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Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Sábado, 22 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
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Novación de hipoteca con IRPH: cambiar plazo, diferencial o pasar a fijo sin cambiar de banco

Novación de hipoteca con IRPH: cambiar plazo, diferencial o pasar a fijo sin cambiar de banco

La novación permite cambiar condiciones de la hipoteca sin cambiar de banco: plazo, diferencial, titulares o incluso el tipo de interés. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, los números merecen una revisión tranquila antes de firmar.

Clave: novación = mismo banco, contrato modificado. Subrogación = otro banco. No son lo mismo ni cuestan igual.

Muchas personas confunden novación y subrogación. En la novación negocias con tu entidad actual. Puede ser más rápida, pero no siempre más barata.

Con IRPH, una novación puede buscar bajar diferencial, alargar plazo para reducir cuota, acortar plazo si hay holgura, o pasar a fijo / mixto. Cada opción mueve la cuota de forma distinta: simúlala.

Novación de hipoteca IRPH en reunión con el banco

Qué se puede novar

  • Plazo (más años → cuota más baja, más intereses a largo plazo).
  • Diferencial o tipo fijo ofertado.
  • Titulares (entradas/salidas, divorcios, herencias).
  • Sistema de amortización o carencias puntuales.
  • Productos vinculados y bonificaciones.

Costes que no debes olvidar

Comisión por novación (si el contrato la contempla), notaría, gestoría y registro en cambios que afecten a la hipoteca inscrita. Pide desglose por escrito. La calculadora de novación te ayuda a sumar cuota nueva + gastos.

Clave: una cuota más baja no compensa si los gastos de novación tardan años en recuperarse.

Comparar antes / después

VariableAntesDespués (ejemplo)
ÍndiceIRPH entidadesIRPH o fijo
Diferencial0,50 %0,25 % / fijo 3,x %
Plazo18 años22 años
CuotaActualSimular
Gastos novaciónComisión + notaría…

Usa el simulador y la comparativa fijo vs variable si te ofrecen salir del IRPH hacia un fijo.

¿Compensa salir del IRPH en una novación?

Depende del diferencial nuevo, del fijo ofertado y de cuántos años queden. Calcula el sobrecoste histórico con pagas de más y mira la serie en IRPH vs Euríbor.

A veces el banco ofrece novar a Euríbor + diferencial o a fijo a cambio de productos vinculados: aplica entonces la lógica de bonificaciones y coste real.

Pasos recomendados

  1. 1
    Capital pendiente, plazo residual, IRPH + diferencial actual.
  2. 2
    Pide oferta de novación por escrito (tipo, plazo, comisión, vinculaciones).
  3. 3
    Simula cuota nueva y recupera de gastos.
  4. 4
    Compara con una subrogación a otra entidad.
  5. 5
    Firma solo si el ahorro neto es claro.

La novación es una herramienta poderosa cuando el banco está dispuesto a mejorar condiciones. No es obligatoria ni siempre ventajosa: los números deciden.

Clave final: negocia con la cuota simulada en la mano, no solo con el diferencial del folleto. El IRPH del mes lo puedes contrastar en el BOE.

