IRPH.es - Índices de referencia de préstamos hipotecarios

IRPH

IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Sábado, 22 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
3,049% ↑
+0,063 pts vs mayo · +0,247 interanual
Ver evolución →
IRPH.es — hipoteca, hogar e índices de referencia
IRPH 2026: IRPH junio 2025: 2,802%   SUBE: +0,247   IRPH junio 2026: 3,049%

IRPH actual: último valor, evolución y contexto 2026 | IRPH.es

IRPH actual: valor, evolución y lo que debes mirar

El IRPH actual importa por dos motivos a la vez: porque fija (junto con tu diferencial) la cuota de las hipotecas variables referenciadas a este índice, y porque el debate jurídico sobre la transparencia de la cláusula sigue vivo. Esta página resume el último valor disponible, su evolución reciente y el contexto útil para quien tiene —o estudia— una hipoteca IRPH.

IRPH Entidades · último dato en serie

3,049 %

Mes: 2026-06 · Variación vs mes anterior: +0,063 pts · Euríbor mismo mes: 2,798 % · Diferencia: +0,251 pts

El Banco de España publica el índice oficial; esta web elabora series orientativas para gráficos y seguimiento. Para operaciones formales, confirma siempre el valor oficial.

Seguimiento del IRPH actual y evolución de tipos

Qué significa el IRPH actual para tu cuota

En una hipoteca variable, el tipo aplicado en cada periodo de revisión es, de forma simplificada:

IRPH del mes de referencia de tu escritura + diferencial pactado

No se usa el valor del día en que llega la carta del banco, sino el mes (o regla) que indique el contrato. Por eso conviene:

  1. Localizar en la escritura la fecha de revisión y el mes de referencia del índice.
  2. Anotar el capital pendiente y el plazo restante.
  3. Simular la nueva cuota antes de que llegue la notificación.

Puedes hacerlo con el simulador de revisión de hipoteca y el impacto de la revisión del tipo.

Evolución reciente del IRPH (últimos 18 meses)

El gráfico muestra la trayectoria reciente del IRPH Entidades. Sirve para situar el último dato: no es lo mismo un índice que sube con fuerza que uno que se mueve en décimas.

Pasa el cursor o toca un punto para ver el valor exacto del mes.

IRPH actual frente al Euríbor

Comparar ambos índices ayuda a entender el diferencial de mercado. El Euríbor es el tipo interbancario de referencia más usado en hipotecas variables nuevas; el IRPH refleja una media de tipos de préstamos hipotecarios ya formalizados. Históricamente, el IRPH ha tendido a situarse por encima durante largos tramos, aunque la distancia no es constante.

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor. Series alineadas mes a mes cuando hay dato de ambos.

Más detalle en IRPH vs Euríbor, diferencia IRPH–Euríbor e histórico desde 2000.

Dos planos del “IRPH actual”: el número y el derecho

Conviene separar dos planos que a menudo se mezclan en las conversaciones:

1. El valor del índice

Es el dato que usa el banco en la revisión. Subidas o bajadas modestas se traducen en cambios de cuota más o menos suaves; movimientos grandes, en saltos más visibles. El IRPH suele ser menos volátil que el Euríbor, pero eso no implica que sea más barato.

2. El marco jurídico

Desde hace años, el IRPH ha recorrido juzgados, audiencias, Tribunal Supremo y el TJUE. El eje del debate no es tanto “si el índice puede existir” (es oficial), sino si la cláusula que lo incorporó se explicó con la transparencia que exige el Derecho de consumo.

En la práctica reciente, la línea dominante es el análisis caso a caso: no hay una nulidad automática de todas las hipotecas IRPH, ni un cierre total a reclamar. Importan la información precontractual, el contenido de la escritura y el contexto de la contratación. Amplía en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos útiles en 2026.

¿Qué puedes hacer si tu hipoteca es IRPH?

  • Seguir el índice y anticipar la revisión con números (no solo con titulares).
  • Amortizar si tienes ahorro y te interesa bajar cuota o plazo: calculadora de amortización parcial.
  • Estimar un sobrecoste orientativo frente a un escenario Euríbor: ¿pagas de más con IRPH?
  • Valorar novación o subrogación si el mercado ofrece mejores condiciones y te compensa el cambio.
  • Reunir documentación si estudias una reclamación: escritura, oferta/FEIN, recibos, comunicaciones.

Preguntas frecuentes sobre el IRPH actual

¿Cada cuánto se publica el IRPH?
Mensualmente. El Banco de España difunde el valor del mes de referencia; suele conocerse en torno a la segunda mitad del mes siguiente.

