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IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Domingo, 23 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
3,049% ↑
+0,063 pts vs mayo · +0,247 interanual
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IRPH 2026: IRPH junio 2025: 2,802%   SUBE: +0,247   IRPH junio 2026: 3,049%

La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso

La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso

Cuando llega la revisión y la letra sube, el primer impulso es buscar culpables. El segundo, más útil, es comprobar cifras y elegir una acción concreta en los próximos siete días. Esta página es ese plan de trabajo.

Clave: no firmes nada con el banco hasta tener capital pendiente, IRPH de la carta y una simulación propia.

El IRPH Entidades se publica una vez al mes, habitualmente en torno al día 20, por el Banco de España. No se mueve a diario como el Euríbor. Si tu revisión usa el valor de un mes concreto, ese es el número que debe aparecer en la notificación. Consulta el último dato en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

Familia revisando la carta de subida de cuota IRPH

Día 1–2: verificar la carta de revisión

Anota en un papel: mes de referencia del IRPH, valor del índice, diferencial, nuevo TIN, capital sobre el que calculan y nueva cuota. Si el índice no coincide con el oficial de ese mes, reclama la corrección al banco por escrito adjuntando el dato de IRPH.es o del Banco de España.

Replica el cálculo con la calculadora de impacto de la revisión: verás la diferencia en euros al mes y al año. Si además quieres el peso sobre tu sueldo, usa el esfuerzo de la cuota con IRPH.

Día 3: decidir si amortizas

Una entrega a cuenta reduce intereses futuros. Puedes pedir bajar la cuota (más aire cada mes) o acortar plazo (terminar antes). Prueba ambas en la amortización parcial. No vacíes el colchón de emergencias: tres a seis meses de gastos fijos deberían quedar fuera de la amortización.

Clave: amortizar con tipo alto multiplica el ahorro de intereses; amortizar dejando la cuenta a cero multiplica el estrés.

Día 4–5: hablar con el banco con números

Pide por escrito una de estas opciones (o varias): bajar diferencial, pasar a Euríbor, pasar a fijo, alargar plazo o una carencia temporal. Lleva la simulación impresa. Para valorar un fijo, usa IRPH a tipo fijo; para cambiar de entidad, la subrogación.

Desconfía de bonificaciones que exigen seguros caros: el diferencial baja en el papel y el coste total puede subir. Suma primas anuales antes de aceptar.

Día 6–7: elegir y dejar constancia

SituaciónAcción prioritaria
Tienes ahorro holgadoAmortizar (cuota o plazo)
La cuota supera ~35 % de ingresosNegociar plazo / fijo o subrogar
Error en el IRPH de la cartaReclamación de corrección al banco
Quieres cerrar el riesgo del índiceOferta a fijo con gastos calculados
Sospechas falta de transparencia en origenArchivar papeles y valorar reclamación IRPH

Ejemplo orientativo de conversación con el banco

Puedes estructurar el correo así: identifica el contrato, adjunta la carta de revisión, indica el IRPH oficial del mes de referencia (enlace o captura de IRPH hoy), muestra tu simulación de cuota y pide respuesta escrita sobre novación a Euríbor, a fijo o reducción de diferencial en un plazo concreto (por ejemplo 15 días hábiles).

Adjunta solo lo necesario: escritura (páginas del tipo de interés), último recibo y la simulación. No envíes DNI por canales inseguros; usa la banca electrónica o registro formal si el volumen del asunto lo requiere.

Si el banco propone alargar el plazo, exige una tabla con la nueva cuota, los intereses totales añadidos y la fecha de finalización. Alargar es un respiradero: reduce la letra y aumenta el coste global. Compáralo con amortizar una cantidad menor hoy.

Cuando la subida coincide con otros gastos (colegio, comunidad, IBI), prioriza no acumular descubiertos. Un plan de tres partidas —cuota, fondo de reserva, resto del mes— evita decisiones impulsivas de consolidar deudas caras.