Comentarios

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Tagleton · Jueves, 26 Marzo 2009 | 08:23:15 AM · nº 713
Para Miguel: según estoy leyendo en diversas páginas de economía, dado que la crisis durará este año y parte del que viene, los tipos de interés (Y por tanto lo que nos cobran los bancos con el euribor y el irph) seguirán bajos, dado que saben perfectamente que no podemos pagar mucho más con la que está cayendo...todo esto, ya lo estamos viendo,hay que cogerlo con cautela, porque en esta misma página hay artículos de junio de 2008 diciendo que el euribor iba a mantenerse en el 5%...eso si, lo de amortizar es siempre recomendable, porque aunque la carencia supone una cuota menor,es una faena cuando ves que llevas X años y debes lo mismo: todo lo que sea amortizar es dinero de menos que debes, y eso es bueno incluso si en un futuro (esperemos que no)nos ejecutan la hipoteca por impago: irán a por nosotros, pero por menos deuda. Mi consejo es que, si puedes asumirlo, amortices desde ya
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leire · pamplona · Domingo, 18 Nov. 2018 | 08:21:46 PM · resp. nº 713
Es que lo de la Comisión tiene dos partes, la primera aplica correctamente la ley y jurisprudencia europea de consumo, pero en la segunda donde entra en las consecuencias de lo mismo por la ley española, miente, ya que no existe tal reciprocidad de que tú tengas que devolver tu parte si el responsable de la nulidad de la clausula, que impide la viabilidad del contrato es una de las partes, en este caso el banco. El art. 1306 CC que omite el juez de Barcelona en una pregunta que no hizo el demandante hipotecado, y el informe de la Comisión hecho por españoles, señala sólo el 1303 CC que es el general, como si no existiera el otro, y es en lo que basa pedir poder del juez para cambiar la clausula en vez de anularla,lo que está prohibido según Europa, porque según eso beneficia al demandante. Es una especie de trampa del propio juez que hace la pregunta y de la Comisión para impedir la devolución total, tal y como corresponde, al igual que en la clausula suelo. Y haciendo ver que son los propios demandantes los que lo piden. Y como dicen los jueces que respetan la ley, yo no puedo no aplicar la ley, pero tampoco puedo dar más de lo que me piden. Algo que también se aplican los políticos.
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Vanesa · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 08:17:57 PM · nº 709
Para AGA: Muchas gracias. Nos han dicho que este tipo de novaciones no están permitidos en la caixa, que los "jefes" no las aceptan. Definitivamente nos toman el pelo... Nosotros estamos en Barcelona. ¿En que comunidad autonoma vives tu? Es por decirles que si se hace y donde. Creo que la única solución es insistir...
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David · Dos Hermanas sevilla · Sábado, 17 Nov. 2018 | 07:56:29 PM · resp. nº 709
Hecho ,ahora es cuando mas tenemos que hacernos oír ,ya parece que estamos en la recta final ,vamossss irph nulo ya
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Javi G · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 05:49:46 PM · nº 708
Hola a todos. Yo tambien estoy con UCi y quisiera saber si alguien me puede calcular en cuanto se me quedaría la hipoteca ahora mismo. Mi hipoteca es el IRPH de cajas - 0,10 de diferencial. El capital amortizado es 230.000 euros. La hipoteca la tengo a 40 años. A mi la revision me la hacen semestral y me toca en Mayo con el IRPH de abril pero me gustaría saber en cuanto estaría ahora con el IRPH de febrero. Por otro lado quisiera saber que tal están las condiciones del IRPH -0,10. Un saludo y gracias de antemano
Responder
Dabitxu · BARCELONA · Sábado, 17 Nov. 2018 | 08:36:39 AM · resp. nº 708
Hola,
La segunda parte me gusta "si el Gobierno decide no defender a su ciudadanía". Yo hace unos pocos años desperté y me dí cuenta que solo somos sus esclavos, vivimos para pagar sus impuestos. Cada mes pagamos IRPF. Cuando compramos algo IVA. Si ahorramos dinero impuesto de Patrimonio. Si regalamos dinero impuesto de donaciones. Si nos morimos, impuesto de sucesiones y entre todo esto, multas, sanciones, tasas, impuestos y tributos. Pero venga ánimo
