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IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Viernes, 21 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
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Euríbor hoy: valor diario, media del mes y diferencia con el IRPH | IRPH.es

Euríbor hoy: el índice diario que luego se convierte en media

Último día cargado · Euríbor 12 meses 3,003% Fecha: 2026-08-21
Media del mes (días cargados) 2,940%
Euríbor mensual (serie) 2,855% · julio de 2026
IRPH mismo mes —%

Clave: el Euríbor a 12 meses sí tiene valor cada día hábil. Para muchas hipotecas, lo que acaba aplicándose no es “el de un martes suelto”, sino una media mensual (o el valor de un día concreto si la escritura lo dice). Fórmula orientativa de la media:

Media del mes ≈ (suma de los Euríbor diarios del mes) ÷ (número de días con valor publicados hasta hoy)

En esta página usamos los valores diarios publicados del mes en curso (ahora mismo: 15 días, suma 44,098, media 2,940%). También mostramos la serie mensual histórica, coherente con el resto de gráficos de IRPH.es.

Pulso diario del Euríbor a 12 meses

Cada jornada hábil deja huella. Aquí ves el valor del día, si subió o bajó respecto al anterior, y cómo va la media del mes (suma ÷ días publicados).

Sube Baja Igual
03/08/2026 Inicio del mes
2,939%
Media hasta hoy: 2,939% · Suma: 2,939 · Día 1
04/08/2026 -0,012 pts
2,927%
Media hasta hoy: 2,933% · Suma: 5,866 · Día 2
05/08/2026 +0,003 pts
2,930%
Media hasta hoy: 2,932% · Suma: 8,796 · Día 3
06/08/2026 -0,046 pts
2,884%
Media hasta hoy: 2,920% · Suma: 11,680 · Día 4
07/08/2026 +0,014 pts
2,898%
Media hasta hoy: 2,916% · Suma: 14,578 · Día 5
10/08/2026 +0,007 pts
2,905%
Media hasta hoy: 2,914% · Suma: 17,483 · Día 6
11/08/2026 +0,008 pts
2,913%
Media hasta hoy: 2,914% · Suma: 20,396 · Día 7
12/08/2026 +0,044 pts
2,957%
Media hasta hoy: 2,919% · Suma: 23,353 · Día 8
13/08/2026 -0,014 pts
2,943%
Media hasta hoy: 2,922% · Suma: 26,296 · Día 9
14/08/2026 -0,004 pts
2,939%
Media hasta hoy: 2,924% · Suma: 29,235 · Día 10
17/08/2026 -0,002 pts
2,937%
Media hasta hoy: 2,925% · Suma: 32,172 · Día 11
18/08/2026 +0,019 pts
2,956%
Media hasta hoy: 2,927% · Suma: 35,128 · Día 12
19/08/2026 +0,021 pts
2,977%
Media hasta hoy: 2,931% · Suma: 38,105 · Día 13
20/08/2026 +0,013 pts
2,990%
Media hasta hoy: 2,935% · Suma: 41,095 · Día 14
21/08/2026 +0,013 pts
3,003%
Media hasta hoy: 2,940% · Suma: 44,098 · Día 15

Por qué el Euríbor “de hoy” no se parece al IRPH “de hoy”

Es la pregunta que más se cruza en el foro y en las búsquedas. Respuesta corta: porque no se fabrican igual.

  • Euríbor 12 meses: panel de bancos, mercado interbancario, publicación diaria en días hábiles.
  • IRPH Entidades: media de tipos de préstamos hipotecarios reales a más de 3 años, un valor al mes, Banco de España, ~ día 20.

Clave: el Euríbor te deja seguir el pulso día a día. El IRPH te obliga a esperar el dato mensual. Comparar el Euríbor del martes con el IRPH del mes anterior es como comparar la temperatura de una hora con la media del mes: útil si sabes qué estás mirando; confuso si no.

En las hipotecas a Euríbor, la escritura suele indicar si se usa la media del mes anterior, el valor de un día concreto u otra regla. En IRPH, la escritura apunta al índice mensual y al diferencial. Por eso en IRPH.es mantenemos páginas hermanas: IRPH hoy y esta de Euríbor hoy.

