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Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

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IRPH y TJUE: sentencias europeas y del Supremo (2020-2026) | IRPH.es

IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo

El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.

Idea central (para no perderse)

  • El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
  • El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
  • El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
  • En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.

Cronología esencial

3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)

El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.

13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)

Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.

12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)

Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.

11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)

En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.

2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)

En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.

¿Qué miran los tribunales en la práctica?

  1. Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
  2. Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
  3. Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
  4. Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.

Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula

Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.

Relación con tu reclamación

Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:

  • Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
  • Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
  • Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.

Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.

Aviso

Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.

Comentarios

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arturo · Martes, 24 Marzo 2009 | 09:13:25 PM · nº 695
para maria

no hay ninguna mala intención en mis comentarios, un préstamo de 300.000€ a treinta años, por muy buen interes que tengas, te va a salir por unos 1500€ al mes, te lo digo porque yo tengo uno a irph-1 y me empezó por 1475€, ahora esta en 1700€ y volverá a bajar...la cuestión es que si no tuvieras avales tengo muy claro que en tu situación dejaría de pagar, que se queden con el piso y me iba de alquiler, ademas te digo que los de la uci son los mayores chorizos del mundo, no tienes mas que mirar los comentarios de este foro. es verdad lo que dice alberto no debes hacer caso de comentarios en internet, pero eso lo sabemos todos. aun así aqui hay personas que pretendemos ayudar sin ningun interes, solo porque nos sentimos asfixiados como tu.
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rosario · santoña · Miércoles, 07 Nov. 2018 | 06:34:52 PM · resp. nº 695
pero qué se elevará al TJUE, la sentencia del supremo que anuló el reglamento que decía que el impuesto lo pagaba el consumidor? las sentencias pendientes posteriores que ya irremediablemente sin el reglamento y sólo con la ley, que no lo atribuía al consumidor, se resuelven por el pleno atribuyéndolo al consumidor? y qué va a hacer el gobierno, porque si el reglamento está anulado, que era el que atribuía el impuesto al consumidor, para qué sirve derogarlo? y si la ley no lo atribuye para qué va a cambiarla? lo que habría que llevar a la justicia de la UE, no sería la denuncia penal contra estos jueces, que se encargan ellos mismos de inadmitir desde la sala 61? qué dice la constitución cuando el golpe de estado lo dan los jueces del supremo en asociación criminal?
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AGA · Martes, 24 Marzo 2009 | 08:53:49 PM · nº 694
PARA VANESA. SI SE PUEDE CAMBIAR EN LA CAIXA EL IRPH POR EL EURIBOR. ME HAN OFRECIDO CAMBIAR IRPH+0,25 POR EURIBOR+1 LOS GASTOS QUE ME HAN COMENTADO SON 300 € DE COMISION PARA LA CAIXA Y UNOS 200 € DE GASTOS DE NOTARIA AL SER UNA NOVACION (ESTOS IMPORTES PUEDEN VARIAR EN FUNCION DE LA CUANTIA DE TU HIPOTECA)
NO TENGO MUY CLARO SI HACER LA OPERACION PUESTO QUE ESPERO QUE EL IRPH BAJE BASTANTE
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FERNANDO · SEGURA · Miércoles, 07 Nov. 2018 | 05:12:37 PM · resp. nº 694
alguien tiene el texto de la declaración o resolución o sentencia o lo que sea del pleno este del supremo? yo es que no entiendo como se puede convocar un pleno para algo que es de libro,ni qué competencias pueden tener los jueces en la macroeconomía como por ejemplo los mercados financieros, ni cómo se puede aplicar en una sentencia posterior, ni por el supremo ni por nadie un reglamento que ya ha sido anulado en una sentencia firme del supremo. porque cambiar el criterio no significa poder anular la sentencia anterior que anuló el reglamento, y lo que el supremo no tiene la capacidad es de inventarse otro distinto que impida la aplicación de la ley sin el reglamento. Si lo que ahora están haciendo es usar la ley sin el reglamento, que es lo único que pueden hacer, para cascar este impuesto igualmente a los consumidores, ya no es prevaricación, es golpe de estado judicial.
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Juan · Martes, 24 Marzo 2009 | 06:38:42 PM · nº 693
Maria, sigue estos pasos en el simulador que te he puesto.
En la carta que te manda UCI todos los meses hay un apartado que pone capital pendiente antes de liquidacion, eso es lo que tienes que poner en la casilla capital del simulador, a ti te queda todo por pagar porque solo has pagado intereses, asi que lo tienes sencillo , luego en la casilla interes anterior pones el interes que en la carta te ponga como tipo interes, ahi te viene sumado ya el IRPH cajas mas tu diferencial, sabiendo cual es el irph cajas, restas y sabras cual es el diferencial que te aplican, si no eres capaz de encontrarlo en las escrituras del prestamo, luego en la casilla plazo años tienes que poner los años que te quedan para pagar todo, que en tu caso como solo pagas intereses sera el total de los años por los que firmaste la hipoteca ya que no te quitas nada de capital, y finalmente en la casilla interes actual pones la suma del IRPH cajas actual mas la de tu diferencial y te le das a calcular, asi te saldra la cuota que pagas actualmente, lo que pagarias de menos si la revision fuese este mes y en cuanto de te quedaria la letra. Evidentemente el descuento sera menor que si lo calculas en julio que sera mas aproximado a lo que te van a descontar realmente. Espero haberte ayudado
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rafaelalomar · inca-mallorca · Miércoles, 07 Nov. 2018 | 07:26:40 AM · resp. nº 693
Hola Isabel.
Si esa cuenta es exclusiva para la hipoteca, no compras nada ni domicilias recibo algo, no deben cobrarte comision alguna pues la cuenta es una obligacion impuesta por el banco, una cuenta de donde poder cobrarte mensualmente la hipoteca.
Si te lo estan cobrando y solo la usas para pagar la hipoteca, reclama la devolucion de la coision de 12 euros.
Saludos, un afectado mas por IRPH desde el 99 en La caixa ( IRPH cajas a CECA a Fijo 4,34).
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tagleton · Martes, 24 Marzo 2009 | 04:59:34 PM · nº 692