¿El valor de esta página es el oficial del banco?
Es una serie orientativa de IRPH.es elaborada a partir de datos oficiales y series históricas. Para la revisión de tu hipoteca, el banco aplica la regla de tu escritura y el valor oficial correspondiente.

¿Si el IRPH baja, mi cuota baja siempre?
Solo si el mes de referencia de tu revisión refleja esa bajada respecto al índice de la revisión anterior. Compara siempre “índice anterior vs índice nuevo”, no el titular del día.

¿Dónde veo el histórico completo?
En IRPH histórico (desde 2000) y en qué es el IRPH para la explicación de fondo.

Conclusión

El IRPH actual es, a la vez, un número para tu próxima revisión y un recordatorio de un índice con mucha historia económica y judicial. Míralo con datos, sitúalo frente al Euríbor y decide con calma si te conviene amortizar, negociar o simplemente vigilar la siguiente revisión. En IRPH.es tienes gráficos, tablas y calculadoras para no decidir a ciegas.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero.

Comentarios

avatar
Félix · Viernes, 28 Junio 2013 | 11:25:21 AM · nº 1846
Si quieres quejarte firma y difunde a todos tus conocidos mi petición:

(añadir 3w)change.org/petitions/directores-del-bbva-santander-la-caixa-quiten-los-irph-y-sustituyanlos-por-euribor-0-75-o-menos
Responder
avatar
JOSE CASTILLO NIETO · Viernes, 28 Junio 2013 | 10:30:14 AM · nº 1845
Pues que voy a decir de esta tomadura de pelo, quienes tienen las culpa? seran los bancos ? sera el BDE será el Gobierno, será el BDE, será La Sra. Merkel, será El Sr. Undangarin, La Sra. Infanta, Sr. Barcenas, El Sr. Blesa y así puedo seguir diciendo culpables de esta y otras situaciones, el caso es que nos tratan como borregos, tenemos lo que nos merecemos diciendo esto uno se podria conformar, pero es que yo personalmente no lo acepto y es que en nuestra España querida hacen lo que se les antoja a los pocos que manejan el poder pero el poder no lo tiene el Gobierno, sino unos pocos que tienen el poder del capital y cuando ellos quieren algo lo consiguen por todos los poderes del pais incluido la justicia la controlan ellos a su antojo y nosotros los desgraciados somos los que salimos perjudicados. Que podemos hacer.....?? Decir vosotros haber quien tiene la solución.
Responder
Dabitxu · BARCELONA · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 11:32:23 PM · resp. nº 1845
Hola, El grupo CaixaBank, que es el que más IRPH nos ha colado, este año ha tenido unos beneficios de un 14% inferior al ejercicio anterior y "solo ha sido" de 1.700 millones de €. Ninguna pena por estos psicópatas del dinero. Y lo más grave es que todavía siguen intentándonos meter, como si no hubiera un mañana, "servicios" "seguros" "tarjetas revolving" "comisiones" etc..
avatar
jose antonio · Viernes, 28 Junio 2013 | 10:29:31 AM · nº 1844
Para todos aquellos que hemos sido engañados por el irph estafa,,,,uniros a Facebook...afectados por el irph.
Responder
David · Dos Hermanas-Sevilla · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 07:15:55 PM · resp. nº 1844
Totalmente de acuerdo contigo Paul de Barcelona,por esa regla de tres también podrían subir el triple la factura de la luz y como de aquí que lleguen a TJUE la denuncia pasan 8 años pues como es mucho dinero lo que deben las eléctricas pues que la pagemos los españoles a base de rescate, y al final siempre gana el mismo, los chorizos de guante blanco, estoy hay que penar con cárcel ya veras como al final aprenden... Los mal nacidos estos, un saludo a todos y ya queda menos
avatar
rafa · Jueves, 27 Junio 2013 | 09:49:58 PM · nº 1843
El IRPH es 8 veces más caro que el euríbor, un escándalo consentido por el Gobierno, una manipulación brutal
Responder
ana · madrid · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 12:45:54 PM · resp. nº 1843
En cuanto a la segunda cuestión planteada, declarada la nulidad y dado que no cabe reintegración/moderación puesto que el contrato puede subsistir sin intereses, los efectos de la declaración de nulidad se traducen en la restitución al prestatario de la totalidad de intereses remuneratorios e interés legal del dinero de dichas cantidades desde las respectivas fechas de su cobro hasta el pago íntegro.
El prestatario sólo tiene que restituir el capital conforme a los plazos del contrato que sigue vigente – ten en cuenta que se declara la nulidad de una cláusula no del contrato que sigue vigente-. La cuestión que me planteas se refiere a casos en los que se declara la nulidad del CONTRATO no de una cláusula concreta -veáse, contratos SWAPS, SUBORDINADAS etc- .
Ahora bien, pudiera darse el caso de que, finalmente, se considere que el contrato de préstamo no pueda subsistir sin la cláusula que establece el tipo de interés -IRPH-, lo que facultaría al Juez a moderar o reintegrar el contrato. Y ante la tesitura de declarar la nulidad del contrato – por no poder subsistir sin la cláusula- o la facultada de moderar, el JUEZ deberá preguntar siempre al consumidor - STJUE de 3 de octubre de 2018- y, aquí entraría en juego las consecuencias del 1303 CC y cuestión que planteas sobre las restituciones. Tema muy interesante que, comentaré para el caso de que se entienda que el crédito no puede subsistir sin intereses. LO CUAL SERÍA UN ESCÁNDALO ya que implicaría que el TS iría en contra de lo declarado en STS de 9 de mayo.
avatar
CARLOS · Jueves, 27 Junio 2013 | 12:36:32 PM · nº 1842
bueno segun radio macutazo, para el 18 de julio el irph cajas BAJARA DE FORMA NOTABLE, ENTRE UN 0.08 Y UN 0.14%, YA HACE DOS MESES QUE LOS EXTRANJEROS PRESIONAN PARA QUE LES BAJEN LOS INTERESES DE LOS PRESTAMOS HIPOTECARIOS DERESIDENCIAS DE LUJO, Y PARECE QUE LA BANCA CEDE.....
Y CLARO TIENEN QUE CEDER A LA BAJA, Y LUEGO HAY PRESION SOCIAL Y TEMEN OTRO LIO COMO LAS D LAS PREFERENTES.
Responder
Ana · Madrid · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 11:44:50 AM · resp. nº 1842
Hola Elen de SANTURCE,