Euríbor mensual (últimos 24 meses)

Euríbor vs IRPH y la diferencia

Misma ventana temporal. Rojo = IRPH, naranja = Euríbor. Debajo, barras de la diferencia (IRPH − Euríbor).

Qué es el Euríbor (sin jerga innecesaria)

El Euríbor (Euro Interbank Offered Rate) refleja, en esencia, el tipo al que un conjunto de entidades europeas se prestarían dinero entre sí a distintos plazos. El plazo que más aparece en hipotecas variables en España es el de 12 meses.

No lo publica el Banco de España como “tipo medio de hipotecas españolas”. Lo administra el ecosistema de referencia europeo (EMMI y el marco regulado de índices). Por eso puede moverse con las expectativas de política monetaria del BCE, la liquidez del mercado y el sentimiento del interbancario.

Cuando el BCE sube o baja tipos oficiales, el Euríbor suele reaccionar antes y con más nervio que el IRPH. El IRPH, al provenir de tipos ya aplicados en hipotecas, a menudo se mueve con más “inercia”.

Cómo se cuela en tu cuota

Tipo orientativo de revisión:

Tipo ≈ Euríbor de referencia (día o media según escritura) + diferencial

Si tu diferencial es 0,99 y la media del Euríbor del mes de referencia es 2,80 %, el tipo nominal rondaría el 3,79 % antes de comisiones y productos vinculados. Luego entra el sistema de amortización (cuota constante, etc.).

Herramientas útiles en IRPH.es:

Media del mes: paso a paso

Supongamos que en el mes llevamos 10 días hábiles con Euríbor publicado. Sumas los 10 valores y divides entre 10. Esa es la media aritmética simple de los días transcurridos. No es la única regla posible en el mundo financiero, pero es la más fácil de entender y la que mucha gente usa para anticipar la revisión.

  1. Anota cada Euríbor diario del mes (solo días con publicación).
  2. Suma todos.
  3. Divide por el número de días sumados.
  4. Compara con el diferencial de tu escritura.

Clave: la media del mes en curso es una foto provisional hasta que el mes cierra. La media del mes cerrado es la que a menudo entra en las revisiones (si tu contrato habla de media del mes natural anterior, por ejemplo).

Euríbor, IRPH y reclamaciones

El debate judicial del IRPH no se traslada automáticamente al Euríbor. Son índices distintos, con orígenes y transparencia diferentes. Si tu hipoteca es Euríbor, el foco suele estar en diferencial, productos vinculados, suelo (si lo hubo) o gastos; si es IRPH, el foco histórico ha sido la información precontractual y la comprensibilidad del índice.

Más contexto: IRPH y TJUE, reclamar IRPH, IRPH vs Euríbor.

Checklist Euríbor hoy

  • Mira el último valor diario cargado (arriba).
  • Revisa la media del mes con la fórmula suma ÷ días.
  • Confirma en tu escritura si usan media o día fijo.
  • Compara con el IRPH hoy del mismo mes.
  • Simula la cuota antes de la carta del banco.

Del día a la media: un ejemplo numérico sencillo

Imagina cinco días hábiles con estos Euríbor a 12 meses (ejemplo didáctico): 2,800 · 2,790 · 2,785 · 2,770 · 2,760. La suma es 13,905. Dividido entre 5 = 2,781 %. Esa sería la media de esos cinco días.

Si mañana el Euríbor cierra a 2,750, la nueva suma es 16,655 y la media de seis días baja a unos 2,776 %. Así de literal es la fórmula que mostramos arriba. No hay magia: hay suma y división.

Clave: la media del mes en curso cambia cada día hábil nuevo. La media del mes cerrado ya no se mueve. Para la revisión de hipoteca, lo habitual es mirar el mes que marque el contrato (a menudo el anterior natural), no el día en que te llega el SMS del banco.