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Miguel · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 05:34:41 PM · nº 707
Hola a tod@s.Mi caso: Me revisan el 19 de abril con el irph del 20 de marzo (4,49 + 0,30 dif)y me baja la cuota (solo intereses)de 1348 a 976,con una hipoteca de 243599 e y es mi 2º año de carencia.
Mi duda es..contando con que una letra de 1300 euros mensuales es "llevadera" para nosotros en estos momentos de la vida...¿me recomendais empezar a amortizar capital y dejar de pagar solo intereses?,mi preocupación es que vuelva a subir dentro de poco el irph y me peguen un buen crujío..
Que opinais los expertos?...cuanto tiempo va a estar el irph por debajo del 3% 0 4%?..un año ,dos ,tres?.
Mientras pasa la crisis he puesto en alquiler el piso que debería vender para amortizar un buen pellizco de la hipoteca.
Muchas gracias y un saludo.
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David · Dos Hermanas sevilla · Jueves, 15 Nov. 2018 | 11:21:13 AM · resp. nº 707
Buenas tardes ,hecho se tarda 1 min y es muy importante para nosotros ,intentar todos de enviar vuestro apoyo ,vamos todos juntos podemos
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María · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 01:32:18 PM · nº 706
Alberto a mi me pasa lo mismo con la numeración, jeje,ayer por ejemplo no podía entrar desde esta página y para poder entrar lo hice desde otra y los mensajes salen con otro número.Si yo no hubiera entrado en este foro también hubiera cogido esa oferta,a mi también me la hicieron y seguro que hubiera caido como una pardilla,ya q además te dan pocos días para aceptar o rechazar..y en ese momento como estas agobiadito lo ves como una salvación.Menos mal q di con este foro...sabiendo que ahora tiene q bajar me hubiera tirado de los pelos!
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salvador.gomez3 · Murcia-Murcia · Jueves, 15 Nov. 2018 | 10:27:19 AM · resp. nº 706
Así es IVAN. Es importante firmarla. Yo lo hice ayer. Gracias por avisar
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alberto · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 11:49:53 AM · nº 705
Saludos a todos, vuelvo a repetir lo mismo, la entrega de llaves debe ser SIEMPRE la ultima opcion ya que va a hacer que nuestra deuda suba como la espuma a base de intereses altisimos, luego cuando llegue la subasta y en el caso de que no se cubra la deuda los bancos van a ir a por los avalistas como lobos hasta exprimir hasta el ultimo euro bien a base de nominas, propiedades, etc..¿ acaso os gustaria a alguno de vosotros que fueran a por vuestros padres, hermanos o quien sea tu avalista? a mi desde luego no, asi que no frivolicemos con un asunto tan serio y tan penoso como es el embargo de un piso. P.D: no se si sera en mi ordenador pero mi mensaje es el 602 y no el 427 y en dicho mensaje no estoy a favor de uci, lo que digo es que antes de dejar de pagar es preferible aceptar esa basura de oferta.
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Montse · Barcelona · Jueves, 15 Nov. 2018 | 08:40:38 AM · resp. nº 705
Buenos días, nosotros estamos igual llevamos 13 años con este follon y 3 años con juicios ahora esperando que salga la sentencia del TJUE porque ya vale. No nos dejaron parar la apelación hasta sentencia y vuelve a pagar pero ahora el juez lo ha parado hasta tener la del TJUE a ver si sale pronto porqué ya nos ahogamos. último spring. Suerte a todos y feliz día.
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María · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 10:55:00 AM · nº 704
Churri gracias por lo q me dices de los agentes de la propiedad homologados,en el peor de los casos ya se que existen y al menos no tendríamos que vender por 4 duros.
Tagleton y Juan,ya me sale,y efectivamente se corresponde con lo q me dijeron ayer q me iba a bajar.
Juan,creo q me dijiste q diera las llaves al banco por q yo aún no había comentado q teniamos avales.En cualquier caso quiero pensar que nadie que aconseja en un foro lo hace malintencionadamente sino para intentar ayudar en la medida de lo posible.
Al fin y al cabo todos estamos en el mismo barco,unos con mejores condiciones y otros peores..
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Nurita16 · barcelona · Martes, 13 Nov. 2018 | 10:38:36 AM · resp. nº 704
Buenos días

