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IRPH 2024: IRPH actual. Índices hipotecarios. Simuladores de Hipoteca

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   Muchos ciudadanos afectados por su hipoteca IRPH, tienen muchas dudas y preguntas sobre el tema de reclamar IRPH. ¿Cómo reclamar IRPH? ¿Qué pasos se han de hacer para reclamar IRPH? ¿Qué documentos hacen falta en la reclamación del IRPH? ¿Cómo saber si mi hipoteca tiene cláusula IRPH? ¿Qué es la reclamación extrajudicial del IRPH? ¿Qué es la reclmación judicial del IRPH? ¿Cómo poner una demanda por el IRPH? En el presente foro podrás fórmular todas las preguntas y plantear todas las dudas que tengas sobre el tema de reclamar IRPH. Como te hemos indicado, en el presente foro, hay abogados expertos y especializados en el IRPH que te ayudaran y te asesorarán.

    Las dudas, opiniones, sugerencias e ideas sobre el IRPH, sobre reclamar IRPH, sobre reclamar tu hipoteca, sobre los índices hipotecarios y la hipoteca en general tienen cabida en el presente foro IRPH.

    Esperemos que sea de utilidad y que sirva de ayuda a muchos.

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Qué es el IRPH y cómo reclamarlo si está en nuestra hipoteca