BCE, tipos oficiales y el nervio del Euríbor

Cuando el Banco Central Europeo señala el precio oficial del dinero, el mercado interbancario reacciona. El Euríbor, al estar más cerca de ese pulso, suele anticipar o reflejar con rapidez el tono de la política monetaria. El IRPH, al mirar tipos ya cerrados en hipotecas, a veces llega con más calma.

Eso no significa que el Euríbor sea “mejor” o “peor” en abstracto. Significa que volatilidad y método son distintos. Una hipoteca a Euríbor puede beneficiarse antes de un ciclo bajista… y sufrir antes un ciclo alcista. Una hipoteca a IRPH puede sentirse más “estable” y, a la vez, más cara en tramos largos de la historia reciente.

Preguntas frecuentes del Euríbor hoy

¿Hay Euríbor los sábados y domingos? No suele publicarse en fines de semana ni en festivos del calendario TARGET.

¿Qué plazo debo mirar? En hipotecas españolas, el más citado es el de 12 meses. Existen 1 semana, 1, 3 y 6 meses, pero tu escritura dirá cuál aplica.

¿La media del mes coincide siempre con lo que aplica el banco? Solo si el contrato dice media del mes. Algunos usan el valor de un día concreto (por ejemplo, el último día hábil del mes anterior). Lee la cláusula.

¿Puedo fiarme solo de esta web? IRPH.es organiza y explica. El valor de referencia oficial del día conviene contrastarlo también con fuentes primarias cuando tomes una decisión económica importante.

¿El Euríbor negativo volverá? Nadie tiene la bola de cristal. Hubo años de Euríbor negativo; el escenario depende de inflación, BCE y ciclo económico. Por eso diseñamos estas páginas para mirar el dato, no para profetizar.

Ruta práctica el mes de tu revisión

  1. Consulta el Euríbor diario y la media del mes en esta página.
  2. Abre la escritura y confirma la regla exacta (media / día).
  3. Suma tu diferencial y estima el tipo.
  4. Pasa el tipo por el simulador de revisión.
  5. Si tienes IRPH en paralelo (comparación familiar, otra hipoteca, reclamación), mira IRPH hoy.

Cómo se actualiza el detalle diario

Los valores día a día se incorporan conforme se publican en el mercado de referencia. Con cada nuevo día hábil, la tabla, la suma y la media del mes se recalculan. Así puedes seguir el pulso del mes en curso sin esperar a que cierre el mes natural.

La serie mensual alimenta los gráficos de largo plazo y la comparación con el IRPH. Separamos el “pulso del mes” de la “foto histórica” para no mezclar peras con manzanas.

Para no perderse

El Euríbor hoy no tiene por qué ser un drama ni una fiesta. Es un número con método. Si lo entiendes —día, media, escritura, diferencial—, la carta del banco deja de ser un acertijo. Y si además lo pones junto al IRPH, empiezas a ver el mapa completo de lo que se cuece en las hipotecas variables en España.

Cuando quieras profundizar: histórico, duales, calculadoras y foro están a un clic. Nosotros ponemos el dato legible; tú pones la decisión.

Enlaces útiles

En pocas palabras: el Euríbor hoy es un dato que puede cambiar cada día hábil; la media del mes se construye sumando esos días y dividiendo por el número de observaciones; el IRPH, en cambio, llega como cifra mensual cerca del día 20. Entender las tres capas (día, media, IRPH) es la mejor forma de leer tu próxima revisión sin sustos innecesarios.