En nuestro ordenamiento jurídico el PRÉSTAMO ES UN CONTRATO NATURALMENTE GRATUITO -artículo 1755 CC “No se deberán intereses sino cuando expresamente se hubieran pactado; en similares términos el artículo 314 C. Com “Los préstamos no devengarán interés si no se hubiere pactado por escrito.

Por tanto y, dado que el contrato de préstamo puede subsistir sin intereses remuneratorios –como es el IRPH-, la declaración de nulidad conlleva a su expulsión del contrato, sin que proceda su moderación o reintegración –previsto para los supuestos en que el contrato no pudiera subsistir sin dicha cláusula y causara un perjuicio al consumidor-.

Y no es que lo diga o interprete yo así, sino que el propio Tribunal Supremo en su famosa Sentencia de 9 de Mayo de 2013 expresa que “ ……en el préstamo no es esencial el precio ni siquiera en el préstamo mercantil, a tenor de los artículos 1755 CC y 315 del CCom ).....”.

En resumen, dado que tras la declaración de nulidad del IRPH, el préstamo puede subsistir, no procede la integración/moderación, o lo que es lo mismo, el cambio al EURIBOR , pues ello además se opondría a la normativa comunitaria -artículo 6.1 directiva 93/13- y jurisprudencia del TJUE, contenida en STJUE 14 de junio de 2012 – Caso Banco Español de Crédito- y, reiterada en Auto de 17 de marzo de 2016 – Caso Ibercaja- y, propia jurisprudencia del TS.


avatar
ANGELIN-1981@HOTMAIL.COM · Miércoles, 26 Junio 2013 | 05:44:26 PM · nº 1841
Buenas a todos, estamos en un pais de corruptos políticos, nos toman el pelo todos los días, yo creo que sería mas inteligente por nuestra parte arruinar a la banca antes de que nos arruinen a todos lentamente, sería dejar de pagar y arruinarles a ellos de un golpe seco, si nos pusieramos de acuerdo una parte grande de España ganariamos la batalla de las hipotecas.Un saludo.
Responder
m herrera · sevilla · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 11:02:09 AM · resp. nº 1841
Ana , ¡fite¡ cuando te he leído me he amorriñao una mijilla porque no entendía, he pensado: ¡ que jartible¡
Pero cuando he visto que lo que has dicho no es nada sieso ni con asaura , ni tampoco una chuminá sino todo lo contrario he decidido dar toque andaluz y las gracias de camino.
avatar
Raúl · Miércoles, 26 Junio 2013 | 11:16:18 AM · nº 1840
Que pasa con el IRPH ENTIDADES????

Porque sólo se habla de que quitan el IRPH cajas y bancos?

