IRPH.es - Índices de referencia de préstamos hipotecarios

IRPH

IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Jueves, 20 de Agosto de 2026
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IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-06: 3,049 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

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María · Torrevieja · Viernes, 29 Julio 2022 | 11:24:53 PM · nº 6683
Con todos los miles de afectados que somos xq no recogemos firmas para que el gobierno tome cartas en el asunto y poder presionar un poco mas a ver si asi ayudamos a conseguir algo q dicen la union hace la fuerza pero con quejas aqui n hacemos nada hay que demostrarlo
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EAV · Martorell-Barcelona · Lunes, 25 Julio 2022 | 11:18:54 AM · nº 6678
Hola buenas tardes, hoy he recibido después de tres años de espera la noticia que se veía venir en primera instancia han dado como bueno el IRPH impresionante, hemos perdido tiempo y dinero y si queremos recurrir gástatelos otra vez para la audiencia.
Yo me pregunto hay justicia en este país? Ojalá que los jueces de Luxemburgo hagan justicia divina, porque muchas familias se han hundido por estas personas sin escrúpulos y a beneficiarse de los pobres.
Y darle las gracias a los jueces que están luchando por la verdad.

Gracias
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MariCarmen · Sevilla · Martes, 26 Julio 2022 | 12:55:34 PM · resp. nº 2618
Los afec­tados por el ín­dice hi­po­te­cario IRPH están que tri­nan. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) les ha ases­tado, contra todo pro­nós­tico, un so­noro es­ta­cazo y no es el pri­mero. El ór­gano co­mu­ni­tario in­sistió en que las cláu­sulas que vin­culan un prés­tamo a este in­di­cador no son ne­ce­sa­ria­mente abu­si­vas, aunque no se haga en­trega al hi­po­te­cado de un fo­lleto sobre la evo­lu­ción del mismo. El TJUE ar­gu­menta que esta in­for­ma­ción es de do­minio pú­blico.

El IRPH es un índice de referencia para las hipotecas que fue objeto de comercialización masiva durante los años previos a la crisis de 2008, como alternativa al euribor. De hecho, se calcula que 1,3 millones de préstamos están vinculados a este indicador Para calcularlo, las entidades financieras enviaban al Banco de España (BDE) la media aritmética de los intereses de sus hipotecas.

El supervisor hacía la media de las cifras de todas las entidades y publicaba el resultado. La principal crítica a este indicador radica en su coste: las organizaciones de consumidores denuncian que los afectados acaban pagando un sobrecoste de entre 250 y 300 euros.

¿Abusivo? De entrada, no, pero puede serlo

El amplio uso de condicionales en la resolución del TJUE es un factor decisivo para que las entidades que representan a los afectados no tiren la toalla.

El tribunal europeo, a diferencia del Supremo español, no considera que exista abusividad por el mero hecho de que el banco no proporcione al cliente un documento con el el historial de cambios en el coste de los préstamos calculados en base al IRPH.

No obstante, aclara, la inclusión del mismo en el contrato sería legítima solo en el caso de que los datos estén publicados y disponibles para un consumidor medio "normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz", en plenas condiciones de comprender el el mecanismo que rige el cálculo de las cuotas y su capacidad para hacer frente a las mismas.

Por último, el TJUE abre una puerta a la esperanza de cientos de miles de afectados matizando que si la redacción del clausulado de un contrato en cuestión no es lo suficientemente clara, el juez a cargo del pleito tiene la obligación de determinar si ha habido un componente de abusividad en la comercialización del préstamo. Por consiguiente, la Justicia Europea acepta la posibilidad de un examen 'caso por caso' de los posibles abusos en la inclusión del IRPH.

La asociación de consumidores bancarios ADICAE ha reaccionado a la resolución a través de un comunicado en el que afirma que en ningún momento el TJUE considera el IRPH como "no abusivo".

La organización presidida por Manuel Pardos ha lanzado un afilado dardo a sus rivales en el ámbito consumerista denunciando que "falsas asociaciones de consumidores" buscan aprovechar esta situación "para hacer negocio a base de emplazar a los consumidores al 'uno por uno' de las demandas individuales, e incluso con bases jurídicas deficientes, que no dan respuesta global a un abuso masivo".
Falta de recursos

Por su parte, otras organizaciones coinciden en que las conclusiones del tribunal europeo distan de representar una derrota definitiva: "el auto del TJUE nos da esperanzas para seguir batallando por el IRPH, dado que se puede demostrar que la cláusula que introduce este índice causa un desequilibrio en detrimento del consumidor y es, por tanto, abusiva".