Comentarios

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Ana · Cádiz · Miércoles, 04 Marzo 2020 | 09:24:00 AM · nº 5832
Pedir una reclamación extrajudicial pidiendo que?
Porque en mi caso que me quedan pocos años de hipoteca, mi préstamo si podría subsistir si la clausula se declarara nula y creo que me quedaría sin hipoteca y a lo mejor me tendrían que devolver.
Pedir la nulidad es viable?
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javiko · barcelona · Miércoles, 04 Marzo 2020 | 09:19:24 AM · nº 5830
vicepresidente del banco central europeo LUIS DE GUINDOS, que esperabamos de europa que fue la que obligo a eliminar el irph como indice oficial en españa en 2011 y se hizo efectivo en 2013 POR FALTA DE TRANSPARENCIA Y MANIPULABLE, hemos esparado la decision del TRIBUNAL SUPREMO DE ESPAÑA, y del TJUE TODOS ESTOS AÑOS PARA QUE AL FINAL VUALVA A SER LOS JUEZES ESPAÑOLES LOS QUE DECIDAN , LA ESTAFA CONTINUA, EL IRPH ES INFINITAMENTE MAS ABUSIVO QUE LAS CLAUSULAS SUELO Y YA HAN RECUPERADO LO ROBADO Y EL IRPH QUE SE COMECIALIZABA MUCHO ANTES QUE LAS CLAUSULAS SUELO SEGUIMOS CON LA PUTA ESTAFA DE LOS CORRUPTOS BANQUEROS JUECES Y POLITICOS
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Daniel · Madrid · Miércoles, 04 Marzo 2020 | 06:54:02 AM · nº 5829
Leído en varios artículos en un apartado de la sentencia del Tribunal Europeo pone que no lo van a sustituir por el IRPH entidades algo que me parece una auténtica estafa porque pasar liamos prácticamente a lo mismo alguien me puede confirmar que de cierto tiene esto
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Ana · Madrid · Martes, 03 Marzo 2020 | 10:57:02 PM · nº 5828
RECOMENDACIÓN: Siguiente paso tras la Sentencia, esperar a ver como el TS aplica la Doctrina del TJUE - favorable al consumidor- . Se tiene que pronunciar en nada, tiene ya muchos recursos que resolver y que tenía suspendidos por la STJUE e incluso muchos juzgados y audiencias tienen en suspenso procedimientos. MI CONSEJO, presentar, los que no lo habéis hecho todavía, reclamación EXTRAJUDICIAL que es un simple escrito que se presenta en banco pero NO INICIAR LA VIA JUDICIAL. En breve el TS se pronunciara. Para cualquier información os dejo como siempre mi telefono 659 47 39 02
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JAIME · BARCELONA · Miércoles, 04 Marzo 2020 | 07:22:56 AM · resp. nº 1977
Amigos, con la decisión del Tribunal europeo siento que está todo perdido. Nos ha enviado a una especie de ratonera de la que no saldremos jamás. Decir que son los tribunales españoles los que han de resolver caso por caso es condenarnos de por vida. Son millones de casos que tardaran años en resolverse y que el que los tiene que resolver, que es el TS ya sabemos cual es su opinión. Si es un tribunal desprestigiado internacionalmente por muchas causas que todos conocemos ahora tendría la oportunidad de hacer justicia pero no lo hará porque es un tribunal politizado, una fiscalía politizada que depende de los partidos políticos, gobierne quien gobierne. Y los partidos políticos necesitan de la banca para financiar sus campañas. Pensamos que con todo este montaje la banca será condenada. Somos unos ilusos.
Confiaba en que el Tribunal Europeo tomaría una decisión mas rotunda y calificaría el IRPH de abusivo cuando el euribor está en negativo pero han sido cobardes y le han pasado la decisión al lobo para ver que hace con caperucita. Que va a hacer pues comérsela.
Es un día triste para el millón de afectados por el IRPH pero ya sabéis que poderoso caballero es don dinero.
Dani · Barcelona · Miércoles, 04 Marzo 2020 | 07:24:39 AM · resp. nº 1978
Hola Ana, gracias por la ayuda.
Una pregunta, yi ya hice una reclamación extrajudicial al banco en 2017, a la cual me respondieron con una negativa, ¿debería, o es recomendable volver a hacerla?