Para María: no te salen los cálculos en el simulador porque te faltan datos: por ejemplo, a cuántos años tienes la hipoteca, si la revisión es semestral o anual, o el diferencial de irph que tienes...en todo caso, por la cantidad de la deuda y si dices que tienes 5 años de carencia, preveyendo la caida del irph, seguro que te rebajan más de 300 euros al mes...no lo digo por decir, yo he bajado 285 € en una hipoteca de 35 años (solo intereses por ahora) de 180.000
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esteban · segovia · Martes, 06 Nov. 2018 | 08:43:13 PM · resp. nº 692
hombre, claro, el poder que no tienes consiste en que otro te obedezca, así es como el banco les da poder a los juececitos y los juececitos le devuelven el favor. pero insisto, a ver como van a obligar a nadie a que no obedezca la sentencia firme que pretenden suspender. hay una cosa que se llama ley y la hacen los ciudadanos, no los bancos, y el pleno del supremo no está por encima de ella, y el resto de los jueces y los de europa la conocen, de hecho todos los que saben leer, que en España es obligatorio, la conocen. así que excepto los bancos que han pagado al pleno del supremo, que no son todos, y que no van a pagar a las autonomías este impuesto voluntariamente como les obliga la ley, a los demás no nos significa nada lo que haya dicho o dejado de decir el pleno del supremo, excepto la vergüenza ajena de tener aquí estos delincuentes impunes.
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Churri · Martes, 24 Marzo 2009 | 04:02:14 PM · nº 691
Para María; en algun foro sobre hipotecas he leido:
si el banco no cobra la deuda con la propiedad podria ir contra los avalistas.Si este asunto llega a via judicial debeis solicitar cuanto antes en el juzgado la "realización por entidad especializada" esto es que cuando no se puede seguir pagando la hipoteca se pide la intervención de agentes de la propiedad homologados por el juzgado.Ponen en venta el piso con limites para que no se venda por debajo del 75% del valor de la tasacion, mientras esto se hace se evita la subasta, hasta que se venda la vivienda.Este proceso permite que no se venda mal y que se subaste a 4 duros.
Siempre hay recursos, lo que no hay que hacer es darse por vencido aun vencido.Saludos
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esteban · segovia · Martes, 06 Nov. 2018 | 08:30:25 PM · resp. nº 691
no si denunciados por prevaricación ya están, pero como son ellos mismos los que tienen que admitir la denuncia y castigarse, pues así estamos, con impunidad absoluta por ser unos delincuentes archiprobados y archiconocidos. este sistema de autocontrol contrario a la constitución lo pusieron nuestros políticos para que a ellos tampoco les aplicasen la ley y todos tan amigos, el país de los delincuentes impunes y la consecuente fiesta para los bancos que les pagan para ello.
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María · Martes, 24 Marzo 2009 | 12:51:45 PM · nº 690
Para Alberto y Juan:
GRACIAS CHICOS,acabo de hablar con uci y suponiendo q lo q estoy pagando ahora son todo intereses(digo suponiendo por q por mucho q leo las escrituras todo me suena a chino)más o menos he captado q mis 5 primeros años son todo intereses y me dicen q me bajará bastante.He intentado calcularlo en el simulador que me mencionas juan,pero me faltan datos o no meto algo bien por q no me lo calcula.Así q intentaremos aguantar estos 4 meses y rezaremos para que en julio siga bajando el IRPH.
Y muchas gracias por vuestra opinión,en estos momentos vienen muy bien comentarios esperanzadores.
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esteban · segovia · Martes, 06 Nov. 2018 | 08:24:08 PM · resp. nº 690
pero eso quien lo tiene que obedecer y por que? ese tramite del pleno no existe en nuestro sistema legal. nos van a obligar a obedecerlo a los demás? cómo? lo que hay que obedecer es la sentencia firme. Y el reglamento es nulo de pleno derecho porque se opone a la ley, y está legalmente anulado. Así que se llegará al supremo, y cuando aplique lo que hoy ha dicho, en contra de la ley, pues se va a europa como siempre. es lo de siempre con estos chorizos, como son impunes nos roban el tiempo de la vida, pero que no crean que nadie lo va a obedecer excepto esos 8 delincuentes impunes, que se obedecen así mismos, claro.
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alberto · Martes, 24 Marzo 2009 | 12:10:40 PM · nº 688
