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IRPH 2024: IRPH actual. Índices hipotecarios. Simuladores de Hipoteca

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Después del fallo del fallo del Tribunal Supremo aparece la primera sentencia que anula el IRPH

6 de diciembre de 2017

    Tras el pronunciamiento del Tribunal Supremo del 22 de noviembre en el primer caso de nulidad del IRPH admitido a trámite, ya existe la primera sentencia que anula el índice IRPH.

primera sentencia contra el IRPH tras el fallo del Tribunal Supremo  

   Si alguien pensaba que después del pronunciamiento del Tribunal Supremo del 22 de noviembre en el primer caso de nulidad de IRPH admitido a trámite, a favor de la entidad y en contra del afectado, las sentencias en contra del IRPH iban a cesar, estaba muy equivocado. El alto tribunal consideró que si una hipoteca estaba referenciada a un índice oficial como ocurre en el caso del IRPH, ello no significaba que existiera falta de transparencia, ni ser un abuso y que por tanto el índice es legal y no debe ser eliminado. Sin embargo, ya existe la primera sentencia que anual el IRPH, después del fallo del Tribunal Supremo, concretamente desde el Juzgado número 3 de Marbella.

   Como bien vaticinaba IRPH Stop, con el pronunciamiento del alto tribunal español se había perdido una batalla muy importante, pero que "la guerra contra este abuso no ha terminado" y de momento esta siendo así, porque los procedimientos en contra del IRPH siguen su curso y ya nos encontramos con la primera sentencia a favor del cliente y en contra del Banco con el que tenía una hipoteca ligada al IRPH.

    Y es que el contrato hipotecario del cliente se encontraba bien cargadito de cláusulas que perjudicaban al cliente, por una parte tenía el IRPH, pero además una cláusula suelo del 3,5%. La única "generosidad" que podía encontrase es que el diferencial sobre el IRPH, en este caso, no era demasiado pronunciado, concretamente del 0,10%, si bien lo lógico teniendo en cuenta el cálculo del IRPH, sería que le acompañará un diferencial bastante en negativo.

   La sentencia resulta realmente muy positiva para el cliente hipotecado, pues condena a la entidad no solo a eliminar la cláusula suelo del 3,5%, que impedía beneficiarse de un IRPH más bajo de ese porcentaje (de hecho ya se encuentra por debajo de ese valor desde mayo de 2012  y  también se encontró más bajo del 3,5% durante bastantes meses de los años 2009, 2010 y 2011), sino que además también condena al banco a eliminar el IRPH.

   La entidad debe devolver todo el dinero que el cliente pago de más gracias a la cláusula suelo y gracias al IRPH desde el inicio de la hipoteca. Al quedar anulado el IRPH del cliente en su contrato hipotecario, si se sigue su escritura debería aplicarse el IRPH bancos, índice ya desaparecido, y entonces la hipoteca se quedará simplemente con el diferencial que se añadió al IRPH que fue, como hemos mencionado anteriormente, del 0,10%. Sin duda, una sentencia muy positiva y buena para el cliente.

   Parece ser que tras el pronunciamiento del Tribunal Supremo, los procedimientos que ponen en cuestión el IRPH girarán en torno al criterio de transparencia. Entonces seguramente los juzgados y audiencias verificaran si existió suficiente transparencia en la aplicación del índice hipotecario o no, y según con la definición y criterio que entiendan como correcto de lo que debe ser transparencia.

   En la sentencia del Juzgado nº3 de Marbella de este caso particular, se entiende que por una serie de motivos la cláusula IRPH Entidades y su sustituto que se indica en el contrato, el IRPH Bancos, no superan el control de transparencia y por entonces se procede a la declaración de su nulidad.







¿Caerá finalmente el IRPH?

26 de noviembre de 2017

   El IRPH seguramente se extinguirá pero eso no es ningún consuelo para las familias con una hipoteca referenciada al IRPH

¿Caerá finalmente el IRPH?

    El IRPH se ha convertido en un índice hipotecario tremendamente polémico. Empezó a cuestionarse a partir del momento en que el Banco Central Europeo (BCE) empezó a bajar los tipos de interés para incentivar la economía y el consumo en los años más fuertes de la crisis. Al empezar una política de bajada de tipos de interés progresiva, el Euribor que sigue una trayectoria paralela a los tipos, también experimentó una serie de caídas concomitantes con las bajadas del precio del dinero y si los tipos de interés se situaron en el 0%, el Euribor se hundió en el terreno negativo, suponiendo esta circunstancia un gran alivio económico para las familias "afortunadas" con una hipoteca referenciada al Euribor y sin cláusula suelo, que no les impidiese beneficiarse de las caídas del índice hipotecario utilizado en la mayoría de las hipotecas. Pero mientras esto ocurría, los ciudadanos hipotecados al IRPH contemplaban, como las cuotas de sus hipotecas no bajaban tan espectacularmente como las del Euribor en las respectivas revisiones de sus hipotecas a interés variable, sino que sus rebajas se producían muy amortiguadas y muchas veces experimentaban estancamiento, mientras que las ligadas al Euribor, revisión tras revisión si que quedaban rebajadas.

