IRPH.es - Índices de referencia de préstamos hipotecarios

IRPH

IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Viernes, 21 de Agosto de 2026
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Heredar una hipoteca IRPH: pasos, riesgos y opciones con números claros

Heredar una hipoteca IRPH: pasos, riesgos y opciones con números claros

Heredar una casa con hipoteca no es solo firmar papeles en el notario: es decidir si aceptas la deuda, cómo se paga la cuota mientras tanto y qué hacer con un préstamo referenciado al IRPH. Vamos por partes, sin prisa.

Clave: la herencia trae bienes y también deudas. La hipoteca sigue viva hasta que se cancele, se novación o se venda con liquidación del préstamo.

En un momento familiar delicado, los números ayudan a tomar decisiones serenas: capital pendiente, tipo actual (IRPH + diferencial), cuota y posibles seguros de vida vinculados.

Pide al banco el certificado de deuda y el detalle de la última revisión. Contrasta el índice con IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

Familia revisando documentos al heredar una vivienda con hipoteca IRPH

Aceptar la herencia: pura o a beneficio de inventario

La aceptación pura asume bienes y deudas. A beneficio de inventario limita la responsabilidad al valor de lo heredado. La elección conviene valorarla con asesoramiento profesional cuando hay hipoteca pendiente.

Clave: no firmes a ciegas. Primero inventario: vivienda, préstamo, seguros y posibles avalistas vivos.

Qué hace el banco

Mientras se tramita la herencia, la cuota sigue devengándose. El banco puede exigir documentación de herederos, seguro de vida (si existía) y, más adelante, novación de titulares. Cada entidad tiene su protocolo.

Si había seguro de vida que amortiza el préstamo al fallecimiento, reclama la prestación con el certificado de defunción y la póliza. Puede reducir o cancelar el capital.

Opciones habituales

OpciónIdeaHerramienta útil
Seguir pagando la hipotecaUno o varios herederos asumen la cuotaRevisión de cuota
Cancelar con ahorros o seguroCerrar el préstamoCancelación
Vender la viviendaLiquidar la deuda con el precioGastos + cancelación
Novación de titularesEl banco acepta a los herederosNovación

El factor IRPH

El índice puede situarse por encima del Euríbor. Antes de decidir quedarte la casa, estima el sobrecoste con ¿pagas de más con IRPH? y lee cuánto pagas de más IRPH vs Euríbor.

Si el causante tenía una reclamación por IRPH o se plantea iniciar una, consulta el estado en reclamación IRPH 2026. La legitimación de los herederos debe revisarse caso a caso.

Documentos que conviene reunir

  • Certificado de defunción y de últimas voluntades.
  • Escritura de la hipoteca y nota simple.
  • Certificado de deuda del banco.
  • Últimos recibos y notificaciones de revisión.
  • Póliza de seguro de vida, si existe.
  • PDF del BOE del último IRPH aplicado (IRPH BOE).

Pasos en orden

  1. 1
    Inventario de bien y deuda: valor orientativo de la casa vs capital pendiente.
  2. 2
    Comprobar seguro de vida y posibles amortizaciones.
  3. 3
    Simular la cuota actual con IRPH + diferencial.
  4. 4
    Elegir entre quedarse, vender o cancelar.
  5. 5
    Tramitar herencia y, si procede, novación con el banco.

No hay una única respuesta correcta: depende del capital pendiente, de si varios hermanos heredan, de la capacidad de pago y del coste del IRPH frente a otras alternativas de mercado.

Clave final: primero números (deuda, cuota, seguro), después firma. El IRPH seguirá revisándose; la decisión de heredar debe contemplar esa revisión.

Comentarios

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Hilario Manuel Trujillo Esquinas · Jueves, 22 Enero 2009 | 07:50:34 PM · nº 304
yo tambien tengo la hipoteca con uci IRPH cajas
htrujilloesquinas@yahoo.es. Me apunto
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 10:48:31 AM · resp. nº 304
Hola Belén,

Respondiendo a su pregunta, entendemos que el abogado ha hecho una reclamación extrajudicial al banco y le ha respondido negativamente, pero aún no ha presentado una demanda.