Un saludo
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Olmo · Soria · Martes, 03 Marzo 2020 | 10:14:55 PM · nº 5827
En medios de comunicación dicen que el tjue ha dicho que solo podrán reclamar los que firmaron antes de 2013. ¿Alguien puede aclarar esto?
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Pachico · Castellón · Martes, 03 Marzo 2020 | 09:05:27 PM · nº 5826
Buenas noches, yo soy un afectado mas de esta estafa. Si tengo que ir a un juicio pues a el. Lo que si que tengo claro a mi nadie me pregunto que interés me aplicarían. Además la oferta vinculante hasta el momento de firmar la hipoteca ni me la ensañaron ni la firme. Todo ello delante del notario. A mi me engaño mi caja de toda la vida y mas gente todos ellos también firmaron esa oferta vinculante el día de hipoteca. Si por ley teníamos que haber firmado 24 horas antes como mínimo esa oferta para que nos asesorarán.Ahora encontrar el abogado que me lleve el caso porque no lo tengo muy claro un 20 % de lo que saquen es lo que me pedieron hace unos años
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angel · camarles -tarragona · Miércoles, 04 Marzo 2020 | 06:54:43 AM · resp. nº 1975
Hola
En primer lugar no hagais caso de los diarios y tv que dependen de los bancos informaros por
Abogados i foros de internet como abogados Res
Ahora la banca tambien ha ganado porque lo que tenia que pagar al instante de la sentencia tardara unos cuantos añitos y asi se beneficia y cansa al consumidor pero tenemos unproblema que ellos no tienen que son los costas de una demanda por parte del consumidor es decir que despues de estafados pagamos el pato proponga que pidamos al Defensor del Pueblo y a Consumo que rectifiquen esta ley tan infame si tuvieran que pagar los gastos judiciales habria mas razonamiento de la banca animo busquemos soluciones para cobrar lo expoliado por la banca por los bancos CHAMPION
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José miguel · Palma de Mallorca · Martes, 03 Marzo 2020 | 07:18:40 PM · nº 5825
Hola Luis. El TJUE ha dicho que el efecto sería el interés nulo, y ha añadido además que este efecto sería retroactivo, en contra de lo que defendieron los gobiernos de PP y PSOE.
Lo que ha dicho el TJUE es que si un juez considerara que un préstamo no puede subsistir sin interés y si además ocurriera que cancelar el contrato resultara más perjudicial para el consumidor, en ese caso no se opone a que el juez sustituya el índice por otro. Sólo en ese hipotético caso.

Cabe destacar que un préstamo sí puede subsistir sin interés, lo han dicho muchos jueces españoles y lo dijo la Comisión Europea en el proceso. También es verdad que es evidente que el Supremo dirá que no, que no se puede, porque así beneficiará a la banca. Pero lo pelearemos.
Además, no es obvio que cancelar el contrato sea perjudicial para el consumidor. Eso puede ocurrir si esa persona no está en condiciones de devolver de inmediato todo lo que debe al banco, pero habría que hacer cuentas, porque al importe total del préstamo habría que restar lo ya pagado en concepto de amortización y también en intereses.
Responder
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eric · Barcelona · Martes, 03 Marzo 2020 | 07:01:07 PM · nº 5824
Hoy el que vaya a firmar una hipoteca verá que no tiene cláuSulas suelo , que no le estafarán con los gastos de apertura , y de los índices euribor/Irph cuál es mejor . Todo ello gracias a todas las personas que en su dia demandaron y pelearon .Ahora es el momento de seguir adelante , nunca antes hubo tantas garantías de éxito .A nadie le va bien el gasto en abogados , ir a juicio ..etc Pero hay que reclamar lo que tanto nos ha costado ganar,saturar los juzgados de demandas , dar visibilidad a la estafa de la banca y cuando llegue la sentencia podré dormir tranquilo sabiendo que he peleado .No pienso pasarme los próximos 11 años sin haberlo intentado . Ya llevo 19 años esperando y ahora voy a por ti amigo banquero , nos vemos en el juicio.y ya hablamos allí de lo estable que era el irph cajas.
Responder
Luis · Madrid · Martes, 03 Marzo 2020 | 07:06:58 PM · resp. nº 1967
Deja de hacer el Riculo y leer el comunicado de prensa del tribunar de justicia de la EU.....
https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2020-03/cp200023es.pdf No seas Mas ignorante por dios...... Lee que aqui lo unico que se ganara en caso de que un Juez dictamine que es abusibo es un cambio de IRPH por Euribor.. lee la sentencia y deja de especular..
Miguel · ELCHE · Martes, 03 Marzo 2020 | 07:52:21 PM · resp. nº 1971
Luis hijo,buscate otro trabajo que ya tus opiniones nos las pasamos por el forro.Sabemos leer,tendras que aprender tu a comprender lo que lees.
SUERTE ERIC,ahora empezamos el partido y tenemos la pelota
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Jose Angel · Elche-Alicante · Martes, 03 Marzo 2020 | 06:42:21 PM · nº 5823
Hola a todos. No me queda claro el alcance de la sentencia para, los que como yo, tenemos IRPH Conjunto de Entidades, ya que en la sentencia solo y únicamente menciona IRPH Cajas. De momento me voy a esperar unos días, a ver si los expertos me sacan de dudas, ya que hablas con cualquier abogado y todos lo ven muy claro, da igual que tengas IRPH Cajas, Bancos o Entidades. Y si pierdes, a quien le toca pagar es a ti. ¿Alguien sabe (una aproximación) a cuanto dinero podría ascender una condena en costas?