Porque nadie habla de este? Cuándo sale de la media de los anteriores? Qué sacaran el dedo a la ventana para calcularlo?
Responder
Ana · Madrid · Miércoles, 19 Febrero 2020 | 10:56:12 AM · resp. nº 1840
Hola LAIA, Aunque tengas todos los recibos y, al objeto de facilitar la tarea al Juzgado y, no tener que presentar todos los recibos - uno por uno- que imagino serán muchísimos, no pierdes nada por pedir cuadro de amortización al banco con desglose de intereses y capital pagados mes a mes. Aunque con los recibos vale. Por cierto a los del SANTANDER decirles que lo pueden conseguir a través banca electrónica.
avatar
maika · Martes, 25 Junio 2013 | 09:51:06 PM · nº 1839
El IRPH ha pasado de ser un 25% más caro en 2005 a ser un 800% más caro en 2013....Un IRPH desbocado sobre vivienda muy devaluada. Estamos atrapados y arruinados de por vida, no podemos vender, no podemos cambiar de banco y pronto no podremos ni trabajar tal como va el país. Lo más triste de todo es qque el Gobierno no ha hecho caso de la Unión Europea y ha prorrogado este abuso.....Estamos vendidos por unos escasos metros cuadrados de suelo y techo, y a esto lo llaman vivir por encima de nuestras posibilidades y al que tenga dudas sobre el encarecimiento del IRPH respecto al euríbor en un 800% que se mire el gráfico comparativo de los últimos 8 años y haga números,. Por favor, señores del PP, dejen de beneficiar sólamente a la Banca.
Responder
eric · Barcelona · Martes, 18 Febrero 2020 | 09:41:56 PM · resp. nº 1839
bote bote bote Pedro de Madrid el que no bote
avatar
rosa · Martes, 25 Junio 2013 | 09:01:38 PM · nº 1838
Me parece urgente que quiten los irph ya que es una estafa en toda regla pero de forma silenciosa...en mi caso me dijeron...irph q es mas estable....+0%.....y luego...ese 0....es un 0.85.%...increible....queremos euribor+ 0.85....% ya!!!!!! Es lo justo y aun así. ..nunca recuperariamos lo q nos han robado...
Responder
elen · santurce · Martes, 18 Febrero 2020 | 06:50:22 PM · resp. nº 1838
Hola Ana, tú estás de acuerdo en que el juez no puede modificar el contenido de la claúsula nula sino solo suprimirla, y en que cuando de la causa torpe que da lugar a la nulidad es responsable una de las partes, no se tiene que devolver por las dos partes lo que se haya recibido, sino sólo por la responsable? Gracias
avatar
rafa · Lunes, 24 Junio 2013 | 07:57:15 AM · nº 1837
El otro día leí que todo hurto que pase de 400 euros es delito, y esto me hace pensar que cada mes pago 250 euros de más por IRPH. El Gobierno consiente que humildes hipotecados viviendo en modestas..viviendas compradas muy caras en plena burbuja estén en total indefensión. La unión europea recomienda la eliminación del IRPH por falta de transparencia y por proteger al usuario de servicios bancarios de los intereses abusivos de la banca española, pero este Gobierno, lejos de eliminarlo prorroga el abuso dando la espalda al ciudadano. Jamás me vi tan perjudicado por un Gobierno como con este del PP, y va a ser muy difícil de olvidar, a ellos mismos les invitaría a vivir donde vivo y trabajar como trabajo para cobrar lo que cobro.....enfin, que no estamos como para regalar dinero, necesitamos un Gobierno de verdad, no mamporreros de la Banca.
Responder
elen · santurce · Martes, 18 Febrero 2020 | 06:41:29 PM · resp. nº 1837
Un cambio de IRPH por Euribor por el juez no es posible si no lo pide expresamente el afectado, que es lo que pasa con muchos bufetes de abogados que reclaman gratis el irph, no es que lo diga el juez, es que lo pide expresamente el abogado del afectado. Que lo haga el juez no es posible ya que la nulidad de una cláusula no permite la modificación ni sustitución de la misma, el único efecto es la desaparición. Si con ello desaparece el contrato entero o no, es algo que tampoco dicen los jueces directamente, sino que lo tiene que pedir alguna parte, pero la consecuencia de la nulidad del contrato cuando la causa torpe no constituye delito y se debe sólo a una de las partes, no es que cada uno devuelva lo suyo, sino que la parte responsable devuelva lo suyo, la otra no, mírate el código civil. Esta legislación española no es objeto del informe del Abogado del Estado, ni del de la Comisión, pero es la que existe. La de que cada uno devuelve su parte, es la general, cuando la causa de la nulidad no se debe a ninguna de las partes, no es delito o no se debe por igual a las dos.

Mostrando 4421–4430 de 5750 comentarios · Página 443 de 575

Dejar comentario

Visitas: 375