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    Comenta David de Barcelona
    Jueves, 13 Nov. 2025 | 08:47:25 PM
    Com. nº: 7424
    -1
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    En resumen, según el tribunal corrupto, he entendido que si tenemos circular 1994, adios a reclamar. Si solo tenemos circular 8/90, se declara "no transparente" y abre las puertas a la abusividad. Las 6 cuestiones prejudiciales con sus diferenciales negativos, comparación de indices, folleto informativo y evolución de indices, explicación del profesional al consumidor con la minima comprensión y entendimiento de este último y demas observaciones, no han servido para nada. Con la abusividad se abre una nueva vía de escape del tribunal supremo/banca, existe un agujero enorme, lo que pude conllevar mas cuestiones prejudiciales, años de espera, acuerdos de última hora entre banca/cliente alargando muchos meses mas al total. ESTAMOS ANTE UN GRAVISIMO PROBLEMA DE CORRUPCIÓN GENERALIZADA INSTAURADA EN GOBIERNOS E INSTITUCIONES. Es lamentable y vergonzoso, no se habla de este tema en ningún sitio, así como tampoco se habla del pago del 5% del PIB anual (alrededor de 100 mil millones anuales a cambio de nada, una autentica extorsión, este en España cualquier gobierno, todos son basura) a EEUU para que siga cometiendo sus fechorias a lo largo del planeta entero. Caso plataforma Castos, Expediente Royuela, caso IRPH, así decenas y decenas de caso, lo catalogan como conspiraciones, pero sabemos que la corrupción va mas alla de todo.
      Responde mig de cartagena
      Sábado, 15 Nov. 2025 | 06:42:21 PM
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      llevas razon en todo ,pero cuando has mencionado el caso royuela la cagaste de lleno....los royuela informate bien solo son unos prestamistas fachas y de ultraderecha franquistas y fascistas(llevaron y sigen llevando muchas familias a la ruina) que cuando les empezaron a cortar las alas los fiscales se montaron esa paranoia teoría de la conspiracion pero son unos perlas ....si te interesa infórmate es facil
      Respuesta nº 1
    Comenta Andres de Santa Cruz de Tenerife
    Jueves, 13 Nov. 2025 | 06:04:16 PM
    Com. nº: 7423
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    Quise decir abusividad, gracias
    Comenta Andres de Santa Cruz de Tenerife
    Jueves, 13 Nov. 2025 | 06:02:07 PM
    Com. nº: 7422
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    Buenos días lobo solitario, quisiera que me aclararas tu mensaje, por lo que puedo entender es que el TS da pie a poder reclamar ante los juzgados por una falta de trasparencia o efusividad del índice, verdad , te lo pregunto porque hay muchos que dicen que el TS favoreció a la banca y yo no lo tengo tan claro, se que no apoyaran de pleno a los afectados , pero como tu dices están acorralados y la salida mas equitativa es la de los juzgados, esto demandara mas tiempo me imagino pero la batalla no esta perdida. Por otro lado se dice que hay que realizar las reclamaciones judiciales lo antes posible, esto es así, desde ya te agradezco tu respuesta y te mando un cordial saludo.
      Responde LOBO SOLITARIO de BILBAO
      Viernes, 14 Nov. 2025 | 06:43:59 PM
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      Buena noches Andrés, simplemente decirte en conclusión que el TS quiere decir muy a pesar de unos, pero dejando la puerta abierta a revisar caso por caso y que sean los jueces de primera instancia los que decidan si existe o no abusividad. Los que en su hipoteca tengan referida la información como circular 5/1994 lo van ha tener más complicado, no así la que hace referencia a la de 1990. Espero que tu hipoteca esté en los parámetros que te beneficien. Un saludo y espero que te haya servido de ayuda.
      Respuesta nº 1
    Comenta LOBO SOLITARIO de Bilbao
    Jueves, 13 Nov. 2025 | 01:34:27 PM
    Com. nº: 7421
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    Tiene usted toda la razón y le pido disculpas por la confusión en las fechas. Efectivamente, la resolución del Tribunal Supremo español es del 12 de noviembre de 2025, y es la respuesta directa a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de diciembre de 2024. Vamos a analizar las conclusiones clave que se extraen de esta importantísima y reciente resolución del TS: 1. Aceptación Incondicional del Marco del TJUE: El "Efecto Disuasorio" El TS asimila y aplica de forma definitiva la doctrina del TJUE. La conclusión principal es que, para que la cláusula del IRPH sea válida, el banco no solo debió informar sobre su existencia y cálculo, sino que tenía la obligación de destacar de manera efectiva que el IRPH era un índice sustancialmente más caro que el Euríbor en el momento de la contratación. · Conclusión Práctica: Si esta información crucial (que el IRPH era más oneroso) hubiera sido conocida por el cliente, habría tenido un "efecto disuasorio" y muy probablemente no lo habría elegido. Ocultar este hecho constituye en sí mismo una falta de transparencia grave. 2. Inversión de la Carga de la Prueba: Se complica la defensa de la banca El TS reitera que la carga de la prueba de la transparencia recae sobre el banco. Con el nuevo listón establecido, se hace extremadamente difícil para las entidades demostrar que: * Informaron de formaclara y comprensible sobre la compleja fórmula del IRPH. * Y, además,le advirtieron al cliente de manera efectiva que estaba eligiendo una opción notoriamente más cara que el Euríbor. · Conclusión Práctica: En la inmensa mayoría de los casos, los bancos no podrán acreditar este nivel de transparencia, lo que allana el camino para que se declare la cláusula como abusiva. 