Por otra parte, ¿alguien puede contar experiencias de Reclama Por mi?

Un saludo a todos los afectados.
Responder
José miguel · Palma de Mallorca · Martes, 03 Marzo 2020 | 06:50:44 PM · resp. nº 1963
Mira el enlace que he puesto anteriormente y te aclara el tema de irph entidades.
Jose Angel · Elche-Alicante · Martes, 03 Marzo 2020 | 06:57:59 PM · resp. nº 1964
Hola Jose Miguel de Palma. Gracias por el enlace. Lo había leído ya, pero veo una contradicción: en el enlace hablan del IRPH en general, pero en la sentencia se nombra en exclusividad al IRPH Cajas, lo que veo estúpido puesto que la naturaleza de uno y otro índice es la misma, pero los bancos se agarran a un clavo ardiendo, y los abogados te aconsejan pleitear, pero en este caso tengo esa duda.
Juan · Las palmas dgc · Martes, 03 Marzo 2020 | 08:51:13 PM · resp. nº 1973
El irph cajas ya no existe. A mi me aplicaron automáticamente irph entidades..
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Luis · Madrid · Martes, 03 Marzo 2020 | 06:07:19 PM · nº 5822
COMUNICADO DE PRENSA n.º 23/20 de la sentencia
Sentencia en el asunto C-125/18
Gómez del Moral Guasch/Bankia S.A.

https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2020-03/cp200023es.pdf
Responder
Luis · Madrid · Martes, 03 Marzo 2020 | 06:19:37 PM · resp. nº 1961
Ahora quien es Guapo que dice que esto es una Victoria cuando no solo devuelve la pelota a casa si no lo deja bien claro.

¿Qué harán los jueces españoles?

Ante un caso de IRPH, los jueces españoles valorarán si la cláusula en cuestión era clara y comprensible, si es que sí no harán nada. Si la respuesta es negativa, integrarán el contrato mediante la sustitución del índice de referencia. Esto es y sera el Negocio de los Abogados los únicos que gana aquí pierdas o ganes.
eric · Barcelona · Martes, 03 Marzo 2020 | 06:36:56 PM · resp. nº 1962
Tú no te cansas nunca LUIS ? Haztelo mirar .POR CIERTO UN ENLACE ESPECTACULAR JOSE MIGUEL DE PALMA.Antes de esta sentencia era muy arriesgado poner una demanda , ahora que ya se ha pronunciado el TJUE , pondré la reclamación al banco a ver que dicen y luego la demanda . Hay que quitarse los complejos de que la banca siempre gana pues no es cierto . Y lo de pasar por abogados es como ir al dentista , duele es carísimo pero hay que ir .
Luis · Madrid · Martes, 03 Marzo 2020 | 07:00:50 PM · resp. nº 1965
Lo tuyo si que es grave.... todavia no he leido nas disculpas por tu parte... te Recuerdo que la sentencia .Punto por punto es lo mismo que yo comente semanas atrás.

He puesto la sentencia para que nadie se sienta mas Engañado y que cada uno saque sus conclusiones. No hace falta se Abogado para entender lo que pone Punto 4 es lo único que se tiene que entender.

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