Lo que empeora el problema

  • Dejar de pagar sin avisar: genera demora, comisiones y peores condiciones de negociación.
  • Aceptar una novación verbal “que ya te mandan el contrato”.
  • Comparar solo el TIN y olvidar comisiones de apertura, subrogación o cancelación.

Si necesitas contrastar con otros casos

Publica tu duda (sin datos sensibles) en el foro IRPH. Incluye banco, año de firma, diferencial y si la revisión es anual o semestral. Cuanto más concreto, mejor la respuesta.

Clave final: una subida de cuota se gestiona con verificación, simulación y una sola decisión escrita. El resto es ruido.

Comentarios

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Eduardo · Manzanares el Real · Domingo, 16 Julio 2023 | 11:11:19 PM · nº 6868
La nueva sentencia del TJUE acorrala al Tribunal Supremo

La sentencia responde con rotundidad a la pregunta planteada, que cuestionaba si puede considerarse contrario a la buena fe ocultar a los consumidores que el IRPH debía acompañarse de un diferencial negativo. La pregunta hace referencia a una circular de 1994 mediante la cual el Banco de España recordó que el IRPH, al incluir comisiones y gastos en su cálculo, opera y operará siempre por encima del tipo de mercado, e indicó a las entidades bancarias que...https://www.aquimicasa.net/blog/justicia/tribunal-supremo/la-nueva-sentencia-del-tjue-acorrala-al-tribunal-supremo/
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Rafa · Valencia · Domingo, 16 Julio 2023 | 07:08:18 PM · nº 6867
Dado que Pedrito-PSOE sirve fielmente a la banca, como lo hizo Felipin, Aznar y Rajoy en sus mandatos, hace poco el nuevo Gobierno de PP y Vox en Baleares no quisieron quedarse atrás y hacer merito ante su amo (la banca, IBEX35 y otros) eliminando la Dirección General de Consumo, por lo que el informe sobre el IRPH por la dirección de consumo de Baleares nunca salió a la luz de manera oficial.
Adjunto enlace de abogados res donde publican aquel informe https://abogadosres.com/la-direccion-general-de-consumo-de-baleares-presenta-los-informes-juridico-y-financiero-sobre-la-abusividad-del-irph-elaborado-por-abogados-res/
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David · Malaga · Domingo, 16 Julio 2023 | 03:20:54 PM · nº 6866
https://youtu.be/sOZP2Jh3qgY
De hace dos dias
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David · Estepona-malaga · Domingo, 16 Julio 2023 | 03:02:03 PM · nº 6865
https://youtu.be/SFxT4Vx42TM
Este video es del 27 de abril del 2022 va un año por delante de todos habra que esperar hasta el 2025 para que contesten a las 22 preguntas que hace en la cuestión prejudicial
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pin · pen · Domingo, 16 Julio 2023 | 05:05:30 AM · nº 6864
Ningún político hay que nos vaya a devolver nada. Las leyes son la que hay y las que deben aplicar los JUECES para impartir JUSTICIA. Los JUECES son los que tienen la responsabilidad y NO los politicuchos de turno que solo usan (si acaso) el IRPH y otros, para anunciarse con bombo y platillo con el objetivo de atraer votos. Somos simples votos para esta gentuza y a la vista esta que elecciones tras elecciones, todos prometen y ya vemos como nos va. Tienen que justificar sus puestos, por eso quieren que les votemos, para solucionar sus problemas, NO LOS NUESTROS.
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Maria · Torrevieja · Sábado, 15 Julio 2023 | 10:56:22 PM · nº 6863
Cómo sea feijo la llevamos clara
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Juan · Reus - Tarragona · Sábado, 15 Julio 2023 | 08:28:43 PM · nº 6862
IRPH: Sánchez o Feijóo deberán obligar a la banca a devolver 70.000 millones https://diario16.com/irph-sanchez-o-feijoo-deberan-obligar-a-la-banca-a-devolver-70-000-millones/
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iwanmg · Barcelona · Sábado, 15 Julio 2023 | 04:36:15 PM · nº 6861
Corta y pega de un fragmento de sentencia del supremo en 2021 sobre clausula suelo a un no consumidor (un negocio de zapatería) que tenia un crédito con clausula suelo de 3.50%...