Yo también he mandado un agradecimiento, la verdad que muchos vamos muy ajustados, y otros al límite de gastos, que algunos meses no llegamos a fin de mes.... a ver si sale ya la sentencia y de este modo todos podemos ir un poquito mas holgados.
Y hemandado mi correo dario al TJEU
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JAVIER · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 09:52:47 AM · nº 702
Hola a todos. Yo tambien estoy con UCi y quisiera saber si alguien me puede calcular en cuanto se me quedaría la hipoteca ahora mismo. Mi hipoteca es el IRPH de cajas - 0,10 de diferencial. El capital amortizado es 230.000 euros. A mi la revision me la hacen semestral y me toca en Mayo con el IRPH de abril pero me gustaría saber en cuanto estaría ahora con el IRPH de febrero. Por otro lado quisiera saber que tal están las condiciones del IRPH -0,10.

Un saludo y gracias de antemano
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Israellobo · Toledo · Martes, 13 Nov. 2018 | 08:22:03 AM · resp. nº 702
Yo llevo diez años y me tienen quenado ,no quiero pensar tú. Ahora me ha bajado la hipoteca 9 € y me han dicho que me van a devolver esa diferencia desde que en 2013 nos congelaron el interés porque estaba mal calculado. Deseando que llegue la respuesta de Europa aunque con buenas sensaciones oyendo a los expertos.
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arturo · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 09:20:25 AM · nº 701
para elisabeth

lee el contrato del prestamo y sabras que mes te aplican, lo normal es que te apliquen el de julio con lo que te bajará bastante, de 300 a 400€. es cierto que es dificil que te de otra entidad una hipoteca, te digo lo mismo que a maria, piensate la posibilidad de ceder el inmueble al banco.
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lourdes · ciudad de los caballeros · Sábado, 10 Nov. 2018 | 06:52:54 PM · resp. nº 701
bueno, y otro efecto es que así parece que has tenido que cambiar la ley, y con la ley que había no se puede reclamar el impuesto al banco, y como la nueva no puede tener carácter retroactivo, es decir, tratando de que la gente no reclame el impuesto, y de las gracias a la vez. y que los pobres bancos estaban cumpliendo la ley que había, y el pobre pleno también, todo falso. el supremo tiene la obligación de anular las normas ilegales que se oponen a otras de mayor rango, va en su sueldo. los jueces de instancia, tienen la obligación de no aplicarlas, y el supremo de anularlas definitivamente. y con este reglamento que establecía una excepción contraria a la ley para el caso de las hipotecas que tocaba pagar a los bancos, estuvimos más de 20 años, y cuando por fin se elimina, van y montan el número del pleno y posterior decreto ley para que la gente no lo reclame.
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arturo · Miércoles, 25 Marzo 2009 | 09:07:43 AM · nº 700
el de abajo es el comentario que dice alberto que no ve
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lourdes · ciudad de los caballeros · Sábado, 10 Nov. 2018 | 06:38:02 PM · resp. nº 700
yo dejo esta noticia, el famoso decreto ley del impuesto de las hipotecas, tras lo del del supremo, a quien tiene por objeto disculpar, y cuyo único castigo es la "autocrítica", claro, así luce... https://cincodias.elpais.com/cincodias/2018/11/09/midinero/1541746248_240594.html

el gobierno, como Lesmes, hace el paripé como si la ley no estuviera clara, cuando lo que pasaba era que el REGLAMENTO de menor rango que aprueba sólo el gobierno de turno, era contrario a la ley, y por eso se había anulado por el TS, antes del famoso pleno, que sin embargo no podía ya restablecerlo. Por el texto del decreto ley, pareciera que el caso de la hipoteca se regula de forma distinta que el común de actos jurídicos documentados, cuando no es así, del primer párrafo que ya había, se deriva indefectiblemente que el banco paga el impuesto, ya que es el que adquiere, el derecho real de hipoteca, y el interesado, en documentarla como deuda, como cualquier acreedor. así que, para disculpar al pleno del supremo, y a Lesmes, ahora la ley que estaba perfectamente bien, da un poco la risa porque el primer párrafo ya estaba y el segundo párrafo es reiterativo.

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