Para maria, llevas toda la razon, entregar las llaves al banco no es tan facil como en eeuu, aqui las primeras garantias a las que se va a acojer el banco para cubrir su deuda va a ser la vivienda pero despues de estar un monton de meses acumulandose una burrada de intereses desproporcionados, si con la subasta de la vivienda no llega a pagar la deuda van a tirar de los avalistas con sus bienes,nominas o lo que este escriturado, asi que no hagas caso de esos consejos malintencionados de que entregues las llaves del banco y en paz porque la jugada te iba a salir muy cara, lo mas importante es intentar llegar a un pacto con el banco para intentar facilitar las cuotas hasta que te llegue la revision proxima en la que seguro ya notaras una buena bajada de la letra. Hay que aguantar el tiron como sea.
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Sandra Esteller Fuster · Manlleu · Martes, 06 Nov. 2018 | 02:38:29 PM · resp. nº 688
Que verdad,no puedo estar mas de acuerdo. Ellos hacen caer la borsa para presionar. Pues nosotros tendriamos que hacer lo mismo con la cuota de la hipoteca en massa. No pagarla. Uno detras de otro. A ver quien presiona a quien. Aun tienen el morro de decir bien claro, que si tienen que pagarlo los bancos lo acabaremos pagando nosotros por que nos subiran los diferenciales y las comisiones. Si es que si no hacemos nada somos tontos.[centrar][/centrar]
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juan · Martes, 24 Marzo 2009 | 11:37:04 AM · nº 687
Para Maria, comentario 493, te va a bajar, el tipo de intertes que tienes es IRPH cajas mas el diferencial que te figure en el prestamo hipotecario, ya que asi lo hace UCI , con todo el mundo, para tu proxima revision el IRPH estara al 3- 3´25 mas el diferencial, cojete un simulador de hipotecas y ves en cuanto de te va a quedar, comparandolo con el interes que pagas ahora, en cantidad pones lo que te queda por pagar y en tiempo lo mismo, los años que te queden, pones el interes que te pusieron en tu ultima revision que figura en las cartas que te manda uci a casa y luego pones el del mes anterior a la revision de cuota que es el quete van a aplicar en la proxima revision, el irph del mes anterior se publica el dia 20 del mes en curso y lo puedes mirar en esta pagina mismo. te dejo la direccion de un simulador que esta muy bien.
lashipotecas.es/revision_hipoteca.php
ponle delante las tres w de rigor que si no no me dejaba ponerlo
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Marisa · Valladolid · Martes, 06 Nov. 2018 | 01:41:28 PM · resp. nº 687
BRAVO coño!!! no podría estar más de acuerdo!!
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María · Martes, 24 Marzo 2009 | 10:43:32 AM · nº 685
Hola Arturo(comentario 684)Creo q no es tan fácil entregar la casa al banco,me suena q eso en EEUU es factible,pero aquí se quedan con la casa y todavía les debes dinero.Yo no entiendo nada,pero si de verdad eso se puede hacer dime como,no lo dudaría ni un momento!!y además,nosotros tenemos a nuestros padres de avales¿que pasaría con ellos?.Gracias por tu atención arturo,un saludo.
Responder
lourdes · rodiezno · Lunes, 05 Nov. 2018 | 04:15:38 PM · resp. nº 685
No pueden ganar nada, excepto hundirse más rápido en el fango. Los pobres bancos españoles supervivientes que heredaron por 1 euro en algunos casos, unas hipotecas por las que están cobrando un interés cuatro veces mayor que el que cobran el resto de bancos europeos. No os dan penita?
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arturo · Martes, 24 Marzo 2009 | 07:47:18 AM · nº 684
para maria y avefenix
a veces es mejor decirle al banco que se quede con la vivienda y en paz
quitar la nomina de la cuenta para evitar embargos
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LOURDES · RODIEZNO · Lunes, 05 Nov. 2018 | 04:09:35 PM · resp. nº 684
Mucho me temo que el TS se va a hundir todavía más en el fango, y va a intentar impedir las demandas por jurisprudencia, esto ya supera el subrealismo. Un reglamento nulo de pleno derecho porque establecía una excepción contraria a la ley que desarrolla, no es que se estuviese cumpliendo la ley vigente hasta ese momento, ni tampoco que haya que poner otro reglamento en su lugar. Es que no se estaba cumpliendo la ley, puesto que la ley es superior al reglamento, que aprueba el gobierno de turno por su sola voluntad, de forma que si es contrario a la ley no se tiene que aplicar. Los bancos sobornan al gobierno de turno como es claro contra la ley vigente, y luego dicen que ellos cumplían con la ley vigente, qué poca vergüenza.

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