   El problema es que entre ambos índices (IRPH y Euribor) siempre ha existido una diferencia en sus valores, y que ha aumentado precisamente durante los años de la crisis y que muchas veces esta diferencia ha superado los dos puntos.

   Las entidades financieras cuando contemplaban que el Euribor caía irremediablemente y se hundía cada vez más, subieron los diferenciales en sus ofertas hipotecarias y por el método de cálculo del IRPH, este aumento de los diferenciales se trasladaba al valor del IRPH. Así si en los años de bonanza económica y del boom inmobiliario, previos al 2007, existían ofertas hipotecarias con un Euribor en las nubes pero con diferenciales competitivamente bajos, durante los años del pinchazo de la burbuja inmobiliaria y de la crisis económica, existía un Euribor bajo pero con diferenciales altos en la oferta hipotecaria, y tanto el Euribor alto o bajo, como los diferenciales bajos o altos, se trasladan a la fórmula del cálculo del IRPH.

   Ante este panorama  de índices hipotecarios, el IRPH ha sido y es objeto de gran controversia y es lo que seguramente le ha hecho desaparecer comercialmente en los nuevos contratos hipotecarios contraídos, ya que no solo ha sido muy cuestionado, sino que se ha encontrado sumido en procesos judiciales en todas las instancias.

   Ante la pregunta de si va a desparecer de forma definitiva o no el IRPH, nadie de momento sabría contestar realmente a esa pregunta, lo que se sabe con casi toda probabilidad es que va a terminar extinguido por su falta de comercialización, pero evidentemente esto no sirve de consuelo a aquellas personas que actualmente cuentan con una hipoteca ligada al IRPH, pues están pagando desde el inicio de su hipoteca mucho más dinero que otra hipoteca que a igualdad en el resto de condiciones se encuentre referenciada al Euribor.

   La principal traba que existe para que finalmente desaparezca el IRPH, es que se trata de un índice legal y por tanto oficial y es publicado mensualmente por el Banco de España y por el Boletín Oficial del Estado, y ante esto, es realmente difícil que los jueces se decanten por anularlo, y parece ser que finalmente la cuestión o la solución final para su desaparición completa se encuentre en lo que se entienda por transparencia o por la cantidad de transparencia que exista por parte de la entidad antes de que sus clientes firmen un contrato hipotecario:

1-  ¿Es suficiente transparencia que se indique por parte de la entidad que la hipoteca que se oferta está referenciada al IRPH y que así figurará en el contrato hipotecario que se firme?

2.- ¿Se debe informar a los potenciales firmantes de una hipoteca, de forma exhaustiva, con detalles y ejemplos comparados de lo que ocurriría con una hipoteca que se referencia al Euribor y otra que se referencie al IRPH en diferentes escenarios económicos, para que exista suficiente transparencia?

   En todos los escenarios económicos en los que nos hemos encontrado, siempre el IRPH se ha situado por encima del Euribor y es evidentemente fácil de determinar, que nadie, absolutamente nadie ante la segunda situación, hubiera firmado una hipoteca con IRPH.

   La justicia parece ser que siempre actúa con mucha prudencia, porque sus decisiones siempre pueden afectar sentando jurisprudencia a una gran multitud de personas y de instituciones, a unas favorablemente y a otras en sentido negativo, por lo tanto es lógico que sus actuaciones siempre intenten ir por el camino del rigor y de la cautela. También en muchos casos hemos visto que las determinaciones en los tribunales pueden ser diferentes ante casos que pueden parecernos similares y que no siempre existe unanimidad dentro de un mismo tribunal en sus consideraciones, por lo que no se puede perder la esperanza solo ante la sentencia del primer procedimiento admitido a trámite de nulidad del IRPH.

  En la justicia pueden llegar siempre otros procedimientos en que se falle de forma contraria. No sería la primera vez y ni seguramente la última.