Asufin, en un intento con criterios cada vez menos compartidos, ha presentado un escrito extremo dirigido al Defensor del Pueblo solicitando amparo ante lo que califican como "una flagrante vulneración del artículo 24 de la Constitución a la que asistimos los consumidores".

En un comunicado, justifica su decisión de acudir al Defensor del Pueblo en la falta de "recursos humanos y materiales suficientes" para combatir los "abusos reiterados" en el ámbito hipotecario. Entre estos supuestos abusos, la organización señala al IRPH, los gastos vinculados a las hipotecas y la hipoteca multidivisa.
Iliana · Olias · Sábado, 30 Julio 2022 | 09:53:15 PM · resp. nº 2621
El caso del IRPH no es igual que el del suelo. Lo que el TJUE está intentando decir es que la abusividad en este caso no viene por la falta de transparencia, por la información o el entendimiento que tengas del IRPH en si, sino por la falta de correspondencia entre la cláusula y el contenido de la misma en el contrato. La cláusula de interés solo puede tener interés, precio del dinero, que sería el coste del dinero para el banco, el euribor más el margen sobre ese precio de coste, el diferencial.En estos contratos el banco mete ahí el IRPH que es lo anterior más las comisiones más el interés indirecto por periodificacion, más un nuevo margen. Y a esto no lo puedes llamar interés porque la propia definición del Banco de España del IRPH ya deja claro que no lo es. Por tanto la abusividad y la nulidad no viene determinada por lo que sepa el consumidor sino por lo que el banco ha incluido como interés lo que por definición no lo es. Aumentando con ello grandemente el coste del contrato. Todos los meses con el interés pagas además la comisión media de ese año y los costes de periodificacion medios. Además de haber pagado tu propia comisión y estar pagando tus propios intereses de periodificacion.Por otro lado, si el contrato dice que se toma como referencia el IRPH
que es por definición el precio oficial del contrato eso quiere decir que el precio total del contrato no puede ser mayor que el IRPH. Y el de estos contratos es muy superior. Que entiendas ese índice o conozcas su nivel no va a hacer que estos contratos incluyan cosas que no deben en donde las incluyen que los convierten en mucho más caros de lo que deben y por tanto en abusivos y nulos. Pero claro, todo el mundo pregunta al TJUE lo mismo que en el suelo, para poder anularlo, y este no es el mismo caso. El TJUE no sabe cómo decirlo porque tiene que limitarse a contestar a lo que le preguntan y claro esto no lo preguntan.
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María · alicante · Domingo, 24 Julio 2022 | 11:39:51 PM · nº 6677
x si pagamos poco ya va para arriba el irph y mucho y mientras esperando a europa que se dignen mirar y contestar de una vez que ya esta bien cada vez que mandan algo tardan un monton de tiempo en contestae y mientras los paganos los de siempre.
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antonia · jaen · Jueves, 21 Julio 2022 | 01:19:58 PM · nº 6676
El BCE sube 0,50 puntos el precio del dinero, la primera alza en 11 años
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Olivio · valencia · Martes, 19 Julio 2022 | 01:10:53 PM · nº 6675
Estoy harto de tanto pagar una hipoteca que no me lleva a nada,que cada letra es un suplicio, que no puedo afrontar y que me deja de hacer tantas cosas, que nadie va a solucionar el problema con este 4.5% fijo que pago cada mes, que me esta llevando a la ruina economica y personal. Y los que tendrian que ayudar al pueblo giran la cara, solo miran por los intereses bancarios, por el prestigio del tribunal supremo, por seguir llenando los bolsillos de la clase alta. Y nos viene otra recesión, y a ver quien paga la letra, porque cada vez está todo más caro amigos, y ya no podemos afrontar su pago, y nos vamos a la ruina, a vivir debajo de un Puente, y a dejar a nuestros hijos en un orfanato porque no vas a poder pagar el techo en el que vives con ellos
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Cristina · Madrid · Miércoles, 13 Julio 2022 | 01:32:14 PM · nº 6674
https://diario16.com/jose-maria-erausquin-el-supremo-quiere-llegar-si-o-si-a-que-el-irph-sea-valido-y-para-ello-utilizara-cualquier-argumento/

José María Erausquin: «El Supremo quiere llegar, sí o sí, a que el IRPH sea válido y, para ello, utilizará cualquier argumento»


Pero, ¿cómo va a ser una cuestión meramente jurídica si el TJUE obliga al juez nacional a realizar las comprobaciones necesarias, atendiendo a las circunstancias de la contratación, respecto de la información suministrada por el profesional? ¿En qué manos estamos?