Si el Supremo anula el IRPH es muy poco probable que el banco se ponga en contacto con usted para llegar a un acuerdo y si lo hace OJO! Si en su día ya le incluyó esa cláusula debería desconfiar de las nuevas condiciones que le pudieran ofrecer porque muy probablemente sean peores que lo que conseguiría con una demanda. En cualquier caso su banco no puede modificarle las condiciones sin firmar un nuevo contrato, no puede hacerlo por las buenas, y si lo hace no es legal.

Volvemos a resaltar la importancia de asesorarse con un abogado.

Así que, en este sentido lo mejor es acudir a un abogado que le asesore y le indique cómo proceder. Si aceptar el acuerdo del banco o reclamar vía judicial. Casi seguro el acuerdo no le beneficiará si nos basamos en los acuerdos anteriores que los bancos han firmado con clientes dondde devuelen solo la mitad del importe y que generalmente incluyen una cláusula donde se indica que no se podrá reclamar en el futuro .

Muchas personas que no se han asesorado han perdido el derecho a reclamar y hay mucho en juego.

Quien lo desee, puede ponerse en contacto con www.reclamapormi.com de forma gratuita y sin compromiso para que estudiemos su caso.
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TERESA · Jueves, 22 Enero 2009 | 05:44:52 PM · nº 303
Yo quería comentar que hay alguien que escribió que es periodista y trabaja en un periódico que podría ayudarnos, pero veo que no ha escrito más. yo pondré un anuncio en un setmanal de mi pueblo para reunir a los de mi zona. el del comentario 213, SLS, porqué no dejas tu mail?? el mio es set075@yahoo.es
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 21 Nov. 2017 | 08:47:15 AM · resp. nº 303

Hola Kanario,

Su caso es algo especial debido a la carencia y rebajas de las cuotas y hace falta estudiarlo ya que suele haber comisiones y hay que ver a letra pequeña. Si es tan amable y deja su caso aquí lo estudiaremos detenidamente: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

Le puedo adelantar algunos puntos:

Atendiendo a sus palabras, dice que le podían hacer la novación pero no se la aseguraban ni firmó un acuerdo en que se resolvería así por lo que se puede deducir que no tiene porqué haber acuerdo.

No obstante, puede reclamar porque tiene IRPH y de hecho si se declara nulo y el tribunal no modera la decisión indicando por ejemplo que se le aplicará el euribor, su hipoteca se debería quedar en interés variable 0 y aplicaría solo el fijo que tuviera por lo que le devolverían la diferencia de todos lo importes pagados de más.

Es decir, si tu hipoteca no tiene sustitutivo o bien el sustitutivo es otro índice que se declara nulo (por ejemplo, que tenga irph cajas y el sustitutivo sea irph entidades y ambos IRPH se declaran nulos) en principio, basándonos en criterios puramente legales tendría que haber pagado solo el interés del fijo de su hipoteca. Sin embargo, esta cuestión la tiene que resolver el Supremo que quizá dicte que en caso de no haber sustituto aplique el euribor (esperemos que no sea así por el bien de todos los afectados porque devolverían menos cantidades, aunque seguirían siendo altas).

En cuanto a los gastos, puede reclamarlos sin problema. Esto, en principio está claro.

En cuanto a su préstamos personal, hay que estudiar el índice o las condiciones. Por favor, si es tan amable y se pone en contacto lo estudiamos.

Si alguien desea calcular lo que le devolverían si el índice se declara nulo puede acudir a esta calculadora que nos puede decir de forma muy fiable lo que nos deberían volver. Si le resulta difícil rellenarla puede consultar a un abogado de la propia plataforma y lo hará por usted de forma gratuita y sin compromiso: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html
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SLS · Jueves, 22 Enero 2009 | 05:08:54 PM · nº 302
Esta atentos estos días porque se está mirando cómo centralizar las quejas, lo diremos aquí en este foro.

A los que dejan su email y se van, decirles que seguramente así no iremos a ningun sitio, así que ya os pondremos algun medio para juntarnos.

