL SUPREMO NOS DA LA RAZON Y DICE QUE ES UN INDICE ABUSIVO Y MANIPULABLE Y LO DECLARA NULO¿PODRE RECLAMAR AL BANCO QUE ME DEVUELVA LAS CANTIDADES COBRADAS DE MAS?¿PARA CUANDO MAS O MENOS SE PRONUNCIARA EL SUPREMO?UN SALUDO
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Manuel · Chiclana-Cadiz · Viernes, 24 Marzo 2017 | 07:14:12 AM · resp. nº 71
Pues si, podrias reclamarlo. Y hasta cuatro años despues de liquidar la hipoteca. Se supone que el Supremo se manifestará este año.
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Eli Gómez · Sevilla · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 10:41:02 PM · nº 3739
Hola yo soy una afectada mas tenia irph de cajas y desapareció y el sustituto también y me lo han dejado congelado. Mi pregunta si se pronuncia el supremo favorable para que desaparezca el irph de entidades a mi me afecta a un que yo lo tenga congelado esque no lo se ya que yo lo tengo congela gracias si me lo podéis aclarara
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Adrián San Marcos · Getxo · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 02:52:24 PM · nº 3738
Tengo hipoteca con IRPH desde 2004 y me han dicho ya que puedo empezar con el proceso de reclamación.
En mi caso (estoy con un despacho que funciona a través de una web, reclamapormi.com), van a empezar con la reclamación extrajudicial para coger más argumentos contra el banco (ya que según me dicen, no van a pagar ni de broma) y después enviar la demanda en cuanto el supremo saque su resolución.
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JOSE · valencia · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 04:31:03 PM · resp. nº 67
Hola Adrián, que te cobran por hacerte los escritos al banco ? gracias y mucha suerte
Manuel Vargas Duran · El Prat de Llobregat-Barcelona · Viernes, 24 Marzo 2017 | 08:26:03 AM · resp. nº 72
Adrian mira de localizar las cláusulas abusivas de tu hipoteca (que seguro que tienes y no pocas)y las incluyes en tu reclamación extrajudicial eso te dará fuerza de cara a la negociación
Ana · Madrid · Domingo, 26 Marzo 2017 | 06:15:35 PM · resp. nº 75
Hola Adrián, si te corresponde Audiencia de Vizcaya (Getxo) en tu caso no es necesario esperar a Sentencia del Supremo, ya quee esa Audiencia lo declara nulo. Si necesitas más información no dudes en preguntar.
Al interponer demanda que aleguen falta transparencia y subsidiariamente vicio consentimiento. Un saludo
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Jesus · Baleares · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 12:39:01 PM · nº 3734
Buenas hoy me ha contestado BBVA al por que me han congelado el interes al desaparecer el IRPH BANCOS y es segun ellos al no indicar un sustituto me aplican el ultimo vigente pero es que revisando la escritura esa es la ultima opcion y dice asi : Si dicha referencia dejara de publicarse en el futuro. se utilizará la que fuera equiparable y fuera publicada oficialmente por el Banco de España,Ministerio de Economía y Hacienda o en la UniónEuropea, por este orden. Si no existiera tal publicación,se utilizará la referencia que fuera equiparable,publicada privadamente por cualquier entidad española o de la Unión Europea, o si resultara imposible determinar el tipo de referencia por cualquier otra causa, el tipo de interés a aplicar a la operación será el último vigente. Entiendo que tendrian que aplicar cualquiera de los que hay vigentes antes congelarlo.¿que opinan los expertos? un saludo
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jose · valencia · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 09:31:04 AM · nº 3732
Buenos dias: ¿creeis que esto es la clausula techo ?
veo que tengo clausula suelo 4% pero referente al techo solo leo esto " g) A efectos meramente hipotecarios, respecto a terceros el tipo máximo de interés a aplicar será el 7'875 por ciento anual" Gracias
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Ana · Madrid · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 10:09:01 PM · resp. nº 68
Hola José,

No, eso no es el techo. Generalmente, si hay suelo tb hay techo pero no siempre. Yo he tenido temas con techo sin suelo y viceversa.
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David · Sevilla · Martes, 21 Marzo 2017 | 12:52:12 PM · nº 3731
Alguien está o ha estado de sentencias relacionados con irph? Es que estoy comenzando y me gustaría saber opiniones, gracias.
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NELA · BARCELONA · Lunes, 27 Marzo 2017 | 09:42:44 PM · resp. nº 80
Yo he demandado por irph, y no solo no se ha conseguido nada favorable, si no que ahora tengo que pagar las costas, no sé aún lo que será, pero tengo entendido, que varios miles de euros, asi que no sé, hasta que punto vale la pena reclamar.
Un saludo.
NELA · BARCELONA · Lunes, 27 Marzo 2017 | 09:43:45 PM · resp. nº 81
Yo he demandado por irph, y no solo no se ha conseguido nada favorable, si no que ahora tengo que pagar las costas, no sé aún lo que será, pero tengo entendido, que varios miles de euros, asi que no sé, hasta que punto vale la pena reclamar.
Un saludo.
Ana · Madrid · Sábado, 01 Abril 2017 | 08:39:55 PM · resp. nº 93
Hola Nela, no te rindas ya que has empezado sigue hasta el final, quizá durante el tiempo en.que se resuelve la apelación, el TS se pronuncia. Las costas en apelación más o menos son el 50 por ciento de las de primera instancia.

Si recurres no tendrás que pagar las costas de primera instancia hasta que se resuelva la apelación.

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pablo · Palma de Mallorca · Martes, 21 Marzo 2017 | 10:46:06 AM · nº 3730
Hola a todos cuando se pronunciara el trbunal supremo sobre el IRPH mas o menos
Responder
Lorena Romero · Murcia · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 08:35:06 AM · resp. nº 63
¿Cuál es tu banco?

Con Caixabank ya han salido sentencias y con Cajamar también

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