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Eduardo · Manzanares el Real · Sábado, 09 Julio 2022 | 09:31:45 AM · nº 6673
El Supremo sigue firme trabajando por los intereses bancarios

No están dispuestos ni la Banca Española ni su firme aliado en eso de trabajar por “la estabilidad del sistema financiero”, nuestro Tribunal Supremo, a permitir que los afectados por la cláusula suelo recuperen su dinero sin derramar hasta la última lágrima...

http://owl.li/1OuW30snL0p
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Dabitxu · BARCELONA · Lunes, 11 Julio 2022 | 08:35:30 AM · resp. nº 2616
Cada día que pasa es una victoria para la banca y sus secuaces.
Iliana · Olias · Sábado, 30 Julio 2022 | 09:11:09 PM · resp. nº 2620
La sentencia de suelo de Adicae sobre la que hace preguntas el Supremo al TJUE aplica exactamente la de 2013 del propio Supremo que era la jurisprudencia que había en la primera instancia de esa demanda La segunda cambio el plazo de devolución de esa sentencia de 2013 porque lo dijo elTJUE.Y como el TJUE también dice que se puede aplicar lo mismo a sentencias ya firmes el Supremo ha pensado que por que no cambia el la otra parte de la sentencia de 2013 que nadie recurrió al TJUEy así lo aplica también a las sentencias firmes. Es decir, el Supremo está preguntando como si fuese la primera vez que lo ven sobre su propia jurisprudencia de 2013 cuando dijo que el texto de la cláusula tipo del contrato y la forma de introducirla en el texto total del contrato hacia que no fuera transparente, lo que es independiente de la condición personal de cada consumidor, que en ese caso ya no es necesario entrar a analizar ya que lo era incluso para el notario que tenía la tarea de informar al consumidor sobre lo que estaba firmando y no lo hizo. El Supremo quiere sentenciar contra su propia jurisprudencia de 2013 al BBVA y a otros dos bancos que la sentencia de la macro demanda lleva a otros muchos, acatando los jueces de primera y segunda instancia en la macro demanda lo que había hecho el Supremo en 2013 y ahora el Supremo quiere deshacerlo diciendo que se lo ha ordenado el TJUE. Prevaricación no, lo siguiente!!!!!
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Eduardo · Manzanares el Real · Miércoles, 06 Julio 2022 | 07:37:46 PM · nº 6672
Revolving de Bankinter nulo por falta de trasparencia
El Juzgado de Primera Instancia de Avilés ha declarado la nulidad de un contrato de crédito revolving suscrito entre una consumidora y Bankinter en 2017, por falta de transparencia en la cláusula que...

https://www.aquimicasa.net/blog/justicia/leyes/revolving-de-bankinter-nulo-por-falta-de-trasparencia/
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Alfonso · La Vall D'Uixo-Castellón · Miércoles, 06 Julio 2022 | 12:01:03 PM · nº 6671
Sigo con la esperanza de que algún día ganaremos esta batalla. Aunque soy consciente de la dificultad de estar luchando contra un sistema lento y obsoleto. Aparte de todo lo que se comenta por todo el mundo(políticos corruptos, bancos lo mismo de lo mismo al igual que jueces, etc...). Esta semana pasada he conseguido llegar a dar el primer paso, que es el de recuperar los gastos de hipoteca, tasación y anulación de algunas cláusulas de la escritura de hipoteca. Este es el primer paso que deben dar todos para meterles el miedo a los bancos y así demostrar que no vamos en broma. El siguiente paso se lo irán imaginando, que será la anulación del índice IRPH, que ya vale de pagar de más.
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Francisco · Viladecans-Barcelona · Miércoles, 06 Julio 2022 | 06:12:49 AM · nº 6670
Según Asufin,un juzgado de Palma de Mallorca de primera istancia,ha vuelto a presentar cuestiones prejudiciales al TJUE para preguntar por la abusividad del IRPH.El hecho de que se demoren,y por consiguiente no hayan contestado con celeridad,es positivo...constata que lo están analizando con luz y taquigrafos...la juez se llama Margarita(no recuerdo el apellido...
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Antonio · Burgos · Jueves, 11 Agosto 2022 | 11:23:20 AM · resp. nº 2628
Se llama Margarita Poveda. Un saludo.

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