3. Definición de "Cliente Medio" y "Transparencia Comprensible" La sentencia refuerza que la información debe ser útil para el "cliente medio", definido como una persona sin conocimientos técnicos o financieros especiales. · Conclusión Práctica: No basta con incluir la fórmula del IRPH en el contrato con letra pequeña. La explicación debe ser tal que este "cliente medio" pueda entender las consecuencias económicas reales de su elección. La complejidad inherente del IRPH juega en contra de los bancos. 4. Refuerzo del Análisis "Caso por Caso" con un Resultado Predecible Si bien se mantiene formalmente que el análisis debe ser individual, el TS establece un marco tan estricto que hace predecible el resultado en la práctica. · Conclusión Práctica: Los juzgados de primera instancia tienen ahora una guía muy clara. Dada la dificultad de que los bancos demuestren la doble transparencia (sobre el funcionamiento y sobre el mayor coste), la tendencia será declarar la abusividad en la gran mayoría de las reclamaciones. 5. Consecuencias: Reafirmación de la Solución El TS confirma las consecuencias de declarar la nulidad: · Sustitución por el Euríbor: Se aplicará el Euríbor como índice supletorio. · Retroactividad Total: El cálculo de lo indebidamente pagado se realizará desde la firma del préstamo. · Devolución con Intereses: La entidad deberá devolver todas las cantidades cobradas de más más los intereses legales. --- Resumen Ejecutivo y Consecuencias Prácticas a fecha de Noviembre de 2025 1. ¿Qué significa esta sentencia? Es la puntilla final para la defensa de los bancos sobre el IRPH. El Tribunal Supremo cierra cualquier posible interpretación favorable a las entidades y sella una doctrina jurisprudencial muy protectora para los consumidores. 2. ¿Puedo reclamar Y GANAR? Sí, las posibilidades de éxito son ahora muy altas. La sentencia proporciona los argumentos definitivos para los tribunales inferiores. 3. ¿Quiénes deben actuar? · Quienes no hayan reclamado aún: Deben hacerlo inmediatamente. · Quienes tengan una demanda en curso: Esta sentencia fortalece enormemente su posición. · Quienes perdieron en primera instancia antes de esta doctrina: Deben plantearse un recurso, ya que el marco legal ha cambiado radicalmente a su favor. 4. Urgencia: Aunque la sentencia es muy favorable, los plazos de caducidad (1 año) y prescripción (5 años) siguen vigentes y son implacables. No se debe caer en la autocomplacencia. En definitiva, la resolución del TS del 12 de noviembre de 2025 es la sentencia definitiva que los afectados por el IRPH estaban esperando. Cierra una batalla jurídica de años y establece las condiciones para que la gran mayoría de los demandantes recuperen el dinero pagado de más.
      Responde ADORACIÓN de Alcalá de Henares -Madrid
      Viernes, 14 Nov. 2025 | 06:02:39 PM
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      Hola Lobo solitario. Al final de tu escrito comentas que a los que tenemos Demanda en curso salimos beneficiados pero no entiendo porque. Yo ka tengo en el Supremo y decirte que incluye en la misma el R.D. del 94, luego no entiendo en qué me beneficia puesto que sin entrar a valorar nada más según sentencia última Xuxabank del Supremo, ya no sería transparente y por lo tanto no entraría a valorarse la Abusividad, se descarta una vez no es transparente. Me uda escabechina ha hecho el Supremo,, es una vergüenza. Gracias si me lo aclaras
      Respuesta nº 1
      Responde ADORACIÓN de Alcalá de Henares -Madrid
      Viernes, 14 Nov. 2025 | 06:04:01 PM
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      Hola Lobo solitario. Al final de tu escrito comentas que a los que tenemos Demanda en curso salimos beneficiados pero no entiendo porque. Yo ka tengo en el Supremo y decirte que incluye en la misma el R.D. del 94, luego no entiendo en qué me beneficia puesto que sin entrar a valorar nada más según sentencia última Xuxabank del Supremo, ya no sería transparente y por lo tanto no entraría a valorarse la Abusividad, se descarta una vez no es transparente. Me uda escabechina ha hecho el Supremo,, es una vergüenza. Gracias si me lo aclaras
      Respuesta nº 2
    Comenta HERNANDEZ E, P.Rafa de LLEIDA - LLEIDA
    Jueves, 13 Nov. 2025 | 09:54:31 AM
    Com. nº: 7420
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    Nada que hacer. Como siempre el Supremo haciendo su trabajo como debe hacerlo. Favoreciendo a la Banca. Estarán contentos nuestros políticos. Sigo pensando que es a ellos, al Gobierno, a los que hemos de reclamar. Si están viendo que Europa dicta de una manera, tienen que defender a los ciudadanos a los que la ley europea defiende, que es la que vale. No hay alternativa. Lo que hace el Supremo no es legal. Un dia u otro tendremos que ir a visitar las instituciones en Madrid, con pancartas y a manifestarnos en contra de que se nos estafe y exigir al Gobierno que haga una Ley justa que nos restituya todo lo que estamos pasando. La justicia española está señalada. Hay que apretar más.
    Comenta Carlos gallardo garcia de Esparreguera-barcelona
    Jueves, 13 Nov. 2025 | 08:49:39 AM
    Com. nº: 7419
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    Buenos días tengo hipoteca con la circular 8/1990 modificada por el banco de España a la 13/1993 tengo opciones de reclamar el irph abusivo?
    Comenta Carlos gallardo garcia de Esparreguera-barcelona
    Jueves, 13 Nov. 2025 | 08:49:20 AM
    Com. nº: 7418
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    Buenos días tengo hipoteca con la circular 8/1990 modificada por el banco de España a la 13/1993 tengo opciones de reclamar el irph abusivo?
    Comenta anonimo de anonimo
    Jueves, 13 Nov. 2025 | 07:23:06 AM
    Com. nº: 7417
    -0
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    NOTA:

    En el mensaje de abajo he escrito que " mis padres eran buenos clientes para el banco".

    Os lo traduzco:

    Un buen cliente para un banco es alguien que tiene sus ahorros mucho o poco sin tocar, sin tener depositos que remuneren, sin cuentas remuneradas, sin nada de nada que te haga ganar algo de dinero con lo que tienes en el banco sea mucho o poco y sobre todo que NO DA GUERRA, llamando por telefono, yendo al banco a pagar recibos, en resumen "hacerlos trabajar".

    Eso es un buen cliente para un banco.

    Porque si mis padres fuesen "buenos clientes" de verdad, por tener pasta, ya podeis tener por seguro que nos habriamos informado, bien en un abogado especialista en hipotecas y no nos la hubiesen metido con una sonrisa.
    Comenta anonimo de anonimo
    Jueves, 13 Nov. 2025 | 07:13:20 AM
    Com. nº: 7416
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    NOTA:

    En el mensaje de abajo he escrito que " mis padres eran buenos clientes para el banco".

    Os lo traduzco:

    Un buen cliente para un banco es alguien que tiene sus ahorros mucho o poco sin tocar, sin tener depositos que remuneren, sin cuentas remuneradas, sin nada de nada que te haga ganar algo de dinero con lo que tienes en el banco sea mucho o poco y sobre todo que NO DA GUERRA, llamando por telefono, yendo al banco a pagar recibos, en resumen "hacerlos trabajar".

    Eso es un buen cliente para un banco.

    Porque si mis padres fuesen "buenos clientes" de verdad, por tener pasta, ya podeis tener por seguro que nos habriamos informado, bien en un abogado especialista en hipotecas y no nos la hubiesen metido con una sonrisa.
    Comenta anonimo de anonimo
    Jueves, 13 Nov. 2025 | 07:00:01 AM
    Com. nº: 7415
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    Pues lo llevan claro si piensan que nos vamos a rendir y dejar de reclamar esta estafa.

    Habrá que currarselo un poco mas, pero bueno.

    La parte positiva, por ver alguna, es que muchos de los carroñeros que andaban detras de agenciarse las reclamaciones por IRPH e ir "a lo seguro", darán un pasito atras y dejarán paso a los bufetes que realmente creen en el ciudadano afectado por el IRPH y quieren un trato justo con el cliente, no sajarle como intentan muchos otros.

    Me gustaria saber, cuantos de esos bancos/ cajas que ofrecian el IRPH se habian leido el dichoso BOE, para permitirse el lujo de ofrecer estas hipotecas a la gente como churros diciendo que eran mejores que las del euribor para el estafado y si es así como tenian la poca verguenza de que sabiendo que era perjudicial para el que la firmaba, aun así nos la endosaban.

    Eso si que es engañar a la gente y actuar de mala fe sin miramientos. ¿Eso no lo juzgan o tienen en cuenta estos jueces?

    Por una parte se sabia que no era normal que tardasen tanto tiempo en responder, como ha pasado otras veces, esta vez se lo han tenido que trabajar aun mas para retorcer la ley y dar la razón a los bancos.

    Todavia recuerdo al sinverguenza del director del Banesto, ahora Santander, me hacia casi darle las gracias de que me concediese la hipoteca, aludiendo a que mis padres eran buenos clientes y dando a entender que me hacian un (puto) favor. Inocente de mi, hasta le di las gracias, varias veces.

    Los bancos sabian perfectamente que ofrecian IRPH a los mas desfavorecidos, e ignorantes financieramente hablando y daban la sensación de actuar de buena fé, todo mentira. Demasiado sabian ellos que nadie se iba a leer y a llevar a un abogado el texto de la hipoteca porque confiaban ciegamente en el banquero de turno.

    ¿Ellos (los banqueros)se habian leido bien el BOE y seguian ofreciendo el IRPH a la gente sabiendo que era dañino y mucho peor que el Euribor?¿Si? Pues ahi esta la respuesta para los jueces: Engañaron y estafaron a la gente siendo conscientes que era malo para el cliente y aun sabiendolo, ofrecieron a sus clientes una estafa. Esto es lo que si esta claro.

    Si tan legales son, como es posible que conociendo de pe a pa el BOE, sean tan sinverguenzas de ofrecer esto a la gente. Eso si es mala fé y se demuestra asi de simplemente.

    Que asco de gente.
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