El Tribunal Supremo se pronuncia en el primer caso de nulidad de IRPH admitido a trámite

22 de noviembre de 2017

    El Tribunal Supremo considera que la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad

Tribunal Supremo IRPH

   El Tribunal Supremo se había pronunciado en contra de las hipotecas multidivisas, de las cláusulas suelo, sobre los gastos de formalización de la hipoteca, pero al llegar el momento de fallar en relación con las hipotecas ligadas al índice hipotecario IRPH, no ha fallado a favor de los afectados por este tipo de hipotecas. El fallo ha sido adelantado en nota de prensa por el Tribunal Supremo y el texto integro de la sentencia se dará conocer en los próximos dias.

   El Tribunal Supremo ha considerado que si una hipoteca esta referenciada a un índice oficial como ocurre con el IRPH, ello no significa que exista falta de transparencia, ni ser un abuso, y por ello no existe la posibilidad de anular los contratos hipotecarios referenciados para el cálculo de los intereses y las cuotas de la hipoteca al IRPH, porque según la sentencia no son abusivos.

  El alto tribunal ha analizado el caso de una hipoteca en la entidad Kutxabank. La Audiencia Provincial de Álava falló a favor del usuario, sin embargo el Tribunal Supremo ha revocado dicha sentencia.

   Esta sentencia del Tribunal Supremo supone un duro revés para todas las familias hipotecadas con un contrato que les liga al IRPH, y que les hace pagar mucho más en sus cuotas mensuales de su hipoteca que si con las mismas condiciones la hipoteca estuviera referenciada al Euribor. Después de que el alto tribunal se pronunciase a favor de las hipotecas en lo referente a la cláusula suelo, las hipotecas multidivisa y los gastas de formalización y constitución de la hipoteca, existía una fuerte esperanza de que también fallara a favor de los hipotecados en el caso del IRPH. Sin embargo, no ha sido así. El alto tribunal considera que la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad.

   Las plataformas y asociaciones que luchan por salvar a las familias hipotecadas del índice hipotecario IRPH, cifran en un millón a los afectados.

    IRPH Stop envía desde su web un mensaje de animo a todas estas familias. Y además señala: "Hoy era un día clave y hemos perdido una batalla muy importante. Sin embargo, e independientemente de que esta sentencia agote o no las vías dentro del sistema judicial español (algo que todavía no podemos valorar), la guerra contra este abuso no ha terminado."

   La nota de prensa en referencia al fallo del Tribunal Supremo la podemos encontrar aquí.

   Ahora son muchos los ciudadanos con hipoteca ligada al IRPH, que depositan sus esperanzas, en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo y cuya misión es interpretar y aplicar el Derecho de la Unión Europea. También pueden llegar nuevos casos de hipotecas con IRPH al Tribunal Supremo. No hay que olvidar que el alto tribunal se ha pronunciado en el primer caso de nulidad de IRPH admitido a trámite y que pueden existir dentro de las hipotecas referenciadas al IRPH casos muy diferentes. En la justicia muchas veces se ha visto que a base de insistir se consiguen superar grandes muros.





Aumenta el número de sentencias contra el IRPH

14 de febrero de 2017

   Se suma la Audiencia Provincial de Bizkaia a la Audiencia Provincial alavesa en la anulación del índice IRPH

Sentencias contra el IRPH

   Sigue aumentado el número de sentencias que declaran nulo el índice hipotecario IRPH. Esta vez ha sido la Audiencia de BizKaia, que en dos recientes sentencias lo han declarado nulo.

   Se trata de la Sección Tercera de la Audiencia de Bizkaia según informa la Plataforma de Afectados por el IRPH en Guipuzcoa.

   Además esta sentencia cobra una atención especial porque las dos sentencias tratan de dos préstamos hipotecarios sobre dos VPO, viviendas de protección oficial.

   La Audiencia condena al Banco Popular a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas.

   Además la plataforma señala que estas sentencias constituyen "una muy buena noticia para todas las personas afectados por IRPH", añadiendo además que el Tribunal Supremo deberá pronunciarse sobre esta sentencia, debido a que las sentencias de nulidad que fueron dictadas en este caso por la Audiencia Provincial de Álava fueron recurridas por Kutxabank al Tribunal Supremo.

   Ya son por tanto dos Audiencias las que sentencian en contra del IRPH, la primera fue la Audiencia  de Ávala y ahora se añade la Audiencia de Bizkaia. Parece ser que en el Pais Vasco existe una alta concentración de hipotecas ligadas al IRPH.

   En este sentido, se queda sola la Audiencia de Gipuzkoa ya que no ha dictando ninguna sentencia de nulidad con respecto al IRPH, sino que ha revocado una importante cantidad de sentencias de nulidad que fueron dictadas por el Juzgado de lo Mercantil de Donostia, según informa la plataforma de afectados por el IRPH en Gipuzkoa.