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IRPH y TJUE: sentencias europeas y del Supremo (2020-2026) | IRPH.es

IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo

El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.

Idea central (para no perderse)

  • El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
  • El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
  • El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
  • En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.

Cronología esencial

3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)

El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.

13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)

Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.

12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)

Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.

11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)

En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.

2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)

En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.

¿Qué miran los tribunales en la práctica?

  1. Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
  2. Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
  3. Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
  4. Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.

Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula

Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.

Relación con tu reclamación

Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:

  • Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
  • Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
  • Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.

Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.

Aviso

Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.

Comentarios

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Maria · Barcelona · Miércoles, 02 Febrero 2022 | 09:43:45 AM · nº 6577
Después del comunicado que ha emitido nuestros abogados Colectivo Ronda, ya no vale la pena seguir adelante con el proceso porque están perdidas todas las esperanzas. Para lo que aún hay algo que conseguir es para los que se nos quedó el tipo fijo en 2013, con la desaparición del IRPF CAJAS, con los que tenemos hipoteca con La Caixa, yo estoy pagando desde ese año un 4.5% fijo. Asi que seguimos adelante. Creo que alguien pregunto sobre este tema, pero el foro no deja ver los mensajes antiguos
Ánimos a los que se quedan por el camino, y fuerza para los pocos que podemos seguir adelante

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Neus · Barcelona · Miércoles, 02 Febrero 2022 | 11:20:57 AM · resp. nº 2537
Via morta als jutjats...amb una excepció

Les noves sentències del Tribunal Suprem reiteren que, desgraciadament, es fa molt difícil pensar que els jutjats podran oferir la protecció que els afectats per l’IRPH demanden i haurien d’obtenir. Una vegada més, i al nostre entendre, el Tribunal Suprem està aplicant de forma inusficient les disposicions contingudes a la legislació comunitària que podrien ser efectives per evitar els perjudicis causats per la clàusula IRPH.

L’excepció a aquesta situació la constitueix un dels segments de persones afectades per l’IRPH sobre la problemàtica dels quals encara no s’ha pronunciat el Tribunal Suprem: els hipotecats a qui l’any 2014, amb la desaparició de l’IRPH-Caixes i l’IRPH- Bancs se’ls va substituir el tipus d’interès variable per un de fix. Aquest és el cas, per exemple, de molta de la gent que tenia contractat el famós Crèdit Obert de La Caixa. Amb la desaparició de l’IRPH-Caixes i malgrat les condicions d’aquest crèdit estipulaven que havia de ser substituït per l’índex Ceca, en la majoria de casos es va modificar el contracte per establir un tipus d’interès fix coincident amb el darrer IRPH-Caixes que es va aplicar. És a dir, un tipus d’interès molt proper al 4% en uns anys en què l’Euribor ha assolit valors negatius.

