IRPH.es - Índices de referencia de préstamos hipotecarios

IRPH

IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Jueves, 20 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
3,049% ↑
+0,063 pts vs mayo · +0,247 interanual
Ver evolución →
IRPH.es — hipoteca, hogar e índices de referencia
IRPH 2026: IRPH junio 2025: 2,802%   SUBE: +0,247   IRPH junio 2026: 3,049%

IRPH y TJUE: sentencias europeas y del Supremo (2020-2026) | IRPH.es

IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo

El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.

Idea central (para no perderse)

  • El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
  • El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
  • El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
  • En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.

Cronología esencial

3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)

El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.

13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)

Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.

12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)

Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.

11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)

En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.

2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)

En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.

¿Qué miran los tribunales en la práctica?

  1. Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
  2. Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
  3. Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
  4. Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.

Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula

Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.

Relación con tu reclamación

Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:

  • Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
  • Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
  • Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.

Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.

Aviso

Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.

Comentarios

avatar
jose antonio · Viernes, 28 Junio 2013 | 10:29:31 AM · nº 1844
Para todos aquellos que hemos sido engañados por el irph estafa,,,,uniros a Facebook...afectados por el irph.
Responder
David · Dos Hermanas-Sevilla · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 07:15:55 PM · resp. nº 1844
Totalmente de acuerdo contigo Paul de Barcelona,por esa regla de tres también podrían subir el triple la factura de la luz y como de aquí que lleguen a TJUE la denuncia pasan 8 años pues como es mucho dinero lo que deben las eléctricas pues que la pagemos los españoles a base de rescate, y al final siempre gana el mismo, los chorizos de guante blanco, estoy hay que penar con cárcel ya veras como al final aprenden... Los mal nacidos estos, un saludo a todos y ya queda menos
avatar
rafa · Jueves, 27 Junio 2013 | 09:49:58 PM · nº 1843
El IRPH es 8 veces más caro que el euríbor, un escándalo consentido por el Gobierno, una manipulación brutal
Responder
ana · madrid · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 12:45:54 PM · resp. nº 1843
En cuanto a la segunda cuestión planteada, declarada la nulidad y dado que no cabe reintegración/moderación puesto que el contrato puede subsistir sin intereses, los efectos de la declaración de nulidad se traducen en la restitución al prestatario de la totalidad de intereses remuneratorios e interés legal del dinero de dichas cantidades desde las respectivas fechas de su cobro hasta el pago íntegro.
El prestatario sólo tiene que restituir el capital conforme a los plazos del contrato que sigue vigente – ten en cuenta que se declara la nulidad de una cláusula no del contrato que sigue vigente-. La cuestión que me planteas se refiere a casos en los que se declara la nulidad del CONTRATO no de una cláusula concreta -veáse, contratos SWAPS, SUBORDINADAS etc- .
Ahora bien, pudiera darse el caso de que, finalmente, se considere que el contrato de préstamo no pueda subsistir sin la cláusula que establece el tipo de interés -IRPH-, lo que facultaría al Juez a moderar o reintegrar el contrato. Y ante la tesitura de declarar la nulidad del contrato – por no poder subsistir sin la cláusula- o la facultada de moderar, el JUEZ deberá preguntar siempre al consumidor - STJUE de 3 de octubre de 2018- y, aquí entraría en juego las consecuencias del 1303 CC y cuestión que planteas sobre las restituciones. Tema muy interesante que, comentaré para el caso de que se entienda que el crédito no puede subsistir sin intereses. LO CUAL SERÍA UN ESCÁNDALO ya que implicaría que el TS iría en contra de lo declarado en STS de 9 de mayo.
avatar
CARLOS · Jueves, 27 Junio 2013 | 12:36:32 PM · nº 1842
bueno segun radio macutazo, para el 18 de julio el irph cajas BAJARA DE FORMA NOTABLE, ENTRE UN 0.08 Y UN 0.14%, YA HACE DOS MESES QUE LOS EXTRANJEROS PRESIONAN PARA QUE LES BAJEN LOS INTERESES DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS DERESIDENCIAS DE LUJO, Y PARECE QUE LA BANCA CEDE.....
Y CLARO TIENEN QUE CEDER A LA BAJA, Y LUEGO HAY PRESION SOCIAL Y TEMEN OTRO LIO COMO LAS D LAS PREFERENTES.
Responder
Ana · Madrid · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 11:44:50 AM · resp. nº 1842
Hola Elen de SANTURCE,

En nuestro ordenamiento jurídico el PRÉSTAMO ES UN CONTRATO NATURALMENTE GRATUITO -artículo 1755 CC “No se deberán intereses sino cuando expresamente se hubieran pactado; en similares términos el artículo 314 C. Com “Los préstamos no devengarán interés si no se hubiere pactado por escrito.