""abuso de posición dominante y la vulneración de la mala fe contractual que lleva a cabo el banco frente al prestatario al ocultarle la imposición de una cláusula suelo en su préstamo"""

La mala fe, abusividad, falta de transparencia son de libro y ya han sido juzgadas de otras maneras solo queda que los tribunales españoles lo vean claro y hagan lo mismo. El TJUE por lo pronto ya lo ha visto claro...

Solo que substituir clausula suelo por IRPH...
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iwanmg · Barcelona · Sábado, 15 Julio 2023 | 04:36:11 PM · nº 6860
Corta y pega de un fragmento de sentencia del supremo en 2021 sobre clausula suelo a un no consumidor (un negocio de zapatería) que tenia un crédito con clausula suelo de 3.50%...

""abuso de posición dominante y la vulneración de la mala fe contractual que lleva a cabo el banco frente al prestatario al ocultarle la imposición de una cláusula suelo en su préstamo"""

La mala fe, abusividad, falta de transparencia son de libro y ya han sido juzgadas de otras maneras solo queda que los tribunales españoles lo vean claro y hagan lo mismo. El TJUE por lo pronto ya lo ha visto claro...

Solo que substituir clausula suelo por IRPH...
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Vicente · castellón · Sábado, 15 Julio 2023 | 08:28:29 AM · nº 6859
Si el IRPH es una TAE que contiene gastos y tipos de hipotecas concedidos en españa, si se han declarado nulos ciertos gastos, tipos, o como por ejemplo la clausula suelo, si el IRPH lleva todo eso incluido, no debería declararse también nulo por incluir este esos conceptos que ya han sido declaradas nulas.

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iwanmg · Barcelona · Sábado, 15 Julio 2023 | 04:24:12 PM · resp. nº 2899
Muy acertado lo que dices, eso será otro elemento importante en las demandas. Tendremos que esperar a las preguntas que elevaron RES ABOGADOS, José María y Maite al TJUE para acabar de dar forma a como se interpreta en una posible sentencia la anulación del IRPH, tema importante, porque si salta del contrato como la clausula suelo los bancos podrían exigirnos que le devolviésemos todo el dinero prestado una vez ellos hicieran lo mismo con el capital que hubiéramos amortizado junto con los intereses pagados y los de demora. Tema algo peliagudo en mi opinión...Salvo que algún juez o el TJUE encuentre una solución beneficiosa para los consumidores que suponga una sustitución por Euribor y devolución de todos los intereses cobrados indebidamente o bien anulación del IRPH y devolución al banco solo del capital pendiente previo compensación por los intereses cobrados indebidamente y recalculo de capital pendiente.
David · Barcelona · Sábado, 15 Julio 2023 | 05:00:25 PM · resp. nº 2902
iwanmg, en la sentencia 520/21 del TJUE con fecha 16 de junio de 2023 responde a la cuestión si un juez tiene potestad para decidir por nosotros y colocarnos un sustitutivo del IRPH, un juez nunca puede decidir por nosotros, el consumidor decidirá entre nulidad o reintegración, esto dicho y explicado maravillosamente por Erauskin: https://www.youtube.com/watch?v=k3cUbM9Wqck
así que se le acabaron los chanchullos al tribuna supremo, audiencias provinciales y todo su sequito.
Así que cuidado con los picapleitos que solo por acabar pronto y cobrar sus costas procesales quieran llegar a acuerdos no justos para los consumidores afectados.

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