Aquesta modificació suposa una alteració d’un element substancial i essencial del contracte i, per tant, no és vàlid. Així ho admet, per exemple, l’Audiència Provincial de Tarragona que ja ha dictat sentències al nostre favor sobre aquesta qüestió. A hores d’ara, encara estem esperant a que el Tribunal Suprem es pronunciï, però hi ha raons jurídiques per pensar que el criteri podria ser, en aquest cas, favorable a les persones afectades, tal i com nosaltres venim reclamant.
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José Luis · Baeza jaen · Miércoles, 02 Febrero 2022 | 09:04:07 AM · nº 6576
Buenas e visto el vídeo de José María y dice todo lo que pensamos en jeneras todo el mundo bueno a loque voy yo no estoy muy dado en redes pero quien lo este o alguna asociación o quien fuese ya que no nos manifiesta podría pedí firmas contra la sentencia o contra el supremo o contra la mierda de políticos que tenía no se hay lo dejo
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angel pepiol · camarles -tarragona · Miércoles, 02 Febrero 2022 | 09:21:04 AM · resp. nº 2536
Hola
El video de Jose Maria es escelente y lo de la parte final es espectacular haber si CONSUMO vaya a las Manifestaciones ha decir SI SE PUEDE y luego se calle como muchos del GOBIERNO que MUTAN CUNDO ESTAN EN EL
como paso las TITILIZACIONES Y LOS FODOS BUITRE
Pero vamos a los hechos el IRPH no olo afecta a UN MILLON DOSCIENTOS MIL CIUDADANOS ESPAÑOLES EL TRIBUNAL SUPERIOR SUPONGO QUE SABRA QUE LA MAYORIA SE VENDIERON ESTOS PRETAMOS A BONISTAS EXTRAGEROS ( AMERICANOS ,ALEMANES ,CHINOS,ETC)Y AQUI SI QUE TIENEN
UN GRAVE PROBLEMA PORQUE COMO SE CEDIO CON CLAUSULAS ABUSIVAS LAS TITULIZACIONES GLOBO QUE CONTROL HABIA PARA PODER INCLUIR HIPOTECAS IRPH ,CLAUSULAS SUELO IMTERES DEMORA DE 19%
COMO ABEIS LOS BANCOS CEDIERON EL 98% DE LAS HIPOTECAS EN LA EPOCA DORADA DE 2004
TARDE O TEMPRANO UE SABRA O YA SABE ESTE MONTAGE Y ACTUARA
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luian · Girona · Martes, 01 Febrero 2022 | 03:57:18 PM · nº 6575
cvxcvxcv
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Neus · Barcelona · Lunes, 31 Enero 2022 | 08:34:21 AM · nº 6574
En su día se hizo varias reclamaciones. Eran de 3 tipos y había que hacer las 3.
Uno de ellos era mandar a este enlace: https://europa.eu/european-union/contact/write-to-us_es el siguiente texto:
Me dirijo a Uds. como ciudadano de un país miembro de la U.E. con el ruego de que me informen como controlan el T.J.U.E. y los órganos encargados de velar por el cumplimiento de las normas, directrices y sentencias que emanan de su Órgano jurisdiccional por parte de los diferentes Estados y, en particular España y el Tribunal Supremo español.
Les remito la presente solicitud ante la postura adoptada por el Tribunal Supremo en España tras la doctrina dictada por el TJUE en el Asunto C-125/18 que versa sobre la abusividad y, en su efecto, nulidad radical de las cláusulas incluidas en los Contratos de Préstamos Hipotecarios suscritos entre entidades financieras de España y sus ciudadanos, que vinculan la revisión de las cuotas a abonar por los usuarios tomando como índice de referencia el "IRPH". Dicha postura se ha puesto de manifiesto en 4 sentencias dictadas recientemente por el Tribunal Supremo español ("Sentencias 595, 596, 597 y 598/2020", de 12 de noviembre) que, vulnerando la doctrina emanada por el TJUE, no declaran el carácter abusivo de dichas cláusulas, realizando una interpretación forzada y perjudicial para los consumidores (y en manifiesto beneficio de las entidades financieras), y en dirección totalmente opuesta a la doctrina emanada de la mencionada sentencia dictada en el asunto C 125/18.
Sobre esta premisa, quien comparece SOLICITA ser informado acerca de :
1⁰-¿Cómo controla el TJUE la correcta aplicación de dicha resolución por los Estados Miembros? En nuestro caso España y la jurisdicción española. En este caso particular, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo Español.
2º- En caso de no respetarse las resoluciones dictaminadas, ¿Qué tipo de acción se piensan adoptar por parte de la UE o qué consecuencias puede tener no respetar las consignas aclaradas en dicha sentencia?
3⁰- ¿Existe algún órgano interno Europeo de control que actúe de oficio para la defensa de los intereses de los consumidores, y para la defensa y correcta aplicación de estas sentencias tras su dictamen?
Quiero manifestar mi malestar como consumidor, ciudadano y perjudicado de la incorrecta aplicación del derecho comunitario realizada sobre estas sentencias del Tribunal Supremo Español, y rogaría se pusieran en acción los mecanismos pertinentes de control existentes para corregir, sancionar, y encauzar las sentencias dentro del marco legal Europeo, ya que dentro de la legislación Española no disponemos de GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DEL TJUE NI DE LA NORMATIVA 93/13 CE
Como ciudadano rogaría que, en caso de que consideren pertinentes la puesta en acción de estos mecanismos, muy por favor se haga por la vía de urgencia. Hay más de un millón de familias españolas que se han visto perjudicadas por este abuso bancario sentenciado en el asunto acumulado C-125/18. Destacar que una gran parte de estas familias son económicamente vulnerables, y compraron su vivienda de protección oficial (Vivienda protegida, VPO).
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Neus · Barcelona · Lunes, 31 Enero 2022 | 08:39:48 AM · resp. nº 2535
Las otras 2, una era una carta certificada y la otra un formulario via mail. Pero igual hay que actualizar las referencias con las ultimas sentencias del tribunal supremo.
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Paco · Barcelona · Sábado, 29 Enero 2022 | 06:49:09 PM · nº 6573
si te condenan en costas en el Supremo, alguien sabe aprox a cuanto ascienden?
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Jose · Vicar Almeria · Sábado, 29 Enero 2022 | 08:24:53 AM · nº 6572
Hola, no creo que ningún miembro del T.S. en su momento hubiera firmado una hipoteca referenciada al IRPH, si hubieran tenido una información clara y veraz en cuanto a la evolución del indice. Ya que en ese caso hubieran tenido que soportar un sobrecoste importante en cada mensualidad como se ha demostrado que está pasando en las hipotecas con ese indice. Quizás se deberían haber hecho esa pregunta.
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Jose · Vícar Almeria · Sábado, 29 Enero 2022 | 07:52:51 AM · nº 6571
Hola amigos, en el tema de las hipotecas IRPH, creo que a partir de ahora pocas personas van a seguir confiando en la doctrina Europea si no se toma ninguna medida para hacer que se cumplan sus resoluciones. El daño en cuanto a imagen y prestigio puede ser terrible.
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Manuel · Gandia · Sábado, 29 Enero 2022 | 07:35:17 AM · nº 6570
Que vergüenza de pais solo esta lleno de corruptos.