Una vez lo digamos, recordar que lo más importante es difundirlo al máximo, porque hemos de ser al menos un 10% de clientes de UCI, sino no hacemos nada, así que en vuestras manos quedará el buscar foros, webs, amigos, vecinos, quien sea que esté afectado y pueda correr la voz.

Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 06:34:37 PM · resp. nº 302
Hola Raúl,


Gracias por tu aportación. Tú al igual que un millón de afectados estás afectado por algo tan grave como lo es el suelo o incluso más como bien explicas.

Y es que la sentencia del Supremo es clave para saber cuales son las cantidades a devolver ya que si nos basamos en la ley y se declara nulo, los importes a devolver superan con creces el suelo. Fácilmente podrían devolver el doble, triple o cuádruple.

En cifras para que la gente se haga un idea aproximada por una hipoteca de 200.000€ con un fijo del 0,5 desde el año 2000 a 30 años supondría,si se declara nulo, la devolución aproximada de 55.000€

Por este motivo se considera desde diferentes instancias que se podría moderar la decisión con criterios financieros y aplique por ejemplo euribor como sustituto aunque no exista en el contrario hipotecario.

Esta decisión es clave.

quien desee calcular las cantidades a devolver de forma orientativa y asesorarse con un abogado puede hacerlo aquí: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html

Seguimos informando.
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david · Jueves, 22 Enero 2009 | 04:58:40 PM · nº 301
pues yo tambien soy otro que tengo hipoteca con uci 283000 euros cinco años de carencia pagando solo intereses y con irph +0.15 gracias al super negociador de credit services que me engaño.
primero firme una en 2005 con irph +1 vaya estafa luego en 2007 pude negociar algo y me hicieron una novacion pero tenia que ampliar el capital sino no me hacian nada y ahi estoy en el irph+0.15 he llamado para cambiar a euribor y se niegan rotundamente no se si se podria hacer algo para poder cambiarlo.un saludo
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 05:54:17 PM · resp. nº 301
Hola Carmen,

Lamentablemente quizá ya no se puede hacer nada en su caso. En principio ha perdido la opción de recurrir. Salvo que se pueda llegar a alguna solución se considera cosa juzgada.

Sin duda es grave lo que le ha sucedido sea la culpa de quien sea y es normal que esté enfadada porque no le notificaran la posibilidad de recurrir.

Si deja su caso aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/, nos ponemos a su servicio sin compromiso para estudiar su caso y ver si hay alguna posibilidad.

Pondremos al abogado más experimentado de Reclama Por Mí con su problema que no ha perdido aún ningún juicio por cláusulas abusivas y haremos lo que esté en nuestra mano.
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SLS · Jueves, 22 Enero 2009 | 02:32:49 PM · nº 300
Señores, no queda muy claro con tanto post, dónde nos apuntamos para la demanda conjunta.
La gente va dejando sus emails por aquí, pero creo que es mejor anunciar que lo envíen a una cuenta en concreto, sino más de un post se perderá por el camino....
¿y si creamos un grupo google para unificarnos allí?

S2.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Vizcaya · Lunes, 20 Nov. 2017 | 01:29:41 PM · resp. nº 300
Hola David,

Según nuestros abogados de www.reclamapormi.com la Audiencia Provincial en Sevilla se pronunció en 2016 a favor de un cliente contra Deutsche Bank habiendo perdido en primera instancia como usted. Pero luego ganó.

Ahora que la sentencia del Supremo está tan cerca la lógica dice que lo mejor es esperar para ver cómo se pronuncia y si es a favor, presentar un recurso bien estudiado y trabajado. Este será su caso.

Tanto si se ha reclamado ya, como si se ha perdido en primera instancia es importante la manera en que se presenta el caso.

No solo nos jugamos ganar o perder, sino las cantidades que recuperamos, si se anula el interés aplicado o si se deja en euribor, si se reclaman además más cláusulas...

Quien quiera asesoramiento sin compromiso puede acudir a www.reclamapormi.com y le ayudaremos.
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SALUS · Jueves, 22 Enero 2009 | 02:13:01 PM · nº 299
Otro afectado más de UCI.
Me apunto a la demanda.
djsalus@gmail.com.