Por tanto y, dado que el contrato de préstamo puede subsistir sin intereses remuneratorios –como es el IRPH-, la declaración de nulidad conlleva a su expulsión del contrato, sin que proceda su moderación o reintegración –previsto para los supuestos en que el contrato no pudiera subsistir sin dicha cláusula y causara un perjuicio al consumidor-.

Y no es que lo diga o interprete yo así, sino que el propio Tribunal Supremo en su famosa Sentencia de 9 de Mayo de 2013 expresa que “ ……en el préstamo no es esencial el precio ni siquiera en el préstamo mercantil, a tenor de los artículos 1755 CC y 315 del CCom ).....”.

En resumen, dado que tras la declaración de nulidad del IRPH, el préstamo puede subsistir, no procede la integración/moderación, o lo que es lo mismo, el cambio al EURIBOR , pues ello además se opondría a la normativa comunitaria -artículo 6.1 directiva 93/13- y jurisprudencia del TJUE, contenida en STJUE 14 de junio de 2012 – Caso Banco Español de Crédito- y, reiterada en Auto de 17 de marzo de 2016 – Caso Ibercaja- y, propia jurisprudencia del TS.


avatar
ANGELIN-1981@HOTMAIL.COM · Miércoles, 26 Junio 2013 | 05:44:26 PM · nº 1841
Buenas a todos, estamos en un pais de corruptos políticos, nos toman el pelo todos los días, yo creo que sería mas inteligente por nuestra parte arruinar a la banca antes de que nos arruinen a todos lentamente, sería dejar de pagar y arruinarles a ellos de un golpe seco, si nos pusieramos de acuerdo una parte grande de España ganariamos la batalla de las hipotecas.Un saludo.
Responder
m herrera · sevilla · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 11:02:09 AM · resp. nº 1841
Ana , ¡fite¡ cuando te he leído me he amorriñao una mijilla porque no entendía, he pensado: ¡ que jartible¡
Pero cuando he visto que lo que has dicho no es nada sieso ni con asaura , ni tampoco una chuminá sino todo lo contrario he decidido dar toque andaluz y las gracias de camino.
avatar
Raúl · Miércoles, 26 Junio 2013 | 11:16:18 AM · nº 1840
Que pasa con el IRPH ENTIDADES????

Porque sólo se habla de que quitan el IRPH cajas y bancos?