El mes que viene comienza el procedimiento de mi reclamacion en los juzgados de Valencia por parte de mi abogada.Ojala consiga algo.Seguire adelante ya pase lo que pase...
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David · Barcelona · Viernes, 28 Enero 2022 | 09:32:33 PM · nº 6569
https://www.youtube.com/watch?v=O3QBY_lKJ3c&t=1945s
José María Eruskin va denunciar con nombre y apellido ante la comisión de justicia europea a cada jueza que prevarique...
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Dabitxu · BARCELONA · Sábado, 29 Enero 2022 | 08:24:10 AM · resp. nº 2531
Hola David. También he visto el vídeo y me ha encantado, pero siendo sincero, creo que el equipo del Sr. Erauskin van a tener mucho trabajo, porque aquí en ejpanyistan los jueces del régimen son intocables, además tendrán defensas que las pagaremos entre todos. Es mi opinión.
angel pepiol · camarles -tarragona · Sábado, 29 Enero 2022 | 04:56:41 PM · resp. nº 2532
Creo que ya es hora de que los ciudanos empecemos a pensar porla gente vamos a decir las cosas claras porque los españoles debemos de pagar la sanciones que impone la UE por ejemplo con el modelo 720de Hcienda en la epoca del PP y fuimos advertidos por la UE y es un ejemplo si hay sancion no deberia de ser
todos los españoles los que pagamos sino los causantes, con el IRPH tambien pasara lo mismo y sancion quien deberia pagar y restablecer los abusos porque me parece que si se deberia de informar de las sanciones que paga este pais a la UE POR NO ACATAR LAS DIRECTIVAS y fuera antes de las elecciones y por un organo imparcial de la UE nos serveria de mucho
David · Barcelona · Domingo, 30 Enero 2022 | 07:40:52 PM · resp. nº 2534
Así es Dabitxu, lo suyo sería que detrás de cada denuncia presentada por José María Erauskin, vayan nuestras denuncias, ya que es un asunto que nos incumbe y nos afecta, no se me ocurre que podamos hacer mucho mas ante la mafia criminal mas organizada y poderosa del planeta.
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Jose · Vícar Almeria · Viernes, 28 Enero 2022 | 08:49:07 PM · nº 6568
Hola amigos. Un ciudadano normal medianamente ilustrado es imposible que entienda lo que está pasando con el tema IRPH. Europa dicta una sentencia con unas directrices claras y a partir de ese momento debería estar todo muy claro y no es así. En fin no entiendo nada.
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Dabitxu · BARCELONA · Sábado, 29 Enero 2022 | 08:19:10 AM · resp. nº 2530
En mi opinión, estamos en un "estado" que traiciona sistemáticamente a sus ciudadanos. Sólo les importa que paguemos para que ellos puedan ser más millonarios sin pegar ni golpe. Vaya que es un estado de chupópteros.

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