A ver si conseguimos hacer presión y nos pasan al euribor.
Responder
OLGA LOPEZ · VALENCIA · Lunes, 20 Nov. 2017 | 12:42:50 PM · resp. nº 299
HOLA, ESTOY EN LA MISMA SITUACION QUE TU, HIPOTECA DE VPO FIRMADA EN 2007 CON IRPH. QUIERO RECLAMAR PERO NO SE COMO PROCEDER.
EN CASO DE IR CONTRA EL ESTADO YA SON PALABRAS MAYORES NO??
GRACIAS
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silvia · Jueves, 22 Enero 2009 | 10:48:53 AM · nº 298
buenos dias yo por desgracia tambien estoy en UCI y estos cada dia suben y suben mas. no puede ver lo decuatro alguien me puede decir si por internet se podria ver y donde.
Responder
joseCam · Parla, Madrid · Lunes, 20 Nov. 2017 | 12:03:51 PM · resp. nº 298
la hipoteca se firmo en enero del 2007
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carlos · Miércoles, 21 Enero 2009 | 10:24:32 PM · nº 297
yo tambien me apunto para la demanda.el reportaje no estuvo muy alla lo echaron en cnnplus.falta mas publicidad .
Responder
joseCam · Parla, Madrid · Lunes, 20 Nov. 2017 | 11:49:02 AM · resp. nº 297
la hipoteca se firmo en enero del 2007
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CHARLES LEVY · Miércoles, 21 Enero 2009 | 04:34:03 PM · nº 296
Para la demanda contra UCI me apunto.
clevybb@yahoo.es
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 11:26:05 AM · resp. nº 296
Hola Jose Cam,

El caso de las VPO es especial porque depende del año de la formalización de la hipoteca para saber a quién presentar la reclamación por IRPH: al banco o al estado.

En cuanto a los gastos en principio si pueden reclamarse ya porque ese es una cuerdo entre banco y cliente.

En cualquier caso, hay que revisar el caso detenidamente, y asesorarse. Puede hacerlo con uno de nuestros abogados sin compromiso en www.reclamapormi.com

Por último, me gustaría añadir que ya tenemos disponible aquí: https://www.reclamapormi.com/calculadora-simulador-gastos-hipoteca-irph-clausula-suelo-multidivisa.html un calculadora para gastos, cláusula suelo e IRPH para poder calcular los importes a devolver. La calculadora de IRPH, además, si uno está afectado por suelo e IRPH, calcula automáticamente los importes a reclamar teniendo ambas cláusulas en el contrato.

Esperemos que todo esto sirva de ayuda y despeje las dudas de cualquier persona afectada.

Ya queda menos...
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teresa · Miércoles, 21 Enero 2009 | 04:10:52 PM · nº 295
Pienso que es el momento de empezar a movernos, somos un número considerado de afectados, necesitamos alguien que trabaje de periodista en algun medio de comunicación nos ayude, ya que somos de diferentes lugares de España y para ponernos de acuedo es bastante difícil.
Mi mail es set075@yahoo.es
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 20 Nov. 2017 | 11:16:59 AM · resp. nº 295
Mi duda es si hay que reclamar ya o esperar a ver que dice el supremo, tengo IRPH con la Caixa y estoy decidido a reclamar pero ahora me entra las dudas
Hola Javi,

Como habrás podido leer, en Cataluña, la audiencia no está siendo tan clara al respecto y quizá es mejor esperar a demandar al banco a partir de que salga la sentencia del Supremo.

No obstante, se puede iniciar ya el proceso de reclamación de manera extrajudicial para ir adelantando pasos ya que los juzgados se van a colapsar y cuanto antes se empiece el proceso, menos se atascará en el juzgado.

En www.reclamapormi.com iniciamos el proceso de manera extrajudicial para no asumir riesgos ante la posibilidad de que el Supremo no sea favorable (poco probable). Así, cuando salga la sentencia tenemos todo preparado para iniciar la demanda y recuperar todas las cantidades + intereses.

Como hemos indicado anteriormente, no hay que adelantar dinero y la consulta es gratuita.

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