Porque nadie habla de este? Cuándo sale de la media de los anteriores? Qué sacaran el dedo a la ventana para calcularlo?
Responder
Ana · Madrid · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 10:56:12 AM · resp. nº 1840
Hola LAIA, Aunque tengas todos los recibos y, al objeto de facilitar la tarea al Juzgado y, no tener que presentar todos los recibos - uno por uno- que imagino serán muchísimos, no pierdes nada por pedir cuadro de amortización al banco con desglose de intereses y capital pagados mes a mes. Aunque con los recibos vale. Por cierto a los del SANTANDER decirles que lo pueden conseguir a través banca electrónica.
avatar
maika · Martes, 25 Junio 2013 | 09:51:06 PM · nº 1839
El IRPH ha pasado de ser un 25% más caro en 2005 a ser un 800% más caro en 2013....Un IRPH desbocado sobre vivienda muy devaluada. Estamos atrapados y arruinados de por vida, no podemos vender, no podemos cambiar de banco y pronto no podremos ni trabajar tal como va el país. Lo más triste de todo es qque el Gobierno no ha hecho caso de la Unión Europea y ha prorrogado este abuso.....Estamos vendidos por unos escasos metros cuadrados de suelo y techo, y a esto lo llaman vivir por encima de nuestras posibilidades y al que tenga dudas sobre el encarecimiento del IRPH respecto al euríbor en un 800% que se mire el gráfico comparativo de los últimos 8 años y haga números,. Por favor, señores del PP, dejen de beneficiar sólamente a la Banca.
Responder
eric · Barcelona · Martes, 18 Febrero 2020 | 09:41:56 PM · resp. nº 1839
bote bote bote Pedro de Madrid el que no bote
avatar
rosa · Martes, 25 Junio 2013 | 09:01:38 PM · nº 1838
Me parece urgente que quiten los irph ya que es una estafa en toda regla pero de forma silenciosa...en mi caso me dijeron...irph q es mas estable....+0%.....y luego...ese 0....es un 0.85.%...increible....queremos euribor+ 0.85....% ya!!!!!! Es lo justo y aun así. ..nunca recuperariamos lo q nos han robado...
Responder
elen · santurce · Martes, 18 Febrero 2020 | 06:50:22 PM · resp. nº 1838
Hola Ana, tú estás de acuerdo en que el juez no puede modificar el contenido de la claúsula nula sino solo suprimirla, y en que cuando de la causa torpe que da lugar a la nulidad es responsable una de las partes, no se tiene que devolver por las dos partes lo que se haya recibido, sino sólo por la responsable? Gracias
avatar
rafa · Lunes, 24 Junio 2013 | 07:57:15 AM · nº 1837
El otro día leí que todo hurto que pase de 400 euros es delito, y esto me hace pensar que cada mes pago 250 euros de más por IRPH. El Gobierno consiente que humildes hipotecados viviendo en modestas..viviendas compradas muy caras en plena burbuja estén en total indefensión. La unión europea recomienda la eliminación del IRPH por falta de transparencia y por proteger al usuario de servicios bancarios de los intereses abusivos de la banca española, pero este Gobierno, lejos de eliminarlo prorroga el abuso dando la espalda al ciudadano. Jamás me vi tan perjudicado por un Gobierno como con este del PP, y va a ser muy difícil de olvidar, a ellos mismos les invitaría a vivir donde vivo y trabajar como trabajo para cobrar lo que cobro.....enfin, que no estamos como para regalar dinero, necesitamos un Gobierno de verdad, no mamporreros de la Banca.
Responder
elen · santurce · Martes, 18 Febrero 2020 | 06:41:29 PM · resp. nº 1837
Un cambio de IRPH por Euribor por el juez no es posible si no lo pide expresamente el afectado, que es lo que pasa con muchos bufetes de abogados que reclaman gratis el irph, no es que lo diga el juez, es que lo pide expresamente el abogado del afectado. Que lo haga el juez no es posible ya que la nulidad de una cláusula no permite la modificación ni sustitución de la misma, el único efecto es la desaparición. Si con ello desaparece el contrato entero o no, es algo que tampoco dicen los jueces directamente, sino que lo tiene que pedir alguna parte, pero la consecuencia de la nulidad del contrato cuando la causa torpe no constituye delito y se debe sólo a una de las partes, no es que cada uno devuelva lo suyo, sino que la parte responsable devuelva lo suyo, la otra no, mírate el código civil. Esta legislación española no es objeto del informe del Abogado del Estado, ni del de la Comisión, pero es la que existe. La de que cada uno devuelve su parte, es la general, cuando la causa de la nulidad no se debe a ninguna de las partes, no es delito o no se debe por igual a las dos.
avatar
Marta · Sábado, 22 Junio 2013 | 01:36:56 PM · nº 1836
Irph estafa. Que se dicte de una vez el índice transitorio. A que están esperando?? Si eres un afectado mas por esta estafa buscanos en facebook. Afectados por IRPH
Responder
JuanC · Málaga · Lunes, 17 Febrero 2020 | 04:29:39 PM · resp. nº 1836
Hola Laia, yo he ido esta mañana al banco y me lo han dado sin problemas. Espero que tú tengas la misma suerte
avatar
jose antonio · Miércoles, 19 Junio 2013 | 11:29:57 AM · nº 1835
IRPH BANCOS 3,149
IRPH CAJAS 3,862
ENTIDADES 3,331
CECA 5,375

IRPH = ESTAFA
pagina en Facebook.....afectados por el irph,,,,,
Responder
Laia · Malgrat de Mar · Lunes, 17 Febrero 2020 | 02:40:59 PM · resp. nº 1835
Hola Ana

La reclamación ya la he puesto, pero no se como sacar todo el cuadro de amortización. Yo tengo todos los recibos impresos pagados y en la web solo me deja tirar una año hacía atrás para imprimir el cuadro.

Crees conveniente que se lo pida directamente a mi banco? O van a pasar de mi cara? A lo mejor me lo cobran y todo. Son los timadores de CaixaBank, el banco más usurero, ladron y estafador de toda España.
Gracias por tu ayuda

Un abrazo

Mostrando 4421–4430 de 5748 comentarios · Página 443 de 575

Dejar comentario

Visitas: 344